Prorrogan plazo de Amnistía Tributaria otorgada a contribuyentesdel distrito

Fecha de publicación08 Octubre 1998
Fecha de disposición08 Octubre 1998
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, jueves 8 de octubre de 1998
PCM
http://www.editoraperu.com.pe
ANO XVI
-
N”
6679
Pág. 164757
Regístrese. comuníquese
y
puhliquese
Rúbrica
del
Ing. Ricardo Márquez
Vicenresidente
de la Rcoública
Enc&gado
del
Despach; Prr*ldcnclal
Encar
B
an
el Despacho de la Presiden-
cia de a República al Primer
Vicepresi-
dente
RESOLUCION SUPREMA
N”
57%987PCM
Lima, 6 de octubre de 1998
CONSIDERANDO:
Que, el señor Presidente Constitucional de la República, Ing.
Alberto Fujimori, viajará
a
la ciudad de Brasilla, República
Federativa
del Brasil, los días 7 y 8 de octubre del presente año
a
fin de sostener reuniones con el Presidente del Ecuador. Dr.
Jamil Mahuad. y el Presidente del Brasil, Dr. Fernando Henrique
Cardoso;
Que, en consecuencia, es
necc?sar,o
encargarlas funciones del
Desoacho
Presidencial mientras dure
In
ausencia del señor
I’re-
side’nte
Constitucional de la Repúbhca;
De conformidad con el segundo párrafo del Artículo 1
I
ó”
de la
Estando
a
lo acordado;
SE RESUELVF:
i
Artículo
Unico.-
Encargar el Despacho de la Presidencia de
la República al Ing. Rxardo Márquez Flores, Primer Vicepresi-
dente de la Repúbhca,
a
partir del 7 de octubre de 1998 y en tanto
dure la ausencia del señor Presidente de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Rúbrica del Ing. Alberto
Fujimorl
Presidente Constitucional de la República
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro
de
Energía y Minas
Encargado de la Presldcncia del
Consejo de Ministros
11656
Autorizan al Ministro de Energía y Mi-
nas a ausentarse del país
RESOLUCION SUPREMA
N”
58%SS-PCM
Lima, 7 de octubre de 1998
CONSIDERANDO:
Que, del 8 al 18 de octubre de 1998, el Ing. Daniel Hokama T.,
Ministro de Energía
y
Minas, deberá ausentarse del país por
<
razones personales y otras Inherentes
a
su cargo;
Que,enconsecuenciaesnecesarioautorizarelcorrespondiente
viaje;
Autorizan viaje de representante del
Ministerio
paia
partiiipar
en reunio-
nes de Coordinación Andina y del
ALCA,
a realizarse en los EE.UU.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N”
560
-
Ley del Poder Ejecutivo;
RESOLUCION SUPREMA
N”
099-984TINCI
Lima, 7 de octubre de 1998
SE RESUELVE:
CONSIDERANDO:
Artículo l”.-
Autorizar,,
el viaje del Ing. Daniel Hokama T..
Ministro de Energía y Minas,
a
Europa, del
8
al 18 de octubre de
1998, para los fines
a
que se
refiere
la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo
2”.- La presente Resolución Suprema no dará dere-
cho
a
exoneración
o
liberación
dp
impuestos aduaneros de ningu-
na clase
o
denominación.
Que, el día 7 de octubre de
199X,
se realizará la
ReuniGn
de
Coordinación Andina del
Grupc
de Consulta
sobre
Economías
más Pequeìlas. Asimismo del
8
al 9 de octubre del presente año,
se realizará la Primera Reunión del Grupo
de
Negoclacli>n
sobre
Pequenas
Economías del
Area
de Libre
Comcrcw
de las Améri-
cas, las mismas que se desarrollarán
en
la
cnldad
de
MmmI,
Estados Unidos de América;
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de
Energía
y Minas
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
11657
Encargan la cartera de Energía y Minas
al Ministro de Educación
RESOLUCION SUPREMA
N”
581~SS-PCM
Lima, 7 de octubre de 1998
CONSIDERANDO:
Que el
Iy.
Daniel Hokama Tokashlki, Ministro de Energía
y
Minas, deberá ausentarse
del
país,
del
8 al 18 de octubre de 1998,
por razones personales
y
otras inherentes
a
su
cargo;
Que en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de
Energía
y
Minas, en tanto dure la ausencia
del
Titular;
De conformidad con lo dispuesto cn el Arlículo 127” de la
L
N” 560
Ley del Poder
Ejejeeutlvo;
y,
Estando
a
lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.-
Encargar
la
cartera
de
Energía
y
Minas al
Ing. Domingo I’alermoCahrejos. Mmistro de
Educacii>n,
a
parti!
del
8 de octubre de 1998 y mientras dure la ausencia del titular.
Regístrese. comuníquese
y
publíquese
Rúbrica
del
Ing. Ricardo
Marquez
Vicepresidente de la Repúbhca
Encargado
del
Despacho
Pxwidencial
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de Energía y Mmas
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
11658
MITINCI
Pág.
164758
tf-0
~:l~I:h~~tid:~~*~
I,irna.
,jucvcs
x
dt!
octubre
LIC
IYYX
Que,
conforme al Articulo 5” del Decreto Ley N” 25831, es
función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones
Comerciales
Intemacxonales,
formular, dirigir,
supervisar y evaluar la política de integración
y
negociaciones
comerciales internacionales;
Que. en tal sentido se ha considerado necesaria la Darticioa-
ción
de ;m representante del Ministerio de Industria,‘Turi&o,
Integración
y
Negociaciones Comerciales Internacionales;
De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N
053~84-PCM,
N”
074-85-PCM,
N”
031.89-EF
y
N”
135-RO-PCM;
SF RFSUELVF:
1
1
J
Artículo l”.-Autorizarelviaje,
delôal
lodeoctubrede
1998,
ala ciudad de Miami, Estados IJnidos de América, del
serîor
Julio
Vega
Gaggero,
para que en representación del Ministerio de
Industria. Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales
Internacionales, asista y participe en las reuniones señaladas en
la parte considerativa de la
presont,e
Resolución Suprema.
Artículo
2”.-
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de
Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales
Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle:
Sr. JULIO VEGA GAGGERO
Pasajes
Viáticos
Tarifa CORI’AC
Artículo
3”.-
La presente Resolución Suprema no libera ni
exonera del pago de impuestos
o
de derechos aduaneros, cual-
quiera fuera su clase
o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Rúbrica del
Ing.
Ricardo Márquez
Vicepresidente de la República
Encargado del Despacho Presidencial
GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y
Negociaciones Comerciales Internacionales
11659
TRABAJO Y
PROMOCION
SOCIAL
Ratifican Acuerdo de COPRI
queaprue-
ba plan de promoción de la inversión
privada en activos que conforman la
Planta Lechera del Cusco
RESOLUCION
SUPREMA
No
089-BS-TR
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N”
560
-
Ley del Poder Ejecutivo, y en los Decretos Supremos
N”s.
053-84-PCM,
074-85.PCM,
031-89-EF,
135-90-PCM
y
037-91s
PCM;
y,
Estando
a
lo acordado;
Lima, 6 de octubre de 1998
SE RESUELVE:
CONSIDERANDO:
Que!
mediante
Resolución Suprema N” 193-9%PCM de fecha
8
de abril de
1998,
se ratificó el acuerdo adoptado por la Comisión
de Promoción de la Inversión Privada
-
COPRI, en virtud del cual
se incluye en el proceso de
promocirjn
de la inversión privada
a
que se refiere el Decreto Legislatwo N” 674,
a
los activos que
conforman la Planta Lechera del Cusco de titularidad de la
Región Cusco. asimismo, se encargó al Comité Especial nombra-
do mediante
Resolucii>n
Suprema
N”
116-9%PCM de fecha 6 de
marzo de 1998, la ejecución del correspondiente proceso de
promoción de la inversión privada;
Artículo
l”.-
Autorizar el viaje en comisión de servicio, del
señor José Fernando Lituma Agdero, Director General de Crédi-
to Público del Ministerio de Economía y Finanzas,
a
la ciudad de
Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 al 29 de
setiembre de 1998, para los fines expuestos en la parte conside-
rativa de la presente resolución.
Artículo
2”.-
Los
gastos que irrogue el cumplimiento del
presente dispositivo legal, serán con cargo al Pliego Mimsterio de
Economía y Finanzas, Dirección General de Crédito Público, de
acuerdo al siguiente detalle:
Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos
2)
y
3)
del
Artículo 4”
del Decreto
Legislativo
N”
674, la Comisión de Promo-
ción de la Inversión Privada
-
COPRI. mediante Acuerdo adoota-
do en sesión
de
fecha 29 de setiembre de 1998, ha aprobado el Plan
de Promoción de la Inversión Privada
a
ser ejecutado en los
activos queconforman la Planta Lecheradel
Cuscode
titularidad
de la Región Cusco, definiendo la modalidad para llevar adelante
el proceso de promoción de la Inversión privada;
-
Pasajes
-
Viáticos
Tarifa CORPAC
: us% 25;O0
____._______
TOTAL
usâ
1
610,66
Artículo
3”.-
La presente resolución no da derecho a exone-
ración
o
liberación de impuestos, cualquiera fuera su clase
o
denominaclón.
Que. conforme lo disuuesto en la oarte final del Artículo 4” del
Decr&o’Legislativo
N’674,
dicho
acierdo
debe ser ratificado por
Resolución Suprema, asimismo, mediante Decreto de Urgencia
N”
025-98
la Comisión de
Promocii>n
de la Inversión Privada
-
COPRI ha quedado adscritaal
SectorTrabajoy
PromocxinSocial;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo
l”.-
Ratificar el acuerdo adoptado por la Comisión
de Promoción de la Inversión Privada
-
COPRI conforme al cual
SC aprueba el Plan de Promoción de la Inversión Privada
a
ser
ejecutado en los activos que conforman la Planta Lechera del
dusco de titularidad de la Región Cusco, siendo la modalidad
aplicable
a
dicho proceso la mencionada en el literal
a)
del
Artículo 2” del Decreto Legislativo
N”
674.
Artículo
2”.-
La presente Resolución Suprema será
refren-
dadaporelMinistrodelaPresidenciayporelMinistrodeTrabajo
y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
JORGE GONZALEZ IZQUIERDO
Ministro de Trabajo
y
Promoción Social
ll663
ECONOMIA
Y
FINANZAS
Autorizan viaje de Director General de
Crédito Público del Ministerio, a los
EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCION SUPREMA
IV’
lB6-9%EF
Lima, 1 de octubre de 1998
CONSIDERANDO:
Que, se viene gestionando la adquisición
de
un inmueble para
la Reuresentación Permanente del Perú ante la Orranización
de
las Naciones Unidas, con sede en Nueva York,
a
través
de una
operación de endeudamiento externo;
Que, con el fin de negociar los términos del contrato de
préstamo, es necesario autorizar el
tia,je
en comisión de servicios
del señor José Fernando Lituma Agüero, Director General de
Crédito Público del Ministerio de Economía
y
Finanzas
a
la
ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, durante
los días 28 y 29 de setiembre de 1998;
Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente
Resolución Suprema serán con cargo al presupuesto del Ministe-
rio de Economía y Finanzas;
;
LJSJS
925,00
660.00
Regístrese, comuníquese y publíquese
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JORGE BACA CAMPODONICO
Ministro de Economía y Finanzas
11660
Cronograma de pago de pensiones y
remuneraciones en la Administración
Pública, correspondiente al mes de
octubre
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
N”
026-98-EF/77
Lima, 7 de octubre de 1998
CONSIDERANDO:
Que es necesario garantizar la distribución de e
los
recurosos del
Tesoro
Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones
Sociales (Remuneraciones) y Gasto por
Obligaciones
Previsiona-
les (Pensiones) mediante un riguroso
Cronogram a
de
Pagos,
formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal;
De acuerdo
a
lo establecido en la Resolución Ministerial
N”
325-92-EF/11;
<
.
