RESOLUCION N° 0968-2012-ANR - Amplían plazo otorgado a la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo

Fecha de disposición06 Septiembre 2012
Fecha de publicación06 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 6 de setiembre de 2012
474058
Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores que
se han creado programas de pregrado y posgrado en su
representada, razón por el cual solicita la aprobación y
of‌i cialización de las mismas; adjuntando para tal efecto las
resoluciones Nº 016-2011-UCSS-AG/GC, de fecha 06 de
setiembre de 2012, y Nº 086-2012-UCSS-CU/R, de fecha
28 de mayo de 2012, que aprobaron la creación de:
• Carrera Profesional Ingeniería Agroindustrial y de
Biocomercio, adscrita a la Facultad de Ingeniería Agraria.
• Maestría en Educación: Literatura y Cultura
Brasileñas.
Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y
Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, emite
informe de vistos, por el cual se informa que los proyectos
de creación de los programas de pregrado y posgrado han
sido elaborados respetando las disposiciones establecidas
en el artículo 23º, 24° y los incisos e) y f) del artículo 92°
de la Ley Universitaria N° 23733, por lo que, es de opinión
favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita
la resolución correspondiente, en virtud de que la Universidad
Católica Sedes Sapientiae, con sede en la ciudad de Lima, ha
cumplido con la normativa antes descrita;
Que, con memorando N° 715-2012-SE, la Secretaría
Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone
la elaboración de una resolución que declare aprobada,
en vía de regularización, la creación y funcionamiento de
los programas de pregrado y posgrado de la Universidad
Católica Sedes Sapientiae, con sede en la ciudad de Lima;
Estando a lo autorizado por la Alta Dirección;
De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y
en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la
Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento
General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar, en vía de regularización, que la
Universidad Católica Sedes Sapientiae, con sede en la ciudad
de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los
artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley
Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento
de Programas de Pregrado y Posgrado siguiente:
• Carrera Profesional Ingeniería Agroindustrial y de
Biocomercio, adscrita a la Facultad de Ingeniería Agraria.
• Maestría en Educación: Literatura y Cultura
Brasileñas.
Artículo 2º.- Aprobar el registro correspondiente en la
Asamblea Nacional de Rectores, conforme a lo resuelto en
el artículo precedente y disponer la difusión de la presente
resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y
Capacitación y a las Of‌i cinas de Carné Universitario y Grados
y Títulos, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en la Página
Web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
836232-1
Amplían plazo otorgado a la Comisión
de Orden y Gestión de la Universidad
Nacional Pedro Ruiz Gallo
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0968-2012-ANR
Lima, 13 de agosto de 2012
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
El of‌i cio N° 1247-2012-UNPRG-COG, de fecha 10 de
agosto de 2012, el memorando N° 819-2012-SE de fecha
13 de agosto de 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 90° de la Ley N° 23733, Ley
Universitaria, los Rectores de las universidades públicas y
privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores,
cuyos f‌i nes son el estudio, la coordinación y orientación de
las actividades universitarias del país; así como, velar por
la institucionalidad y autonomía universitaria;
Que, la Ley N° 26490, ampliada por Ley N° 27602, ha
establecido como una atribución de la Asamblea Nacional
de Rectores intervenir universidades públicas y privadas
ante graves irregularidades académicas, administrativas,
normativas y económicas;
Que, dentro del precitado margo legal, mediante Resolución
N° 1176-2011-ANR, de fecha 14 de octubre de 2011, se declaró
en situación de ingobernabilidad y de graves irregularidades
administrativas a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
y se conformó una Comisión de Orden y Gestión para la
mencionada universidad, otorgándole el plazo de noventa (90)
días para que subsane las indicadas irregularidades y restituya
la gobernabilidad universitaria, ampliando por ciento veinte (120)
días mediante Resolución N° 0040-2012-ANR y prorrogando
por sesenta (60) días mediante Resolución N° 0555-2012-ANR,
de fecha 15 de mayo de 2012;
Que, mediante Resolución Nº 0850-2012-ANR,
de fecha 30 de julio de 2012, se dio por concluida y se
conformó un nuevo Comité Electoral Externo para la
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, con la autonomía y
atribuciones previstas en el artículo 39 de la Ley N° 23733,
Ley Universitaria, a f‌i n de organizar y conducir el proceso
electoral que permita culminar con la elección de Rector y
Vicerrectores en la mencionada casa superior de estudios
dentro del plazo de mandato de la Comisión de Orden y
Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, el
mismo que vence el 14 de agosto de 2012;
Que, mediante of‌i cio de vistos, el Presidente de la Comisión
de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
da a conocer que los estudiantes se encuentran de vacaciones
hasta el 26 de agosto, iniciándose la matrícula normal del 20
al 24 de agosto de 2012, dándose inicio a las clases el 27 del
presente mes y del 3 al 5 de setiembre se realiza la matrícula
extemporánea de los estudiantes conforme a lo establecido en
la Resolución N° 25-12-COG-CU, que aprueba el Calendario
Académico para los Ciclos 2011- II y 2012 – I;
Que, teniendo en consideración los hechos expuestos, es
indispensable que la Comisión de Orden y Gestión, conforme
a la Resolución N° 1176-2011-ANR que tiene atribuciones de
Consejo Universitario y Asamblea Universitaria, convoque
a la Asamblea Universitaria para las elecciones de Rector
y Vicerrectores y garantice el cumplimiento de los objetivos
dentro del plazo previsto en la presente resolución;
Que, mediante memorando N° 0819-2012-SE, el
Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores
dispone la elaboración de una resolución por la que se amplíe
por treinta (30) días el plazo otorgado a la Comisión de Orden
y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria,
Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la
Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud
del Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar por treinta (30) días el plazo otorgado
a la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional
Pedro Ruiz Gallo, en mérito a los fundamentos expuestos en
el contexto de la presente resolución, y con cargo a dar cuenta
a la Comisión de Coordinación Interuniversitaria.
Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en la página web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
836227-1

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