SE RESUELVE:
Artículo
1°.-
El pago de Obligaciones
Previsionales s
(Pensio-
nes) y de Personal y Obligaciones Sociales
(Remuneraciones) )
en
la AAdminis l
mes de OCTU-
BRE
-
3998 se sujetará al siguiente
cronograma:
OBLIGACIONES PREVISIONALES
L-
(PENSIONES):
14 DE OCTUBRE
Presidencia del Consejo de Ministros
Congreso de la República
Ministerio de Relaciones
Extenores
Ministerio de Economía
y
Finanzas
Ministerio de Energía y Minas
Ministerio de Agricultura
Universidades
MinisteriodeTransportcs ,
Comunicaciones, Vivienda y Cons-
trucción
Poder Judicial
Ministerio do Justicia
Ministerio Público
Consejo Nacional de la Magistratura
Tribunal Constitucional
Jurado Nacional de Elecciones
Ministerio de la Presidencia
Ministerio de Salud
Oficina Nacional de Procesos Electorales
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
15 DE OCTUBRE
Ministerio de Educación, excepto USES
01,02,04,05,06 y
(17
Educación de los
Consejo s
Transitorios
de
Admimstracifin
Regional
16 DE OCTUBRE
Ministerio de Educación, USES
01,
02,04,05 ,
06
y
07
Salud de los Consejos Transitorios de Administración Regional
19 DE OCTUBRE
Corporación de Desarrollo de Lima y Callao
Ministerio de Trabajo y Promoción Social
Ministerio de Industria, Turismo, Integración y
Negociario-
nes
Comerciales Internacionales
Ministerio de Pesquería
Ministerio de
Pmmwi» n
de la Mujer
y
del Desarrollo Humano
Consejos Transitorios de Administración Regional, excepto
unidades ejecutoras de
Educaciú n
y Salud
20 DE OCTUBRE
Ministerio del Interior
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES
(Remuneraciones):
21 DE OCTUBRE
Presidencia del Conse.j o de Ministros
Congreso de la República
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Economía y Finanzas
Contraloría General
Ministerio de Energía y Minas
Ministerio de
A@ultura
Universidades
MinisteriodeTransportes.Comunicaciones ,
Vwienda y
Cons-
tracción
22 DE OCTUBRE
Poder Judicial
Ministerio de Justicia
Ministerio Público
Consejo Nacional de la Magistratura
Tribunal Constitucional
Jurado Nacional de Elecciones
Oficina Nacional de Procesos Electorales
Defensoría del
Pueblo
Ministerio de la Presidencia
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Ministerio de Salud
Educación
dc
los Conse.jo s Transitorios de Administración
Regional
23 DE OCTUBRE
Ministerio de Educación
Salud de los Consejos Transitorios de Administración Regional
26 DE OCTUBRE
Ministerio de Trabajo y Promoción Social
Ministeri o
de Industria, Turismo, Integración
y
Negociacio-
nes Comerciales Internacionales
Ministerio de Pesquería
Corporación de Desarrollo de Lima y Callao
Ministerio de
Promociú n
de la Mujer y del Desarrollo Humano
Consejos Transitorios de Administración Regional. excepto
Educacxí n
y Salud
27 DE OCTUBRE
Ministwi o
del Interior
Artículo 2”.- La Dirección General del Tesoro Público emiti-
rá las Autorizaciones de Giro y de Pago con anticipación de un día
hábilal a
fechaindicadaen
elArt,icul o
l”,
enloscasosde.Unidades
Ejecutoras que
este n
aplicando lo dispuesto en el Artículo
17
del
D.S.
N”
347-90-F: F
les otorgará dichas autorizaciones con antici-
pación de dos
dia s
hlibile s
al
probTamado.
Artículo
3”.-
La
emisib n
de cheques para el pago de los
mencitr
nados
concepta s
se efectuará hasta por los montos límites de las
correspondientes Autorizaciones de Giro, bajo responsabilidad del
Director General de
Administraciú n
o
quien haga sus veces.
Regístrese y comuníquese.
ALFREDO JALILIE AWAPARA
Viceministro de Hacienda
11623
EDUCACION
Autorizan a arqueóloga exportar, con
fines científicos, muestras de cerámi-
ca para análisis destructivos por acti-
vación neutrónica
RESOLUCION SUPREMA
N”
133-98-ED
Lima, 6 de octubre de 1998
VISTO, el Oficio
N”
1053.9%INC/D N
cursado por el Director
Nacional del Instituto Nacional de Cultura;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento de fecha 8 de junio de 1998, de
la arqueóloga Srta. Mercedes Delgado
Agurto ,
solicita autoriza-
ción para exportar cincuenta
(501
muestras
de’fragment o
de
cerámxa ,
procedentes de las excavaciones
realizadase n
el sitio
XII de Villa El Salvador, provincia
y
departamento de Lima,
durante las
kmporada s
1990-1991, para análisis destructivos de
Activación Neutrónica con un peso total de 614
AT.:
Que. el Museo Nacional de
Aroueolwía .
Antrooolom a
e His-
toria-del Perú, mediante Oficia
N”‘494-9%kNA&P/gd e
fecha
28 de agosto de 1998, opina favorablemente autorizar la salida de
las muestras referidas para análisis
destructivo s
por Activación
Neutrónica, asimismo cuenta con el Informe Técnico
N”
027-9%
SDI-MNAAHP-MEHC, ,
de fecha 27 de agosto de 1998, donde se
especifica la calidad
y
cantidad de las muestras, motivo de la
solicitud
DE
exportación;
Que, la
Comisión
Técnica de Arqueología, mediante el Acuerdo
N”
197 de fecha
31
de agosto de 1998,
recomwnd a
a la Dirección
Nacional del ING . aprobar la solicitud de la arque’blog a Srta. Merce-
des Delgado Agurto, para exportar cincuenta (50) muestras de
fragmento de cerámica, procedentes de las excavaciones realizadas
en el sitio XII de Villa El Salvador, provincia y departamento de
Lima. durante las
temoorada s
de 1990/1991 .
oar a
análisis
dcstruc-
tivo s
de Activación
Ne&-ónic a
con un peso
&al
de 614
g.;
Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura promover
la
investieació n
v
oreservació n
del Patrimonio Cultural de la
Nacii>n ,
yla
coo&&ibn
científica internacional, por lo que la
Dirección Nacional del INC, recomienda autorizar la exportación
de las
muestra s
citadas; y.
De
conlixmida d
con lo dispuesto en el Decreto Ley
N”
25762,
Ley
Orgánlct i
dr l
Sector Educación, modificado por la Ley
N”
26510 y con cl Decreto Supremo
N”
050-94-ED ,
Reglament o
de
Organización y Funciones del Instituto Nacional do Cultura y la
Resolucibn
Suprema
N”
559-85.ED, Reglamento de Exploracio-
nes y Excavaciones Arqueológicas;
SF RESUELVF:
1
2
Artículo l”.- Autorizara la arqueóloga Srta. Mercedes Delgado
Agurto,
a
exportar con
fines
científicos, cincuenta
(50)
muestras de
fragmentos de cerámica, procedentes de las excavaciones realizadas
enel SitioXIIdeVilla ElSalvador,provinciaydepartamenlodeLima,
durante las temporadas
1990-1991,
para análisis destructivos por
Activación
Neutrónica con un pew total de 614
gr.
Artículo
2”.-
La
arqueólõga
responsable de la
investigación,
deberá remitir al INC. el
infbrme
de los resultados de los análisis
efectuados, así como la
o
las publicaciones, que se desprendan de esta
investlgaaón,
según lo dispuesto por la Resolución Suprema
W
559-
HB-ED, Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueológicas.
Artículo
3”.-
El Museo Nacional de Arqueología, Antropolo-
gía e Historia del Perú, queda encargado de dar cumplimiento a
la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
DOMINGO PALERMO CABREJOS
Ministro de Educación
ll664
MTC
Aceptan renuncia y designan
funcb
nario
de la Oficina General de Métodos
y Sistemas del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA
W
152-9%MTC
Lima, 1 de octubre de
1!>98
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema
N”
060-9%MTC se nombró al
señor Jorge Eduardo
Quifiones
Velita,
Director General de la
Oficina Genera1 de Métodos y Sistemas del Ministerio de Trans-
portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, cargo conside-
rado de confianza;
Que, el
mencionado
funcionario ha presentado renuncia al
cargo para el cual fue nombrado, debiéndose dictar el acto
administrativo correspondiente, así como designar al funcionario
que ocupe el cargo de Director General de la Oficina General de
Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicacio-
nes, Vivienda y
Const.rucci
cargo considerado de confianza;
De conformidad con el Decreto Legislativo
N”
560
y
Decretos
Leyes
N”s.
25515, 25862;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el
señor Jorge Eduardo Quiñones Velita al cargo de Director Gene-
ral de la Oficina Gcncral de Métodos y Sistemas del Mmisterio de
Transportes, Comunicaciones. Vivienda
y
Construcción, dándo-
sele las gracias por sus servicios prestados.
Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha, al señor
Alfredo Antonio
Sernaqué
Castillo, en el cargo de confianza de
Director General de la Oficina General de Metodos y SIstemas del
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Cons-
trucckín.
Regístrese, comuníquese
y
publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ANTONIO
PAUCAR
CARBAJAL
Ministro de Transportes, Comumcaciones,
Vivienda
v
Construcción
11661
AutorizanviaiedefuncionariosdelSEN-
CICOa
Brasiípara
participar en
progra=
made formación de multiplicadores de
gestión de calidad
RESOLLXION SUPREMA
W
153-9%MTC
Lima, 1 dc octubre de 1998
CONSIDERANDO:
Que, el Director del Centro Interamericano de Investigación
í Documentación sobre Formación Profesional
-
CINTERFOR,
la
cursado invitación
3
la administración del Servicio Nacional
ie Capacitación para la Industria de la Construcción
_
SENCICO,
aara
que participen en el Programa de “Formación de Multiplica-
lores de Gestión de Calidad” que se realizará en el Estado de
Santa Catarina, Brasil;
Que, el evento mencionado está dirigido a representantes de
.nstituclones de formación profesional interesadas en desarrollar
Sistemas de Gestión de Calidad y tiene como objetivo mejorar la
zfkiencia
y la eficacia de la
gestión
de las instituciones respecto
x
la calidad de su personal;
Que, el presidente del Consejo Directivo Nacional de
SENCI-
YO, según los términos de su Oficio N” 190-9&MTC/SENCICO-
32.00, expresa que dicho Consejo en su Sesión
N”
727 ha designa-
io
a
los profesionales que participarán en el programa aludido,
solicitando al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-
vienda y Construcción, expedir el acto administrativo del caso;
De conformidad con la Ley N” 26894, Decreto Ley
N”
25862 y
Decretos Supremos Ws.
053-84-PCM,
074-85-PCM,
031~89-EF,
135-90-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo
lo.-
Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios
del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción
-
SENCICO, ala ciudad de Florianópolis, Estado de
Santa Catarina, República Federativa de Brasil, durante los días
4 al 9 de octubre de 1998;
-
Ingeniero Luis Fernández Ramírez, miembro del Consejo
Directivo Nacional.
-Arquitecto Enrique Saito Silva, Director Ejecutivo Nacional
Adjunto.
Artículo
2”.-
El gasto que demande el viaje autorizado
precedentemente será con cargo al Presupuesto del SENCICO,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje
Tarifa por Uso de Aeropuerto
Articulo
3”.-
La presente resolución no dará derecho a
exoneración
o
liberación de impuestos
o
de derechos aduaneros
de ninguna clase
o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ANTONIO PAUCAR CARBAJAL
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
11662
Autorizan a empresa para operar como
taller de mantenimiento aeronáutico
RESOLUCION MINISTERIAL
No
407-98-MTW15.16
Lima, 25 de setiembre de 1998
Visto el expediente con Registro
N”
941453, presentado por la
empresa MANTENIMIENTOY SERVICIOS DE AVIACION “EL
PEREGRINO” S.C.R.LMa., sobre la autorización para el
funciona-
miento y operación como Taller de Mantenimiento Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, para el funcionamiento y operación de las fábricas,
plantas ensambladoras y talleres de mantenimiento aeronáutico
se requiere autorización previa otorgada por Resolución Ministe-
rial del Sector Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construc-
ción y para el efecto, los titulares de las empresas solicitantes
deberán acreditar
aue
cuentan con el
eauiDo
Y
nersonal
técnico
idóneo para el servicio que pretenden
r&&a~;
_
Que, el pedido de la empresa MANTENIMIENTO Y SERVI-
CIOS DE AVIACION “EL PEREGRINO”
S.C.R.Ltda.
ha sido
materia de análisis y estudio, así como la inspección técnica
correspondiente efectuada por las dependencias competentes de
la Dirección General de Transoorte Aéreo, concluyéndose en que
el peticionario cumple con todõs los requerimientòs prescritos-en
las Reeulaciones Aeronáuticas del Perú. relacionado al estableci-
mien&
de un Taller de
Mantenimientó
Aeronáutico;
Que, la Memoranda
N”
1136-97-MTCi15.16.02,
de la Direc-
ción de Asesoría Legal y
N”
054-98-MTC/15.16.05.2, de la Subdi-
rección de Material Aeronáutico, se determinó que se encuentran
acreditadas las capacidades legal, financiera y técnica de la
Lima, jueves 8
dc
octubre de
199X
c[mm()
Pág. 164761
empresa MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION “EL
PEREGRINO” S.C.R.LTDA.;
De conformidad con
Ip
dispuestf en el Art. 128” del Reglamen-
tRAp
p4py
de Aeronáutica
Civil
N 24882, sus modificatorias, la
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR
a
la empresa MANTENI-
MIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION S..C.R.L.tda.
por
un
plazo de cinco
(5)
años, contados a partir del día
siguiente de
la
publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El
Peruano,
para el funcionamiento
y
operación como Taller de
Mantenimiento
Aeronáutico, con las siguientes habilitaciones:
-
Habilitación para Mantenimiento de Aeronaves
Limitada
Clase
I
-
,Hlaab$~
para Motores Limitada
-
$ab~i~ión
para Accesorios Limitada
Clase II
Artículo
Segundo.-
Las habilitaciones, alas que se refiere
el
Artículo Primero de la presente resolución, se encuentran descri-
tas en el “Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronáutico”
numero TMA-003, y están limitadas a los señalado en las"Especifi-
caciones
de Operación”, los que forman parte
integrante
de la
presente resolución.
Artículo Tercero.- Las actividades autorizadas
a
la
empre-
sa MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION S.C.R.L.tda.
deben efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su
Manual de Procedimientos de Inspección, cuya copia se archiva
en la Dirección General de Transporte Aéreo. En caso que se
tenga que efectuar algún cambie en dicho manual
deber+
solicl-
tarse
la aprobación correspondiente
a
la
Dirección
General
de
Transporte Aéreo.
Artículo Cuarto.- La Dirección General de Transporte
Ae-
reo,
efectuará inspecciones al Taller
de
Mantenimiento
Aeronáu-
tico de la empresa MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIA-
CION
S.C.R.Ltda.
a
fin
de comprobar el
cumplimiento
de las
condiciones establecidas en la presente
resoluciún.
Artículo
Quinto.- La autorización
que
se otorga
por
la
presente
resolución
al Taller de Mantenimiento
Aeronáutico
de
la empresa MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIAClON
“EL PEREGRINO”
S.C.R.Ltda.
queda sujeta
a
la Ley de Aero-
náutica Civil, a su Reglamente,
a
las Regulaciones Aeronáuticas
del Perú,
a
las Directivas que dicte la Dirección General de
Transporte Aéreo y
a
las demás normas aplicables
a
la materia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO PAUCAR CARBAJAL
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
11521
PESQUERIA
Incorporan en el Anexo VII y excluyen
embarcaciones
pesqueras del Anéxo
V de la R.M.
200-98-PE
RESOLUCION MINISTERIAL
494-98-PE
Lima, 7 de octubre de 1998
Visto los escritos de Registro NS. 07365001 y 7945001 de
fechas 14 y 24 de julio de 1998, presentados per el
señor
JOSE
RAUL PINGO ANTON mediante los cuales interpone recurso de
reconsideración contra la Resolución Ministerial
320-98-PE
CONSIDERANDO:
Que, per Resolución Ministerial N” 200-98-PE, se publicó
el
listado actualizado de embarcaciones pesqueras de mayor
escala
que se encuentran autorizadas
a
realizar actividades extractivas,
asi
cerne se oficializó la situación legal de las embarcaciones
pesqueras, con relaciónalo dispuesta en el Articulo 24” de la Ley
General de Pesca y los Artículos
19’
y 24” de su reglamento;
Que, mediante la Resolución Ministerial
N”
237-9X-PB,
se
dispuso que los armadores pesqueros comprendidos en cl listade
del anexo de dicha resolución, tenían plazo hasta el 15 de
,jum»
de
1998 para acreditar que el Peritaje de Garantia presentado al
Ministerio de Pesquería cumplía con la condicicn establecida en
el inciso d) del Artículo 2” de la Resolución Ministerial
N’O30-QX-
PE,
a
cuyo efecto podrían presentar una
certificacion
de la
empresa aseguradora que acredite que el peritaje había sido
aceptado con anterioridad al
1
de marzo de 1998, para el
etorga-
miento
o
renovación de la póliza correspondiente; asimismo, la
Resolución Ministerial
N”
237-98-PB.
señala
oue
los
armaderes
pesqueros podrán alternativamente presentar’un Certificado de
Inspección de Condición, conforme
a
lo establecido en la Resolu-
ción Ministerial
N”
132-98-P& hasta el 15 de junio de 1998 y que
vencido dicho
plazo,
aquellas embarcaciones cuyos armadores no
hubiesen cumplido
con
cualquiera de las alternativas estableci-
das. serán incluidos en los Anexos V
v
VI de la Resolución
Ministerial
N”
200-98-PE,
según correspkda;
Que, per Resolución Ministerial
N”
320-98-P& se incorporó al
Anexo V y se retiró del Anexe VII
de
la Resolución Ministerial
N”
200-98-PS, entre otras,
a
las embarcaciones pesqueras “MAR
DEL NORTE” y “MAR DEL SUR’ de Matrículas NS.
PT-10743-
CM y CO-6526CM, respectivamente al no haber cumplido hasta
el 15
de
junio
de 1998 con la presentación de la certificación de la
empresa aseguradora que acredite que el Peritaje de Garantía
fue aceptado con anterioridad al 1 de marzo de 1998, para el
otorgamiento
e
renovación de la póliza correspondiente;
Que, mediante les
esctites
del
visto
cl
scnor
JOSE RAUL
PINGG
ANTON interpone recurso de reconsideración contra la Resolución
Ministerial
N”
320~Q8-PS,
solicitando se
retire
u
las embarcaciones
pesqueras
citadas
en el considerando precedente del Anexo V y se
incluyan en el Anexo VII de la
Resoluci~in
Ministerial
N’20998PE,
habiéndose acreditado que la
compañia
aseguradora aceptó
los
Peri-
tajes de Garantía
NS.
PMS99-97
y
PMS05-98
con anterioridad al 1 de
mano de 1998, deviniendo en fundado el recurso de reconsideración
interpuesto, siendo procedente incorporar
a
las embarcaciones pes-
queras “MAR DEL NORTE” y “MAR DEL SUR’ al Anexo VII de la
Resolución Ministerial N”200-98-PE,vretirarlasdelAnexoVdedicha
resolución;
De
conlbrmidad
con lo dispuesto en el Artículo ll” de la
Resolución Ministerial N” 200.98.PE y el Artículo 98” del Texto
Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales
de
Procedimien-
tes
Administrativos aprobado per Decrete Supremo N”
02-94-
JUS, modificado per la Ley
N”
26810;
SE RESUELVE:
Artículo
l”.-
Declarar fundado el recurso de reconsideración
interpuesto por el señor JOSE RAUL PINGO ANTON contra la
Resolución Ministerial N”
:320-98-FE,
per las
razenes
expuestas
en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo
2”.-
Incornorar
en el Anexo VII
Y
excluir del Anexo
V de la Resolución
Minikerial
N”200-98-PE, alas embarcaciones
pesqueras “MAR DEL NORTE” (PT10743.CM) y “MAR DEL
SUR”
(CO-GF>26CM).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUDWIG MEIER CORNEJO
Ministro de Pesquería
ll652
Declaran procedente solicitud de ex-
clusión de embarcación pesquera del
Anexo 3 de la R.M.
NE
137-9&PE
RESOLUCION MINISTERIAL
N”
495-98-PE
Lima, 7 de octubre de 1998
Vistolosesc~tosdeRegstrosN”s.3124001,5271002y2583003
de fechas 27 de marzo, 10 de julio y 7 de agosto de 1998.
presentados per CHINCHA EXPORT S.A.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo ll” de la Resolución Minist.erial
N”
200-98.PE
establece que mediante Resolución Ministerial
o
Resolución de la
Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pesquería,
según corresponda, podrá realizarse incorporaciones
e
retires
a
los anexos de dicha resolución conforme
a
sus disposiciones y
a
las
nwmas legales vigentes;
Que el Articulo IV del Título Preliminar del Texto
Unico
Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos
Administrativos. aprobado por Decreto Supremo
N”
02.94.JUS
establece que toda auteridad del Estad« que advierta un error
u
omisión en el procedimiento deberá encausarlo de oficio
e
a
pedido de parte, per lo que el procedimiento iniciado por el
recurrente
a
través del escrito de Registre
N”
5271002 de fecha 10
de julio de 1998 ha sido encausado conforme al petitorio presen-
tado per medio de los escritos de Registros NS. 3124001 y
2583003 a través de los cuales solicita la exclusión de la embar-
cación pesquera Carlos Alberto de Matrícula
N”
PS-2416-PM, del
Anexo 3 de la Resolución Ministerial
N”
137-98-PE y se emita un
pronunciamiento sobre la precedencia del certiticadc de inspec-
ción de condición de la citada embarcación para su inclusión en el
Anexo VII de la Resolución Ministerial
N”
200-9%PE, en razón
que la recurrente obtuvo el certificado de inspección de condición
de la embarcación con fecha 18 de febrero de 1998 no habiendo
sido
presentado oportunamente debido
a
causas de fuerza mayor;
Que de la evaluación correspondiente se ha acreditado
que existieron acontecimientos que se consideran Incluidos
en la causa eximente de responsabilidad por fuerza mayor
que impidieron que la
recurrenk
presente el certificad« de
inspección de condición que acredite la operativida d de la
embarcación Carlos Alberto antes del 1 de marzo de 1998, el
mismo que si bien fue presentado al Ministerio de Pesquería
extemporáneamente, cumple con las condiciones estableci-
das en la Resolución Ministerial
N”
132-9%PE. habiendo sido
emitido el 18 de febrero de 1998, por
lo
que en términos
improrrogables procede suspenderse los mismos, cuando esté
fehacientemente demostrado que durante su curso existieron
causas de
fuerzamayo r
que impidieron ser utilizadas para el
cumplimiento de lo establecido en la normatividad adminis-
trativa pesquera;
De conformidad alo establecido en el literal
d)
del Artículo 1”
y la Primera Disposición Complementaria del Texto Umco Orde-
nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis-
trativos, aprobado por Decreto Supremo
N”
0%94-JUS, en la
Resolución Ministerial N’
137-9%PE
y en el Articulo ll” de la
Resolución Ministerial
N”
‘ZOO-9%PE;
SE RESUELVE:
Artículo
l”.-
Declarar procedente la solicitud presentada por
CHINCHA EXPORT S.A. respecto
a
la exclusión de la
cmbarca-
ció n
pesquera denominada Carlos Alberto, con Matrícula
w
PS-
2416-PM, del Anexo 3 de la Resolución Ministerial
N”
137-9%I’E
y su inclusión en el Anexo
VI1
de la Resolución Ministerial
N”
200-
9%PE, por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa
de la presente resolución.
Artículo
2”.-
Retirar
a
la embarcación Carlos Alberto del
Anexo 3 de la Resolución Ministerial
N”
137-9%PE.
e
incorporar-
la en el Anexo
1
de dicha resolución.
Artículo
3”.-
Retirara la embarcación pesquera citada
en
el
artículo precedente del Anexo V de la Resolución
Mimsterial
N
200-98-PE
e
incorporarla en el Anexo VII de dicha
resolucii,n.
Artículo 49- Transcribir la presente resolución
a
la
Direc-
ción General de Capitanías y Guardacostas
de l
Ministerio de
Defensa.
Registrese,
comuníquese y publíquese.
LUDWIG MEIER CORNEJO
Minislro de Pesquería
11653
PODER JUDICIAL
Aceptan donaciones de terrenos
efectuadas
Da r
las
MuniciDalidades
Provinciales’de Ambo y Mirropó n y
Distrital de Castilla
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR
DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL
N”
469-98-SE-TP-CME-PJ
Lima, 7 de octubre de 1998
VI STO:
La Resolución de Alcaldía N” 0139-9%MPA-A del 4 de setiem-
bre de 1998, de la Municipalidad Provincial de Ambo, departa-
mento de Huánuco y documentos adjuntos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía
N”
0139.9%MPA,
que
modifica la Resolución de Alcaldía
N”
0119-A-MPA-98. acto
administrativo ratificado por Acuerdo de Concejo
N”
OOO-9%
MPA de fecha 25 de setiembre de 1998, se resuelve conceder en
calidad de donación en favor del Poder Judicial, el área de
1,333.89 metros cuadrados de un terreno ubicad o entre los
jirones Constitución primera cuadra y Cerro de Paseo segunda
cuadra, distrito y provincia de Ambo, cuyos linderos, medidas
perimétricas y demás características aparecen inscritas en la
Ficha
N”
26744 del Registro de la Propiedad Inmueble de la
Oficina Registra1 Huánuco;
Que, por Resolución Administrativa
N”
566.CME-PJ.
corres-
ponde
u
la Secretaría Ejecutiva dc la
Comiaiím
Ejecutiva
del
PoderJudicial ,
evaluarla aceptación de las donaciones
de
bienes
muebles
e
inmuebles que se realicen en favor de los
ilrgano:,
de
este Poder del Estado:
En uso de las atrkuciones otorgadas por las Resoluciones
Administrativas
N”s.
01X-CME-P.J.
032~CME-PJ,
566~CME-PJ
y
031-98.SE-TP-CME-P~J;
SE RFSUFLVF:
1
3
d
Artículo Primero.-
Acept,a r
la donació n efectuada por la
Municipalidad Provincial de Ambo, distrito
y
departamento de
Huánuco, en favor del Poder Judicial, con un área de 1,333.89
metros cuadrados, de un terreno ubicado entre
los
jirones
Constitución primera cuadra y Cerro de Paseo segunda cua-
dra,
distrito y provincia de Ambo, cuyos linderos, medidas
perimétricas y demás características aparecen inscritas en la
ficha
26744 del Registro de la Propiedad Inmueble de la
Oficina Registra1 Huánuco.
Artículo Segundo.-
Autorizar al Sr. Presidente de la Corte
Superior
de Justicia de
Huánico-Pasco,
para que en nombre y
representación del Poder Judicial,
suscnb a
los documentos
nece-
iarios
para la formalización de la transferencia
a
que s e contrae
!l
artículo precedente.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la
iuperintendencia de Bienes Nacionales, Contraloría General de
a
República, Gerencia General, Presidencia de la Corte Superior
le Justicia de
Huánuco-Paseo
y los órganos correspondientes.
Registrese, comuníquese y publíquese.
DAVID PEZUA VIVANCO
Titular del Pliego del Poder Judicial
11642
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR
DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL
W
410-98-SE-TP-CME-PJ
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO:
La Resolución Municipal
N”
02%97-MPM-CH-A de fecha 23
le junio de 1997, emitida por la Municipalidad Provincial de
Monopón,
distrito de Chulucanas, provincia d e Morropón, Re-
n Grau, departamento de Piura y documentos adjuntos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento de visto, el Concejo Provincial de
Morropón, por Acuerdo de Sesión Ordinaria de fecha 5 de junio de
1997 resuelve conceder en calidad de donación en favor del Poder
Judilial,
el área de
1,500.OO
metros cuadrados de un terreno ubicado
entre
las calles Lambayeque y Libertad, subdividido del inmueble
ubicado entre las calles señaladas, signado con el número 154,
distrito de Chulucanas, cuyos linderos, medidas perimétricas
y
demás características aparecen inscritas en la Ficha
N”O39382
de la
Oficina
Registral
Regional Región Grau
-
Piura;
Que, por Resolución Administrativa
N”
566-CME-PJ, corres-
ponde
a
la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del
Poder Judicial, evaluar la aceptación de las donaciones de bienes
muebles
e
inmuebles que se realicen en favor de los órganos de
este Poder del Estadoi
En uso de las atnbucione s otorgadas por la s Resoluciones
AdminisLrat,ivas
N”s.
018~CME-PJ,
032~CME-PJ,
566~CME-PJ
y
031-9%SE-TP-CME-Pd;
SE RESUELVE:
Articulo
Primero.- Aceptar la donación efectuada por la
Municipalidad Provincial de Morropón, en favor del PoderJudicial,
con un área de
1.500.00
metros cuadrados, de un terreno ubicado
entre las calles Lambayeque y Libertad, subdividido del inmueble
ubicado entre las calles señaladas, signado con el número 154,
distrito de Chulucanas, cuyos linderos, medidas perimétricas
y
demás
caractetisticas
aparecen inscritas en la Ficha
N”O39382
de la
Oficina Registra1 Regional Región Grau
-
Piura.
Artículo Segundo.- Autorizar al Sr. Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Piura, para que en nombre y
representación
del Poder Judicial, suscriba los documentos necesarios para la
forma-
lizació n
de
la transferencia
a
que se contrae el artículo
precedente.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la
Superintendencia de Bienes Nacionales, Contraloría General de
la República, Gerencia General, Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Piura y
a
los órganos correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DAVID PEZUA VIVANCO
Titular del Pliego del Poder Judicial
ll643
RRSOLUCION
ADMINISTRATIVA DEL TITULAR
DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL
N”
411-98-SE-TP-CME-PJ
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO:
La Resolución Municipal
N”
036-98-CDC de fecha 15 de julio
de 1998, emitida por la Municipalidad Distrital d e Castilla,
departamento de Piura
y
documentos adjuntos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento de visto, el Pleno del Concejo,
por Acuerdo de Sesión Ordinaria de fecha 10 de julio de 1998,
resuelve conceder en calidad de donación en favor del Poder
Lima, jueves 8
de
octubre
de
1998
e[
mml,
Pág. 164763
Judicial, el área de
1,303.70
metros cuadrados de
un
terreno
ubicado en la manzana
“P”
con loa números 22 al 28 de la
urbanización San Bernardo, distrito de Castilla. cuyos linderos,
medidas perimétricas y demás características aparecen inscritas
en las Fichas
N”s.
18488, 18489, 18490,
18491,
18492.
18493 y
18494 del Registro de la Propiedad Inmueble de
la
Oficina
Registral
Regional Región Grau
-
Piura;
Que, por
Resolución
Administrativa N° 566-CME-PJ, corres-
ponde
a
la
Secretaría
Ejecutiva
de
la Comisión Ejecutiva del
Poder Judicial, evaluar la aceptación de las donaciones de bienes
muebles
e
inmuebles que SC
realicen
en favor
de
los
organos
de
este Poder del Estado;
En uso de las atribuciones otorgadas por las Resoluciones
Administrativas
N”s.
018-CME-PJ 032-CME-PJ 566-CME-PJ
y
031-98-SE-TP-CME-PJ:
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la
Muni-
cipalidad
Distrital
de
Castilla en favor del Poder Judicial,
con
un
área
de
1,303.70
metms
cuadrados de un terreno ubicado en la manzana
“P”con
los números 22 al 28 de la urbanización
San Bernardo, distrito
de Castilla, cuyos linderos, medidas perimétricas
y
demás
caracteris
ticas aparecen inscritas en las
fichas
N°s. 18488-18489-18490-18491,
18492, 18493
y
18494 del Registro de la Propiedad Inmucblc
de
la
Oficina Registra1 Regional Región
Grau
Piura.
Articulo Segundo.- Autorizar
al
Sr. Presidente
de
la Corte
Superior de Justicia de Piura, para que en nombre
y
representa-
ción del Poder Judicial, suscriba los documentos necesarios para
la
formalización
de la transferencia
a
que se contrae
t.1
articulo
precedente.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente
resolución
a
la
Superintendencia de Bienes Nacionales, Contraloría
General
de
la República, Gerencia General, Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Piura
y
a
los
órganos
correspondientes,
Regístrese. comuniquese
y
publíquese.
DAVID PEZUA VIVANCO
Titular del Pliego del Poder Judicial
11644
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
Designan vocales superiores especia-
lizados en la tramitación de procesos
por delitos tributarios y aduaneros
RBSOLUCION ADMINISTRATIVA
014-98-P-STP-EDTA-CS
Lima, 7 de octubre
de
1998
PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA
RBPUBLICA
ESPECIALIZADA EN DELITOS
TRIBUTARIOS Y ADUANEROS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa
339-97-CME-
Wdefecha 14 de marzo de 1997 se facultó a la Primera Sala Penal
Transitoria de la Corte Suprema
de
Justicia
de
la República,
conocer en última instancia de las acciones penales
por
delitos
tributarios
y
aduaneros, así como crear las
Salas
Superiores
y
Juzgados Especializados en los mismos
detitos,
que
fueren nece-
sarios, con competencia
a
nivel nacional. Ampliandose las
atribuciones conferidas
a
esta Suprema Sala mediante Resolu-
ción Administrativa N° 744-CME-PJ de fecha 22
de
setiembre
del
año en curso, para que también conozca en última
inst
ancia
v
de
manera exclusiva de los delitos previstos en los Capíttulos V
y
VI
del Título V, Capítulo
III,
Sección
I
del
Título
XVIII
y
Capítulos
1, II y III del Título XIX del
Libro
Segundo del
Codigo
Penal
Que, ante la existencia
de
carga procesal, dc impedimentos
y
excusas de los señores Vocales conformantes de la Sala
Penal
Superior especializada, así como por la ampliacitin de facultades
a
esta Sala Suprema de acuerdo
u
lo
dispuesto por la Resolución
Administrativa
744-CME-PJ
se haw necesario. designar
transitoriamente cuatro Vocales Superiores, qiir
se
:rvoqrwn
al
conocimiento de estos tipos penales;
En uso de las facultades conferidas por las
ICesolurione.*
N’s.
339
y
774-CME-PJ
y.
estando
a
lo
acordado en sesión
do
la fecha;
SE RESUELVE:
Primero.-
Designar
a
la doctora Ana Maria Valca
rcel
Salda-
ña, Vocal Titular de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de
Lima, como Vocal Superior especializado en
la
tramitación de
procesos por delitos tributarios
y
aduaneros
y
de los delitos
contenidos en
la
Resolución Administrativa
N”
744~CME-PJ. con
sede
en la ciudad de Lima
y
competencia
a
nivel nacional.
Asimismo desienar
a
las doctoras Irene Chávez Gil
Y
Luisa Estela
Napa Lévano.‘~ocales Provisionales de
Ia
Segunda Sala Penal
para Procesos Ordmarios con reos libres de la Corte Superior de
Lima, ya In
doct.ora
Nancy Lilia Alvis Mestanza, Juez Titular del
.Juzgado
Mixto de la provincia de
Sihuas-Ancash,
como
Vocales
Superiores
Provisionales especializados en la tramitación de
procesos por delitos tributarios y aduaneros y de los delitos
rontenidos cn la Resolución Administrativa N” 744~CME-PJ, con
sede
en la ciudad de Lima y competencia
a
nivel nacional.
Setindo.-
Transcribir la nresente resolución al señor Presi-
dente
&
la Corte Suprema de justicia de la República y Presiden-
te de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
a
la Gerencia
Central dc la Reforma, al señor Fiscal de la Nación, ala senorita
Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público,
alos
*exiores
Presidentes de las Cortes Superiores de Lima y Ancash,
a
la Gerencia General del Poder Judicial,, ala Oticina de Control
de la Magistratura y
a
la señorita Supermtendenta de Aduanas.
Tercero.-
La presente resolución entrará en vigencia al día
siguiente de su
publicacion
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese. comuníquese
y
publíquese.
SS. JOSE LUIS
JERI
DURAND
ALEJANDRO
RODRIGUEZ
MEDRANO
VICTORIA AMPUERO DE FUERTES
MANUEL
MARULL
GALVEZ
JOSE CERNA SANCHEZ
L
J
11630
Designan Jueces Penales Provisiona-
les y Suplente especializados en pro-
cesos por delitos contenidosen la Res.
Adm.
744-CME-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
015-98-P-STP-EDTA-CS
Lima, 7 de octubre de 1998
PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA
REPUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS
TRIBUTARIOS Y ADUANEROS
CONSIDERANDO:
Que,
mediante Resolución Administrativa N’ 339.97CME-
PcJdefecha
14demarzode 1997sefacultóaIaPrimeraSalaPenaI
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República,
conocer
cn
última instancia de las
acriones
penales por delitos
tributarios y aduaneros, así como crear las Salas Superiores y
Juzgados Especializados en los mismos delitos, que fueren nece-
sarios, con competencia
a
nivel nacional. Ampliándose las
atribuciones conferidas
a
esta Suprema Sala mediante
Rcsolu-
ción
Administrativa
N”
744.CME-I’.J de fecha 22 de setiembre del
año en curso, para que también conozca en última instancia y de
manera exclusiva de los delitos
previst.os
en los Capítulos V y VI
del Título V, Capítulo III, Scccion 1 del Título XVIII y Capítulos
1.
II
y
111 del Título XIX del Libro Segundo del Código Penal.
Que, asimismo estando al incremento
d
las causas de acuer-
do
a
lo disouesto
oor
la
Resoluciiin
Administrativa N’ 744CME-
PJ
se hace’nectwn-io, designar transitoriamente, Jueces Penales
que se avoquen al conocimiento de estos tipos penales.
J
uso de las facultades conferidas por las Resoluciones
Ns.
339 y
774-CME-1OJ
y, estando
a
lo acordado en sesión de la fecha.
SE
RESIJELVF:
1
Primero.- Designar
a
partir de la
vigencia
de la presente
resolución,
a
los doctores:María Magdalena Mere Espinoza, Juez
Provisional de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura,
Walter (‘astillo Yataco Secretario Provisional de la
Vacaba
de
Instrucción de la Sala Penal Permanente la Corte Suprema, como
Jueces Penales Provisionales Transitorios especializados en la
tramitación
de
los delitos contenidos en la Resolución Adminis-
trativa
N”
744.CME-PJ.
de fecha 22 de setiembre del año en
curso, previstos en los Capítulos V y VI del Título V, Capítulo III,
Sección
1
del Título XVIII
y
Capitulos
1,
II
y
III del Titulo
XIXdel
Libro Segundo del Código Penal, con sede en la ciudad dc Lima
y
competencia
a
nivel nacional.
Segundo.- Iksignar
a
parlir
dr
la vigencia de la presente
resolución,
a
la doctora
f’rlinda
Segura Salas, Juez Suplente del
Trigésimo Tercer Juzgado Penal para procesos sumarios con rcos
libres, como Jilee Penal Suplente Transitorio especializado en la
tramitacii’m
drn
procesos por
10s
delitos contenidos en la Resolu-
ción Administrativa
N”
744.CME-PJ, de fecha 22 de setiembre
del
ario
en
curso, previstos en los Capítulos V
y
VI del Título V,
Capítulo III.
Srcción
1
del Título
XVII1
y Capítulos
1.
II y
III
del
Pág. 164764
gl?h!i@nb
c’IM’J:~rlW:~~~
l,ima, jueves 8 de
octubll:
de 1998
Título XIX del Libro Segundo del Código Penal, con sede en la
ciudad de Lima
v
conmetencia
a nivel nacional.
Tercero.-
Dkpon&
la conversión del Juzgado que despacha
la doctora Celinda Seaura Salas con todo su oersonal. a uartir del
día de la vigencia de-la presente
resolución
en
Juzgado
Penal
Trarwtorio
especializado en los dehtos contemplados en la Reso-
lución Administrativa
N”
744~CME-PJ,
sin perjuicio de seguir
tramitando los procesos penales que le corresponde.
Cuarto.- Transcribir la presente resolución al señor
Presi-
dentedelaCorteSupremade
JusticiadelaRepúblicay
Presiden-
te de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia
Central de la Reforma! al señor Fiscal de la Nación, ala señorita
Presidenta de la
Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público, al
señor Presidente de la Corte Superior de Lima, a la Gerencia
General del Poder Judicial, a la Oficina de
Control
de la Magis-
tratura y
a
la
seriorita
Superintendente de Aduanas.
Quinto.- La presente resolución entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y
pubhquese.
SS. JOSE LUIS
JERI
DURAND;
ALEJANDRO RODRIGUES: MEDRANO;
VICTORIA AMPUERO DE FUERTES;
MANUEL
MARULL
GALVEZ;
JOSE CERNA SANCHEZ
11640
COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO
PUBLICO
Amplían competencia de la Sétima
Fiscalía Provincial en lo Penal Transi-
toria Especializada
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
N”
664.SfbMP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, siendo necesario que
a
partir de la fecha la Sétima Fiscalía
Provincial en lo Penal Transitotla Especializada con todo su perso-
nal conozca,
ademas
de su despacho materia de la Resolución de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
N”
662-9%MP-CEMP de
fecha 6 de octubre de 1998, de la investigación y tramitación de las
denuncias. atestados
pr)liciales,
partes policiales como de los proce-
sos penales que le corresponde al Sétimo Juzgado en lo Penal de
Lima, se debe
amphar
la parte pertinente del Artículo Primero de la
Resolución dc la
Comisibn
Ejecutiva del Ministerio Público N’
662-
9%MP-CEMP de fecha 6 de octubre de 1998, a efecto de comprender
dichas facultades;
y
estando al Acuerdo
N”
5090 adoptado por
unanimidad por la Comisión
E.jecutwa
del Ministerio Público en
sesión ordinaria de fecha 7 de
octubre
de 1998 con dispensa de la
lectura del acta; en uso de las
atribucrones
conferidas
por
las Leyes
N-s.
26623,26695
y 26738:
SE RESUELVE:
Artículo
Primero.- Ampliar la parte pertinente del Artículo
Primero de la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio
Público
N”
662.9%MI’-CEMP
de fecha 6 de octubre de 1998. para
disponer que a partir de la fecha la Sétima Fiscalía Provincial en
lo Penal Transitoria Especializada con todo su personal conozca,
además de su despacho materia de la Resolución de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
N”
66%98-MP-CEMP
de fecha 6
de octubre de 1998, de la investigación y tramitación de las
denuncias, atestados
policmles,
partes policiales como de los
procesos penales que le corresponde al Sétimo Juzgado en lo
Penal de Lima.
Artículo Segundo.-
Dejar sm efecto toda disposicirin que se
oponga a la presente resolución.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente reso-
lución a los señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordinaciún Judicml,
Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
Presl-
dente de la
1
Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de
Justicia Especializada en Dcbtos Tributarios y Aduaneros, doc-
tor Elías Moisés Lara
Chienda,
Fiscal Supremo
Provismnal
en-
cargado de la Tercera Fiscalía Suprema en lo Penal Especializada
en Delitos Tributarios
y
Aduaneros, Director
General
de la
/
?olicía Nacional del Perú, Director Nacional de la Policía Fiscal,
superintendente Nacional de Aduanas, Presidentes de la Corte
3uperior
de Justicia de la República, a los Fiscales Superiores
mcargados
de la gestión de gobierno delegada por la Comisión
xjecutiva del Ministerio Público en los Distritos Judiciales de la
iepública
y al Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del
Ministerio Público y Titular del Pliego para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GUTIERREZ
FERREYRA
Fiscal Supremo
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo
(P)
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID
ZEGARRA
MARIÑAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
11630
Facultan a diversos fiscales encarga-
dos de gestión de gobierno designar
magistrados que conozcan denuncias
y procesos por delitos contemplados
en Res. Adm.
N”
744-CME-PJ
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
W
665~98.MP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
La Resolución Administrativa
N”
0013-9%P-STP-EDTA-CS
de fecha 6 de octubre de 1998 y publicada en la fecha en el Diario
Oficial El Peruano, expedida por la Primera Sala Penal Transito-
ria de la Corte Suprema de Justicia de la República Especializada
en Delitos Tributarios y Aduaneros por la que se faculta a los
señores presidentes de las Cortes Superiores del país a excepcibn
de las Cortes Superiores de Lima, Cono Norte, Callao, La Liber-
tad, Piura-Tumbes, Puno, Tacna
-
Moqueguay Ucayali, para que
designen un Juez Penal que se avoque al conocimiento de los
delitos contemplados en la Resolución Administrativa
N”
744-
CME-PJ de fecha 22 de setiembre del año en curso, previstos en
los capítulos V, VI del Título V, Capítulo III Sección Primera del
Título XVIII y Capítulos
1,
II y III del Título XIX del Libro
Segundo del Código Penal, sin perjuicio de seguir tramitando los
procesos penales que le corresponde;
Que, estando al incremento de la carga procesal como conse-
cuencia de la aplicación de la Resolución de la Comisión Ejecutiva
del Ministerio Público N” 636-98.MP-CEMP de fecha 23 de setiem-
bre de 1998, se hace necesario facultar
a
los Fiscales Superiores
Encargados de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público de los Distritos Judiciales de la
República, con excepción de los Distritos Judiciales de Lima, Cono
Norte, Callao, La Libertad, Piura
_
Tumbes, Puno, Tacna
-
Mcque-
ya y Ucayali, para que designen
a
un Fiscal Provincial Penal
ylo
Mixto para que conozca de la investigación, denuncias, partes y
atestados policiales e intervengan en las procesos de los delitos a que
se refiere el considerando precedente; y estando al Acuerdo N” 5091
adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio
Público en sesión ordinaria de fecha 7 de
wtubre
de 1998, con
dispensa de la lectura del acta; en
usa
de las atribuciones conferidas
por las Leyes
N’k.
26623,26695 y 26738;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
Facultara los señores Fiscales Superio-
res Encargados de la Gestión de Gobierno Delegada por la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público de los Distritos Judi-
ciales de la República, a excepción de los Distritos Judiciales de
Lima, Cono Norte, Callao, La Libertad, Piura
-
Tumbes, Puno,
Tacna
-
Moquegua
y Ucayali, para que designen a un Fiscal
Provincial Penal
yio
Mixto que conozca de la investigación,
denuncias, partes y atestados policiales
e
intervengan en los
procesos de los delitos contemplados en la Resolución de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
N’636-98-MP-CEMP
de fecha 23 de setiembre de 1998 previsto en los Capítulos V, VI
del Título V, Capítulo III
Sgcción
Primera del Título XVIII y
Capítulos
1,
II y III del Título XIX del Libro Segundo del Código
Penal, sin perjuicio de seguir interviniendo en los procesos
Lima, jueves 8 de oclubm de
lOY8
elmm
Pág.164765
penales que le corresponde. Los Fiscales*Superiores Encargados
de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del
Ministerio Publico de los Distritos Judiciales de la República
informarán en el término de la distancia
a
la Comisión Ejecutiva
del Ministerio Público las designaciones realizadas.
ArtículoSegundo.-LosFiscalesProvincialesPenalesy/oMixtos
designados por los Fiscales Superiores Encargados por la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Publico de los Distritos Judiciales de la
República,
a
excepción de los Distritos Judiciales de Lima, Cono
Norte, Callao, La Libertad, Piura -Tumbes, Puno,
Tacna
-
Moquegua
y
Ucayali,
deberán remitir copia de la denuncia penal así como remitir
mensualmente una
estadistica
de los procesos contemplados en la
Resoluciónde la Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico
W636-98
MP-CEMP de fecha 23 de setiembre de 1998
a
que se contrae el
Artículo Primero de la presente resolución, ala Mesa de Partes
Unica
de la Fiscalía Provincial en lo Penal Especializada en Delitos Tributa-
riosyAduanerosacargodeladoctoraHildaValladaresAlarcón,para
el
contml
respectivo.
Artículo Tercero.-
Hacer de conocimiento la presente reso-
lución
a
los señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,
Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presi-
dente de la
1
Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de
Justicia Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, doc-
tor Elías Moisés Lara
Chienda,
Fiscal Supremo Provisional en-
cargado de laTercera Fiscalía Suprema en lo Penal Especializada
en Delitos Tributarios y Aduaneros, Director General de la
Policía Nacional del Perú, Director Nacional de
Policia
Fiscal,
Superintendente Nacional de Aduanas, Presidentes de las Cortes
Superiores de Justicia de la República, a los Fiscales Superiores
Encargados de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público en los Distritos Judiciales de la
República, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese
y
publíquese.
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio
Púbhco
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Publico
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo
(Pl
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA
MARIÑAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
11631
Designan Fiscal Ad Hoc para conocer
caso referido a delito de tráfico ilícito
de drogas, materia de la
Re&
N”
53-96-
MP-FN-CEMP
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
N”
666-98-MP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Oficio N” 60-96-98-l”FPEDTID-MP cursado por el doctor
Arturo Chalco Cornejo, Fiscal Provincial Provisional de la Fisca-
lía Provincial Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas
con competencia
a
nivel nacional, en los seguidos “en el Proceso
Penal
N”
60-96
seguido contra Carlos Enrique Cárdenas Guz-
mán, Pastor Elías Delgado García, Manuel Rubén
Mama
García
y otros, por delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del
Estado, tramitado por ante el Segundo Juzgado Penal Especiali-
zado en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas; denominado caso
“Los Mosquitos”, es necesario designar un Fiscal Ad Hoc, confor-
me ha venido siendo investigado
a
partir de la expedición de la
Resolución
de
la Comisión Ejecutiva del Ministerio Públrco
N”
53-
96-MP-FN-CEMP de fecha 19 de julio de 1996; y estando al
Acuerdo
N“
5092 adoptado por unanimidad por la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de fecha 7
do
octubre
de 1998, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las
atribuciones conferidas por las Leyes N’s.
26623,26695
y 26738;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
Desibmar
al doctor Arturo
Chalco
Cor-
nejo, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Espe-
ciahzada en Delito
de
Tráfico Ilícito de Drogas con competencia
a
nivel nacional, como Fiscal Ad Hoc en el caso materia de la
Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
N”
53-
-
96-MP-FN-CEMP
de fecha 19 de julio de 1996, con retención de
su Despacho, que tiene relación al caso expuesto en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo
Segundo.-
Hacer de conocimiento la presente reso-
lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo dc Coordinación Judicial,
Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presi-
dente de la Segunda Sala Transitoria de la Corte Suprema de
Justiciadela
RepúblicaEspecializada
en
DelitosdeTráfico
Ilícito
de Drogas y al doctor Angel Rafael Fernández Hernani Becerra,
Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Suprema en lo
Penal Especializada en
Dehto
dc Tráfico Ilícito de Drogas, para
los
fines
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la
Comision
Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo
(P)
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID
ZEGARRA
MARINAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
ll632
Crean la Fiscalía Provincial
deTurismo
del Cusco
FWSOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
No
667-96-MP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y
CONSIDERANDO-
Que, estando
a
la visita de trabajo iealieada por la señorita
doctora Blanca Nélida Colán Maguino, Fiscal Suprema Titular y
Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y cl
señor Mario David
Zegarra
Mariñas,
Secretario Ejecutivo de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego,
a
la ciudad del Cusco, Distrito Judicial del Cusco
-
Madre de Dios,
del 30 de setiembre al 2 de octubre de 1998; y constituyendo la
actividad turística un medio para
contnbuir
al crecimiento eco-
nómico y el desarrollo social del país generando las condiciones
más favorables para el desarrollo de la imciativa privada. por
lo
que se ha promulgado la Ley
N”
26961 “Ley para el desarrollo de
la Actividad Turística”, resulta necesario que el Ministerio Públi-
co, como titula de la acción penal, implcmentr
a
partir del 15 de
octubre de 1998 en el Distrito
,Judicial
del Cusco -Madre de Dios,
la Fiscalía Provincia1 de Turismo del Cusco. en atención al
atractivo y creciente desarrollo turistico que genera dicha juris-
dicción; y estando al Acuerdo
N”
5093 adoptado por unanimidad
por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en
sosion
ordi-
naria
de
fecha 7 de octubre de 1998, con dispensa de la lectura del
acta; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes NS.
26623,26695 y 26738;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Creara partir del 15 de octubre do
199)x
la Fiscalía Provincial de Turismo
del
Cusco, Distrito Judicial del
Cusco
-
Madre de Dios.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el
nombramiento
de
la doctora Galinka Soledad Meza Salas como Fiscal Provincial
Provisional de la Fiscalía
Provmcial
Mixta de Paucartambo,
materia de la Resolución de
l-
-_.___-_.
materia de la Resolución de la Comision Ejecutiva del Ministerio
Público
N”
481.98-MP-CEMP de
o.eha
6
de
iulin
de
1998
Público
N”
481.98-MP-CEMP de fecha 6 de julio de 1998.
Artículo Tercero.- Designar a la doctora Galinka Soledad
Meza Salas como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía
Provincial de Turismo del Cusco, Distrito Judicial del Cusco
Madre de Dios.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente reso-
lución
a
los señores, Presidente de la
Corte
Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordmación J
udicial,
Presidente de la Comisión Ejecutiva
do1
Poder Judicial. Presi-
I’resl-
. .
.
dente de la Corte Superior de Justicia del (‘usco y a la Fiscal
Superior encargada de la Gestión de Gobierno Delegada por la
Comisión Ejecutiva del MiniComisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito dudicial
del Cusco Madre de Dios. para los fines
penmentes.
del Cusco Madre de Dios. para los fines
pertmentes.
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
Pág. 164766
el
m(lt@
&&M’kfiM:M~
Iha,
jueves
X
dc octuhn: dc
IYYX
PEDRO PABLO GIJTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio
Pítblico
ANGEL RAFAEL
FERNANDEZ
HERNANI
BECERRA
Fiscal
Supremo
(P)
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva*del
Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio
Ptiblico
11633
Designan magistrados provisionales
de las Fiscalías Provinciales Mixtas de
Paucartambo y Cotabambas, Distrito
Judicial del Cusco-Madre de Dios
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
N”
66&S&MP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, estando a la visita de trabajo realizada por la señorita
doctira
Rlanca
Nélida
Celán
Makwiño,
Fiscal Suprema Titular y
Presidenta de la
ComisYin
Ejecutiva del Ministerio Público
y
el señor
Mario David
Zogarra
Mariñas,
Sexxetario
E,jecutivo
de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, a la ciudad del
Cusco, Distrito Judicial del Cusco-Madre de Dios. del 30 de setiembre
al 2 de octubre
de
1998,
es necesario por razones de servicio dar por
concluido el nombramiento del doctor Wilde Gregorio Zamalloa
Guevara como Fiscal Provincial Provisional de la
Fiscalía
Pmvincial
Mixtad~~Cotabambasydesi~m~ltrcomoFiscalProvincialProvisional
de la Fiscalía Provincial Mixta de
Paucartambo,
Distrito Judicial del
Cusco-Madre de Dios y estando al Acuerdo
N”
5094
adoptado por
unanimidad
par
la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en
sesión ordinaria dc fecha 7 de octubre de 1998, con dispensa de la
lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas por
!as
Leyes
N’k.
26623.26695 y 26738;
SE
RESUEIzVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del
doctor Wildr Gregorio Zamalloa Guevara como Fiscal Provincial
Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Cotabambas,,mate-
ria
de la
Resoluciún
de la Comisión Ejecutiva del Minwtcrio
Público
N”
511.98-MP-CEMP
de
fecha 16 de
iulio
de 1998.
Artículo Segundo.- Designar al doctor
klde
Gregorio
Za-
malloa Guevara
comoFiscal
Provincial Provisional de la Fiscalía
Provincial Mixta de Paucartambo, Distrito Judicial
del
Cusco-
Madre de Dios.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente reso-
lución
a
los señores, Presidente de la Corte Suprema
de
Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordinación J udicial,
Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, al doctor
Romeo Edgardo Vargas Romero, Fiscal Supremo Provisional de
la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte
Superior de Justicia del Cusco y
a
la Fiscal Superior encargada de
la gestión de gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del
Ministerio Público en el Distrito Judicial del Cusco-Madre de
Dios para los fines
pert.inrntes.
Regístrese, comuníquese y
puhhquese
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO
PAI3LO
GUTIERREZ
FERREYRA
Fiscal Supremo
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BFCERRA
1
Fiscal Supremo
tP)
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA
MARINAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
ll634
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
N”
669-98-MP-CEMP
Lima, 7 de
octubre
de
1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, estando a la visita de trabajo realizada por la señorita
doctora Blanca Nélida Colán Maguiño, Fiscal Suprema Titular y
Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y
el
señor Mario David
Zegarra
Mariñas,
Secretario Ejecutivo de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, a
la ciudad del Cusco, Distrito Judicial del Cusco-Madre de Dios,
del 30 de setiembre al 2 de octubre de 1998, es necesario por
razones de servicio dar
DOP
cdncluido
el
nombramiento del doctor
Víctor Alejandro
Huarc’a
Santander como Fiscal Adjunto Provin-
cial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Chumbivilcas
y designarlo como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía
Provincial Mixta de Cotabambas, Distrito Judicial del Cusco-
Madre de Dios y estando al Acuerdo
N”
5095 adoptado por
unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en
sesión ordinaria de fecha 7 de octubre de 1998, con dispensa de la
lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas por las
Leyes
N”s.
26623,26695 y 26738;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del
doctor Victor Alejandro Huarca Santander como Fiscal Adjunto
Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de
Chum-
bivilcas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación
N”
1463-93-MP-FN
de fecha 27 de diciembre de 1993.
Artículo Segundo.- Designar al doctor Víctor Alejandro
Huarca Santander como Fiscal Provincial Provisional de
Ia
Fisca-
lía Provincial Mixta de Cotabamhas, Distrito Judicial del Cusco-
Madre de Dios.
Artículo Tercero.-
Hacer de conocimiento la presente reso-
lución
a
los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial,
Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
al
doctor
Romeo Edgardo Vargas Romero. Fiscal Supremo Provisional de
la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte
Superior de Justicia del Cusco y
a
la Fiscal Superior encargada de
la gestión dc gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del
Ministerio Público en el Distrito Judicial del Cusco-Madre de
Dios para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo(P)
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA
MARINAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión
Ejkutiva
del Ministerio Público
ll635
Autorizan participación de fiscales en
cursos sobre interpretación constitu-
cional y medios probatorios en el pro-
ceso penal, a realizarse en Lima y Piura
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL
MINISTERIO PUBLICO
W
670.98-MP-CEMP
Lima, 7 de octubre
de
1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Oficio
N”
57398AMAG-DA,
cursado
por el doctor Felipe
Villavicencio
Terreros.
Director Académico de la Academia de
Ia
hlagistraturay
estidkalAcuerdoW’5096adoptado
por unanimidad
por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha,
con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribuciones
conferidas por las Leyes N’ 26623, N’ 26695 y
N”
26738.
SE RESUELVE:
Artículo
Primero.-
Autorizar la participación de los señores
Fiscales Superiores, Adjunto Superior y Provinciales de los Dis-
tritos Judiciales de Ancash, Huaura, Huánuco y Junin para que
participen en el Curso “Interpretación Constitucional” a llevarse
a
cabo del 15 al 17 de octubre del año en
curso
en la ciudad de Lima
que a continuación se
detallaANCASH:De
la Cruz Espejo Marco
Leopoldo, Morales Morales Hugo Oswaldo, Anaya Castro Zady
wl,
Pág.164767
Daniel Edmundo.
Losza
Méndez Maleo
Hilarión;
HUAURA:
Salas Meza
Pedro
Alberto; HUANUCO: Tucto Rodil Carlos, Vega
Billán
Rodolfo;
JUNIN:
Cárdenas
Sobero
Carlos,
Pariona
Aliaga
Francisco, Monge Palomino
Ela
Mercedes;
concediéndosels
la
licencia respectiva con goce dc haber. encargándose los Despa-
chos
a
los Fiscales Adjuntos
scglin
corresponda el
caso
por el
término que dure la licencia
de
su titular.
Artículo Segundo.- Encárguese los Despachos de las
Fisca-
lías Superiores Encargadas de la Gestión de Gobierno delegada
por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en los Distritos
Judiciales
de ANCASH:
doctor Tulio
Alcibiades
Villacorta Peral-
ta, Fiscal Superior; HUANUCO: doctor Pablo Quispe
Arango,
Fiscal Superior; JUNIN: doctor Mabilo Valdivia Acevedo, Fiscal
Adjunto
Superior;
porel
términoqurdurelalicenciad~~su
titular.
Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolu-
ción no irrogará gasto alguno al pliego
prcsupucstal
del
Mimste-
rio
Público.
Artículo Cuarto.- Hacer de
conocimienbo
la
present.r
rvso-
lución al doctor Felipe Villavicc~ncio Terreros, Director Académi-
co de la Academia de la Magistratura, y a los Fiscales
Superiores
encargados
de la Gestií>n de Gobierno delegada por la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público en los Distritos Judiciales de
Ancash,
Huaura,
Huánuro
y
Junín.
para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUINO
Fiscal Suprema
v
Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del
Mhisterio
Público
PEDRO PABLO
GIITIERREZ
FERREYRA
Fiscal Supremo
-
IMiembro de la Comisión
Ejecutiva del
Mimsterio
Público
ANGEL RAFAEL
FERNANDEZ
HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo tl’)
-
Miembro de la
Comisiún
Ejecutiva del
Miniskrio
Púbhco
MARIO DAVID
ZECARRA
MARINAS
Secretario Ejecutivo
-
Miembro de la
Comisión Ejecutiva
del
Ministerio Público
ll636
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEI.
MINISTERIO PUBLICO
N”
671-9%MP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y
CONSIDEfWNDO:
El Oficio
N”
576-9%AMAG-DA,
cursado por el doctor Felipe
Villavicencio Terreros, Director Académico de la Academia de la
Magistratura y estando al Acuerdo
N”
5097 adoptado por unani-
midad por la Comisi Ejecutiva del Ministerio Público en sesión
de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las
atribuciones conferidas por las Leyes
N”
26623,
W
26695
y
N’
26738.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la participación de los señores
Fiscales Superiores, Adjunto Superior y
Provmciales
de los
I)is-
tritos
Judiciales de Amazonas,
Cajamarca,
La Libertad,
Lamba-
yeque,
Piura,
Santay
San Martín, para que participen en el Curso
“Obtención y Valoración de Medios Probatorios en el Proceso
Penal” a llevarse
a
cabo del 15 al 17
dc
octubre del año en curso
cn
la ciudad de
Piura
que
a
continuación se
detalla AMAZONAS:
Bautista Carranza Oswaldo;
CAJAMARCA:
Novoa
Robles Jor-
ge
Ricardo,
LA LIBERTAD: Cerna
Bazán
Daniel
Antonio; LAM-
BAYBQUE: Rodas Díaz Alvaro, Céspedes García
Jose
Eduardo;
PIURA:
Salomón
Vásquez Justo David, Guerrero León Samuel
Leoncio, SANTA: Paredes
Rebaza
Jorge Juan, Vásquez Paulo,
Jorge Adalberto; SAN
MARTIN:TeJada
Villacorta
Rubén
Darío;
concediéndoseles la licencia respectiva con goce de haber,
encar-
gándose
los Despachos
u
los Fiscales Adjuntos
según
corresponda
el caso por el término que dure la licencia de su
titular.
Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fiscalía
Superior Encargada de la Gestión de Gobierno delegada por la
Comisión Ejecutiva del
Ministerio
Piíblictr en
ei
Distnto
Judicial
de Amazonas a la doctora
Edelmi
va
Dioniclo
Cwza,
Fiscal
Adjun-
LaSuperiordela
Fiscalía Superior Mixta,
porel
términnquedure
la licencia de su titular.
Artículo Tercero.- El
cumpllmtento
de la presente resolu-
ción no irrogará gasto alguno al
phego
presupucstal
del Ministe-
rio Público.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente roso-
lución al doctor Felipe Villavicencio
Terreros,
Dwect.or
Academi-
co de la Academia de la Magistratura,
y
a
los
Fiscales
Superiores
encargados de la
Gestion
de Gobierno delegada por IU
Conusión
Ejecutiva del
Mmisterio
Público en los Distritos Judiciales de
Amazonas,Cajamarca,
La
Libcrlad,
Lambayequc,
Piura,
Santay
San Martín; para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUINO
Fiscal
Suprema
y Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo(P)
-
Miembro
de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS
Secretario Ejecutivo Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
11637
Autorizan participación de fiscales en
el Segundo Curso Básico de Actuali-
zación de Magistrados, a realizarse en
Lima
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
N” 672-9%MP-CEMP
Lima, 7 de octubre de 1998
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Oficio
N”
361-9%AMAG-DG.
cursado por el doctor Felipe
Villavicencio Terreros, Director Académico de la Academia de la
Magistratura y estando al Acuerdo
W
5098 adoptado por unani-
midad pop la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión
de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las
atribuciones conferidas por las 1,eyes
N”s.
26623,26695
y 26738;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizarla participación de los señores
Fiscales Superiores, Provinciales y Adjuntos Provinciales de los
Distritos Judiciales del Callao, Cono Norte y Lima para que
participen en el “Segundo Curso Básico de Actualización de
h!lagistrados”
B
llevarse acabo del 19 al 31 de octubre del año en
curso en la ciudad de
Lima,
que
a
continuación se detalla:
CALLAO: Lostaunau de Gambini Carmela, Chávez
Semperte-
gui
Antonio, CONO NORTE:
Samamé
Flores
Javier
Claudio;
LIMA:
Angula
Arana Pedro Miguel, Torres Caro Carlos Alberto,
Mansilla
Gardella Carlos Arturo,
Chavarry
Vallejos Pedro Gon-
zalo,
Cavero
Velaochaga Mario Armando,
Retamozo
Roca Martín
Nicanor, Vásquez de Vicuña Cecilia,
Córdova
Alcócer Patricia,
Rey Valverde Pilar, Revilla Corrales Betsabeth, Bao Romero
Carmen Catalina.
Cortez
Pineda José Luis, Suárez Franco
Lizar-
do. Espino Méndez Alejandro, Sotomayor
.Jara
César Augusto,
De la Cruz Aguilar Juan Héctor,
Zevallos
Palomino Oscar Aníbal,
Sanz Quiroz Jorge Enrique, lhérico Hidalgo Eliana, Hinojosa
Cuba Ellyde
Sccilia,
Atto Mendives
Magda;
Lúcar
Fernández de
Castro
Renán
José María y Flores Salazar Teodosio Eusebio.
Artículo Segundo.- El cumplimiento de la presente resolu-
ción no irrogará gasto alguno al pliego presupuesta1 del Ministe-
rio Público.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente reso-
lución al doctor Felipe Villavicencio
Terreros,
Director Académi-
co de la Academia de la Magistratura, ya los Fiscales Superiores
encargados de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión
Ejecutiva del Ministerio J’úblico en los Distritos Judiciales del
Callao, Cono Norte y Lima. para los fines
pertmentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA
NELIDA
COLAN
MAGUIÑO
Fiscal Suprema
y
Presidenta de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GIJTIERREZ FERREYRA
Fiscal
Supremo
-
Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio
Plíblico
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo (P) Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID
ZEGARRA
MARINAS
Secretario
Ejecutivo
Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
11638
JNE
Ponen en conocimiento designación
de Presidente del Jurado Electoral Es-
pecial de la provincia del Cusco
RESOLUCION
881-98-JNE
Lima, 7 de
octubre
dc 1998
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Visto el Oficio N° 151-98-JEEC recibido vía
fax el 6 de octubre
de
1998,
mediante el cual el señor doctor Francisco del Castillo
Espinoza, comunica haber
sldo
designado por la Corte
Superiol
de Justicia del Cusco
-
Madre de
Dios
como Presidente del
Electoral Especial de Cusco, en reemplazo del señor
doct.or
Juan
Ramón Cáceres Villasante, quien por motivos de salud se ha visto
obligado
a
solicitar licencia, remitiendo la prueba del caso;
NESTOR
CORROCHANO MORAL
Superintendente Adjunto de Seguros
ll577
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucwnes N’s. 410
y
469-98-JNE de
fechas 15
y
24
de julio
del
presente año, se determinó la
conformación de los Jurados
Electorales
Especiales
a
nivel
nacional con motivo de las Elñecciones
Municipales
del
dia
domingo
11
de octubre próximo:
Que, los Jurados Electorales Especiales están
constituidos
por tres miembros de los cuales uno es nombrado por la Corte
Superior de Justicia bajo cuya jurisdicción se encuentra la
sede
del correspondiente Jurado Electoral
Especial;
Que. mediante los documentos de
vist,>.
se
aprecia
que la
(‘arte
Superior
de Justicia de Cusco
Madre
de Dios,
mediante
Resolución Adminitrativa
305-P-CSJCMDC
del
5 de
octubre
de 1998, ha designado al señor doctor Francisco del Castillo
Espinoza
como
Presidente
del Jurado
Electoral
Especial de la
provincia del Cusco en suplencia del señor doctor Juan Ramón
Cáceres Villasante; por lo que es
rwcesar’io
declarar quien es el
actual Presidente del
referIdo
Organo
Temporal;
Que. cl Jurado Nacional de Ekwxones,
cn
uso
de
sui
atrihu-
ciones;
Dictan disposición sobre Registro
contable de operaciones de compra y
venta a futuro de moneda extranjera
CIRCULAR
W
B-2021-98
Lima, 7 de octubre de 1998
CIRCULAR
N”
B-2021-98
F- 362-98
CM- 211-98
CR- 081-98
EDPYME- 031-98
_________.__.________
Ref.:
Registro contable de las operaciones de
compra y venta a futuro de moneda
extranjera.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar que ha sido designado como
Presidente del Jurado Electoral Especial de la provincia del
Cusco, el señor doctor
Francisco
del Castillo Espinoza,
cw
reem-
plazo del señor doctor Juan Ramón Cáceres Villasante.
Regístrese,
comuníquest~
y
puhhquese.
SS. SERPA SEGURA:
HRINGAS
VILLAR;
MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO:
DE VALDIVIA CANO:
Secretario
General,
TRUJII,I,A~NO
11650
SBS
Autorizan inscripción de persona na-
tural en el Registro Oficial de Corredo-
res de Seguros
RESOLUCION SBS
N”
0875-98
Lima. 31 de agosto de 1998
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA
Y SEGCROS
VISTA:
La
solicltud
presentada por doca Novack Solinka Molinero
Nano
para que se le autorlcc la inscripción en el Registro
Oticlal
de Corredores de Seguros, y,
CONSIDElL4NDO:
Que, por Resoluciones SBS
N”s.
381-91
y
389-92 de fechas 28
de junio de 1991 y 9
de
abril de 1992,
respectwamente
se
cstahlecieron los
requisItos
formales para la
inscrlpcion
de los
Corrcdorcs de Seguros;
Que, la solicitante ha cumplido con los requwtos f&males
exlddos
por
las mencionadas normas administrativas;
Que, la
Comisi
Califkadora de Corredores
dc
Sekwros,
en
la Sesión N” 056-98, celebrada
el
13
de agosto de 1998, ha
calificado y aprobado la
inscripcion
respectiva en el Indicado
Registro Oficial;
De conformidad
con
lo dispuesto en los Artículos 335” y 336”
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
-Ley
N”
26702-;
y en virtud de la facultad delegada por la
Resolución SBS
N”
003-98 del 7 de enero de 1998;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la señorita
Novack Solinka Molinero Nano con el
N”
N-3345 en el Registro
Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superinten-
dencia.
Señor
Gerente General:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas
por el numera1 13 del Artículo 349”de la Ley Genera1 del Sistema
Financiero
y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-
dencia de Banca y Seguros, Ley
N”
26702, con las facultades
otorgadas por la Resolución
N”
1025-98 del 1 de octubre de 1998
y para un adecuado control de las operaciones de compra y venta
a futuro de moneda extranjera, esta Superintendencia establece
las siguientes disposiciones:
1. Plan de Cuentas para Instituciones Financieras
Modifíquese e incorpórese en el Plan de Cuentas para
Institucio-
ne,s
Financieras, la
subcuenta
y cuentas analíticas siguientes:
SUBCUENTA:
7207.02
COMPRA Y VENTA A FUTURO DE
MONEDA EXTRANJERA
En esta suhcuenta se registrarán las obligaciones de los
contratos por compra y venta a futuro de moneda extranjera que
la
empresa realiza por cuenta propia, mediante
forwards
y
swaps. Asimismo, se registrarán las obligaciones contingentes
por la realización de operaciones de compra y venta de opciones
de moneda extranjera.
CUENTAS ANALITICAS:
7207.02.01
7207.0202
7207.02.03
Acreedores por compra a futuro-forward de
moneda extranjera
‘*
Venta
a
futuro-forward de moneda extranjera
Acreedores por compra a futuro-swaps de
moneda extranjera
7207.02.04 Venta a futuro-swaps de moneda extranjera
7207.02.05
Compra de opciones de moneda extranjera
-
cal1
7207.02.06
Compra de opciones de moneda extranjera
-
put
7207.02.07
Venta de opciones de moneda extranjera
-
call
7207.02.08
Venta de opciones de moneda extranjera
-
put
7207.02.09 otros
2. Vigencia
La presente circular entra en vigencia a partir del 1 de
noviembre de 1998.
Atentamente,
SOCORRO HEYSEN
ZEGARRA
Superintendenta
de Banca y Seguros
(a.i.1
11648
Lima, jueves 8 de octubre de 1998
Tasas Activa de Mercado, de Interés
Legal Efectiva y Laboral en moneda
nacional y extranjera, correspondien-
tes al mes de setiembre de 1998
CIRCULAR
N”
G-016-98
Lima, 5 de octubre de 1998
----------------------------------------------------
REF.:
TAMN, TAMEX, Tasa de Interés Legal
Efectiva, Laboral Diaria y Acumulada al
mes de setiembre de 1998.
Señor Gerente:
Con la presente, se remite la Tabla que contiene las Tasas de
Interés Factor Diario y Factor Acumulado de la Tasa Activa de
Mercado en Moneda Nacional (TAMN) y en Moneda Extranjera
(TAMEX), así cómo la Tasa de Interés Legal Efectiva y Laboral en
Moneda Nacional y Moneda Extranjera correspondiente al mes
de setiembre de 1998.
Atentamente,
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca y Seguros
(a.i.)
TASA ACTIVA DE MERCADO
(Circular BCR
Np
041~94-EFI90)
SmEMBRE MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA
1998
:
3
4
i
7
8
9
1:
12
13
14
15
16
17
18
19
2:
Ei
24
:
27
28
30
TAMN(1)
FACTOR FACTOR TAMEX( 2) FACTOR FACTOR
%
DIARIO
ACUMUL(‘)
%
DIARIO
ACUMUL(‘)
30,61
30s
30,76
31,41
31,41
31,41
31,55
~'~
32,46
34,19
34,19
34,19
34,14
2:
ci::
2z
33.92
ii::
2:
34,07
34,07
34,20
34,27
34,39
0,00074
0,00075
0,00075
0,00076
0,00076
0,00076
0,00076
0,00078
0,00078
0,00078
O,OOO82
O,OOO82
i$EE
OEE
O,OOO82
O,OOO82
:*"2
O,OOO81
0,00081
0,00082
0,00082
0,00081
0,00081
O,OOO81
0,00082
0,00082
0,00082
76,89162
76,94925
mo=o
77,06505
7,12354
77,182oa
77,24090
77,30110
773139
77,42182
77,48510
77,54842
77,61180
77,67514
77,73883
77,80291
ZE!
77199528
78,05952
78,12288
78,18625
78,25007
78,31386
78,37766
78,44152
78,50543
78,56961
78,63395
78,69853
15,72
1571
1571
1581
15.81
15.81
15,82
15,83
15.83
15,84
15,87
15,87
15,87
15,89
15,89
15,89
15,89
15,91
1591
15,91
15,90
15,91
1599
16,Ol
16,02
16,02
16,02
16,O4
16,07
16,08
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
EE1
0,00041
0,00041
ozE?d
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
0,00041
3,19428
3,19558
3,19687
3,19818
3,19948
3,20079
3,20209
3,20340
3,20471
3,20602
3,20733
3,20864
3,20995
3,21127
3,21258
3,21390
3,21522
3,21654
3,21786
3,21918
3,22050
3,22182
3,22314
3,22447
3,22581
3,22714
3,22a47
3,22980
3,23114
3,23248
(1)ANUAL
-
MONEDANACIONAL
(2)ANUAL-
MONEDAEXTRANJERA
(')ACUMULADODESDE EL1491
TASA DE INTERES LEGAL EFECTIVA
(Circular BCR N°
041-94-EF/90)
(Circulares BCR fPs. 024 y 02596-EFl90)
(“)
SETIEMBRE
1998
ii
Ei
ii
07
ii
1:
12
13
14
;z
1;
M
21
22
23
24
25
26
27
20
MONEDANACIONAL
MONEDAEXTRANJERA
TASA(
1) FACTOR
FACTOR
TASA(2)
FACTOR
FACTOR
%
DIARIO
ACUMUL(*)
%
DIARIO
ACUMUL.(*)
15,78 0,00041
1578
0,00041
15,90
0,00041
15,81
0,00041
1581
0,00041
1581
0,00041
15,83
0,00041
15,97
0,00041
16,13 0,00042
16,16
0,00042
16,21
16,21
OO:"2
16,21
16,21
$EiE
16,14
i$EE
16,
$EE
16,25
iEE6
16,20
0,00042
16,18
0,00042
16,44
0,00042
16,42
0,00042
16,39
0,00042
16,39
0,00042
16,39
0,00042
16,42
0,OOO42
3,26084
3,26217
3,26351
3,26484
3,26617
3,26750
3,26884
3,27018
3,27154
3,27290
3,27427
3,27563
3,277OO
3,27837
3,27975
3,281ll
3,28248
3,28385
3,28523
3,28660
3,28797
3,28934
3,29073
3,29212
329351
3,29490
329629
3,29768
552
0,00015
5,52
0,00015
552
0,00015
5,49 0,00015
5,49 0,00015
5,49
0,00015
5:;
0,00015
5'"
5151
0,00015
0,00015
5,51
551
;fg;;
5,51
0,00015
5,59
0,00015
551
0,00015
5'9
5152
0,00015
0,00015
$52
0,00015
$52
0,00015
5'5:
5.54
0,00015
0,00015
5,52
0,00015
5,52
0,00015
5.52
0,00015
5%
0,00015
1,45708
1,45729
1,45751
1,45773
1,45794
1,45816
.
1,45838
1,45860
1,45861
1,45903
1,45925
1,45946
1,45968
1,45990
1,46012
1,46034
1,46055
$46077
1,46099
1,46121
1,46143
1,46165
1,46186
1,46208
1,46230
1,46252
1,46274
1,46296
29
1644
0,00042
329908
5.56
0,00015 1,46318
30
16,52
0,00042
330048
5,54
0,00015 1,46340
(1) ANUAL- MONEDA NACIONAL
(2)ANUAL
-
MONEDA EXTRANJERA
(*)
ACUMULADO DESDE EL 16-9-92
(**)
A PARTIR DEL l-8-96
TASA DE INTERES LABORAL
DECRETO LEY
NP
25920
(Circulares
BCR
NQs.
024 y
02596-EF190)
(**)
SETIEMBRE
MONEDA NACIONAL
1998
TASA( 1) FACTOR
FACTOR
%
DIARIO
ACUMUL.(‘)
m
15,78
15,78
000041
0,00041 1,10771
1,10731
ii
15,90
15,81
0,00041
0,00041
1,10812
1,10853
0
1581
15.81
0,00041
0,00041
1,10894
1,1093!?
07
15,83 0,00041 1,10976
8
1597
16,13
0,00041
0,00042
1,11017
1,11058
1:
16,16
16,21
0,00042
0,00042
1,lllOO
1,11142
12
16,21
0,00042
1,11183
i:
16,21
16,21
0,00042
0,00042
1,11225
1,11267
15
16,37
0,00042
1,11309
16
16,14
0,00042
1,11351
17
16,18
0,00042 1,11392
18
16,25
16,25
0,00042
0,00042
1,11434
1,11476
20
16,25
0,00042 1,11518
2:
16,18
16,20
0,00042
0,00042 1,11560
1,116Ol
24
16,44
16,42
0,00042
0.00042
1,11686
1,11643
25
16,39
0,00042 1,11728
27
16,39
16,39
0,00042
0,00042
1,11770
1,11812
E
1644
16,42
0,00042
0,00042
1,11854
1,11897
30
16,52
0,00042
1,11939
(l)ANUAL- MONEDA NACIONAL
(2)ANUAL
-
MONEDA EXTRANJERA
(*)
ACUMULADO DESDE EL 92-12-3
(**)
Circulares BCR
N%.
024 y
025-96-EFKIO.
11571
MONEDA EXTRANJERA
TASA(2)
FACTOR
%
DIARIO
5.52
5.52
5.52
5,49
5,49
5,49
5.50
5.50
5.50
5,51
5,51
551
5,51
5,51
5,59
5,51
5,50
5,52
5,52
5,52
5,52
5::
5z
5152
5,52
5,56
5,56
554
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
0,00015
FACTOR
ACUMUL.(*)
0,35363
0,35378
035393
0,3!!408
0,35423
0,35438
0,35453
0,3!%67
0,35482
0,35497
0,35512
0,3!%27
0,35542
0,35557
0,35572
0,35587
0,35602
0,35617
0,35632
0,35646
0,35661
0,35676
0,35691
0,35706
0,35721
0,35736
0,35751
0,35766
0,35781
035796
Dictari
normas
para
wesentación
del
Anexo
“Activos
y
Pasivos
por
plazo de
Vencimiento“, por empresas bancarias
y financieras, cajas municipales y
ru-
rales
y
EDPYMES
CIRCULAR
B-2023-98
Lima, 7 de octubre de 1998 CIRCULAR
B-2023-98
F-364-98
CM-213-98
CR-083-98
EDPYME-032-98
REF.: Presentación del Anexo N” 16 “Activos y
Pasivos por Plazo de Vencimiento”
----------------------------------------------------
Señor Gerente:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por
el numeral 13 del Artículo 349” de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-
dencia de Banca y Seguros
-
Ley N” 26702, con las facultades
conferidas por la Resolución SBS
1025-98
del 1 de octubre de 1998
y para un adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo
178°
de’la mencionada Ley General, esta Superintendencia dispone que:
1. Las empresas bancarias y financieras deberán presentar
mensualmente a esta Superintendencia el Anexo
16 “Activos
y Pasivos por Plazo de Vencimiento”, dentro de los quince
(15)
días calendario posteriores al cierre de cada mes y a partir de la
información correspondiente al mes de octubre de 1998.
El mencionado anexo reemplaza a partir de la mencionada
fecha y para las citadas empresas al Anexo N4 “Colocaciones y
Depósitos a Plazos por Vencer”, que fuera emitido mediante
Circular
B-1935-93, F-278-93, M-277-93, CM-130-93,
EAF-
135-93, CR-018-93 del 12 de febrero de 1993.
2. Tratándose de las cajas municipales, cajas rurales y EDPY-
MES, la presentación del Anexo
16 conforme a lo señalado en
el numeral anterior deberá realizarse a partir de la información
correspondiente al mes de abril de 1999, mientras tanto continua-
rán enviando el mencionado Anexo
4.
Atentamente,
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca y Seguros
(a.i.)
Cuentas
1100
1200
1301+1302+1303+1304
1401+1402+1403+1404
1600+1609
1700+1709
2500-25082509
2501+2502+2503+2505
2504+2506+25O7
2508+2509
2700+2901
720702.01+7207.0203
7207.02.02+7207.02.04
.
Denominación
Hasta
1 mes
MN
M.E
Disponible
ACTIVOS’
Fondos
Interbancarios
Inversiones
Vigentes
.
Colocaciones
Vigentes
Cuentas por Cobrar
Bíenes Realizables y
Adjjí
Compras a
futuro de moneda
extranjera
Deudores por ventas
a
futuro de moneda
extranjera"
Total (1)
PASIVOS
Obligaciones Inmediatas
Depósitos de Ahorro
Depósitos
A
Plazo
Fondos
Interbancarios
Depósítos
de
Instituciones
Financieras
Adeudaos
País
Exterior
Valores
en
Circulación
y
Fondos
en Fideicomiso
Cuenlas
por
Pagar e
Intereses
y Comisiones por Pagar
Acreedores por compras a futuro de
moneda
extranjera
Ventas a futuro de
moneda
extranjera
Total (2)
ACTIVOS Y PASIVOS POR PLAZO DE VENCIMIENTO”
Al
. . . . . . .
de
. . . . . . . . . . . . . . . . .
de
. . . . . . . . .
(En miles de Nuevos Soles y Miles de
Dólares
Americanos)
Anexo
N°16
De 1 a 3 meses
De 3 a
M.N meses
M.E
De 6 a 1
M.N meses
M.E
Más
de
M.N
__
Brecha (1) - (2)
__
Brecha Acumulada
-----
Notas:
1/I
El Anexo considera
las
partidas contables que inciden en la liquidez de las empresas, no se considera
el activo fijo ni et patrimonio por su
caracter
permanente. En el caso en
que se prevean
operaciones
extraordinarias,
como
por
ejemplo
la
venta
de
activos
fijos o un aporte de capital, con el objeto de cubrir determinadas brechas,
la empresa
deberá comunicarlo directamente a la
S.B.S.
En todos los casos se
deberá
considerar el tiempo real que falta
para el vencimiento de
las cuentas y no los plazos contractuados inicialmente.
En el caso de vencimientos no contractuados,
se
deberá
estimar
el vencimiento esperado,
de
acuerdo
a las tendencias pasadas. Las empresas
deberán
adjuntar los criterios utilizados
para
efectuar
tales
estimaciones.
2/
En los rubros del Activo se registran los saldos
brutos
de las cuentas, es
decir,
no
se deducen las provisiones efectuadas.
3/
No se deben considerar los saldos vencidos
y/o
en cobranza judicial.
4/
Induye
forwards
y swaps de moneda.
GERENTEGENERAL
ll649
CONTADOR
GENERAL
CPC
N°16
ELABORADO POR
I
Lima,
jueves
8
dc
octubre
dc
1998
Establecen plazo para la presentación
mensual del Anexo
1 “Inversiones”
CIRCULAR N” B-2022-98
Lima, 7 de octubre de 1998
CIRCULAR
N”
B-2022-98
F-363-98
CM-212-98
CR-082-98
EAF-1’74-98
Ref.: Presentación mensual del
Anexo
1 “Inversiones”.
Señor
Gerente General:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas
por el numeral 13 del Artículo 349” de la Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y
Seguros,
Ley
26702, con las
facultades otorgadas por la Resolución SBS
1025-98
del
1
de
octubre de 1998 y con la finalidad de una presentación oportuna
del Anexo
N”
1 “Inversiones” establecido mediante Circular SRS
N”
B-1935-93, F-278-93, M-277-93, EAF-135-93, CR-018-93 y
(M-130-93 del 12 de febrero de 1993, esta Superintendencia ha
dispuesto la
presentacion
mensual del mismo dentro de los
quince (15) días calendario posteriores al cierre de cada mes. a
partir de la información correspondiente al mes de octubre de
1998.
Atentamente,
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta
de Banca y Seguros
lai.)
11647
CONASUCO
Declaran fundada en parte impugna-
ción contra resolución referida a liqui-
dación final de contrato sobre supervi-
sión de obras
RESOLUCION N”
014-98-CONASUCO
Lima, 1 de octubre de 1998
Visto el recurso de revisión interpuesto por el Consorcio
TYPSA
-
OIST
-
MOTLIMA Consultores S.A., contra la Resolu-
ción Viceministerial N”
333-98-MTC/15.02
que declaró infundado
el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Directo-
ral N”
173-98-MTC/15.03.PERT
que
aprueba la Liquidación Final
del Contrato
071-94-MTC/15.03.PERT correspondiente
a
la
supervisión y control de las obras de Rehabilitación de la Carre-
tera Panamericana Norte, Paquete 7 Tramo
I-
Empalme
RlN
(Lambayeque)
- Dv Olmos, Tramo
II-Dv
Olmos y Tramo III-Km.
171 (Caserío Noria Zapata)
Piura.
CONSIDERANDO:
Que, por Concurso Público Internacional con Preselección
N”
04-E-92-TC/15.03.UEP
el Ministerio de Transportes, Comunica-
ciones, Vivienda y Construcción seleccionó al Consorcio TYPSA
OIST
-
MOTLIMA Consultores S. A., el que se encargaría de la
revisión del proyecto, estudios de tránsito, la supervisión y
control, así como la liquidación de los tramos de la obra: Rehabi-
litación de la Carretera Panamericana Norte, conformada por los
Tramos:
1:
Empalme
RlN
(Lambayeque)
-
Dv. Olmos; II:
Dv.
Olmos
-
Km. 171 (Caserío Noria Zapata); III: Km. 171
iCascrio
Noria Zapata)
-
Piura;
Que con fecha 26-7-94 se suscribió el Contrato de Supervi-
sión
0710-94-MTC/15.03.PERT.01 con el Consorcio TYPSA-
OIST -MOTLIMA Consultores S.A., por un monto de S/.
2’958,383.OO (dos millones novecientos
cincuentiocho
tresc~en-
tos “chentitrés y OO/100 nuevos soles) y
US$97,793.00
(noven-
tisiete
mil setecientos
noventitrés
y
00/100
dólares
america-
nos) aprecios del 31 de
marzo de
1994, más el impuesto
general
a
las ventas;
Que,
por Resolución Directoral N°
173-98.MTC;15.02.PERT,
dcafecha
19-6-98 se aprueban los informes finales y liquidación
final del Contrato
estableciéndose
el monto final del mismo de
S/.
7’162,459.36
(siete millones ciento
sesentidós
mil
cuatro-
cientos cincuentinueve y
36/100
Nuevos soles) más
IGV,
considerando un saldo a favor del PERT de S/. 166,464 73
/
j
I
1
/
~
(ciento
sesentiséis
mil cuatrocientos
sesenticuatro
y
73/100
Nuevos
soles9
y
us$
9,131.95
(NUEVE
MIL
ciento treintiuno y
95/100
Dólares
Americanos),
como resultado de las multas
aplicadas por cuanto se produjeron atrasos dc 41 días en el
Tramo
1,
2 días en Tramo II y 2 días en el Tramo III y
en
la
presentación de los respectivos informes finales; y por no
absolver ni regularizar la valorización
N”
04;
Que. contra dicha Resolución el Consorcio interpuso recur-
so de apelación el l-7-98, el cual mediante Resolución
Vicemi-
nisterial
N”
333-98.MTC/15.02
del 22-7-98 se declara infunda-
do, por
considerar
que los argumentos de la apelación no se
sustentan en diferente interpretación de las pruebas produci-
das
o
tratan de cuestiones de
nur”
derecho. conforme 10
nres-
cribe el Art. 90” de la Ley
de’N”rmas
Generales de Procedi-
mientos Administrativos;
Que, el Consorcio con fecha
14X.98
interpone recurso de
revialón
contra la Resolución
Vlceministerial
N”
333.9%MTC/
15.02 del 22-7-98, deduciendo la nulidad por falta de motivación
del acto
administratwo;
alegando
que
la
multa ha sido
aphcada
Incorrectamente al no efectuarse la
desagregacii,”
por tramos y
etapas,
arwmcntando.
error al
aulicar
la
venalidad
oorconside-
rar‘días
calendario y no útiles
y’tomar
c&n” base
d’e
cálculo el
monto total del contrato reajustad” incluyendo el IGV y no el
monto neto;
Que, asimismo dicho recurso precisa observaciones de orden
técnico formuladas a la
liquidación
final. por cuanto no existe
coincidencia en los datos consignados en los cuadros de la citada
liquidación, con los que sustenta el consultor liquidador. exis-
tiendo discrepancia respecto al criterio de proporcionalidad
esti-
madaalosgastoscomunesportramos,
al
noefectuarlareducción
del 20% en las tarifas de honorarios profesionales pactadas
conforme a la
cliiusula
tercera del contrato; y, finalmente, al
existir errores aritméticos y conceptuales aplicados en el cálculo
general;
Que, el CONASUCO al analizar la
documentación
remitida
por las partes ha podido establecer que en lo
referido
ala nulidad
de la resolución por supuesta falta de una debida motivación debe
declararse infundado este extremo, en la medida que las mismas
fueron debidamente sustentadas;
Que,
en cuanto a la discrepancia sobre la proporcionalidad
aplicada a los gastos comunes por tramos. también debe ser
declarada infundada ya que en todo cas” el resultado global
obtenido es similar al que se
hutxere
logrado de seguir el cálculo
propuesto por el consultor;
Que, en relación al extremo referido a que no
debió
redu-
cirse en un 20% las tarifas pactadas por los profesionales,
cuando el Ministerio solicite
o
recomiende
el retiro de perso-
nal, según lo estipulad”
cn
el
cuarto
párrafo de la Cláusula
Tercera
del contrato,
éste
debe ser declarado fundado, toda vez
que se ha constatad”
a
través del
Oficio
608-95-MTC/
15.03.PERT.Ol/GP-BID
de la Gerencia de Programa BID
-
PERT de fecha 17.4.98 que dicha solicitud
fuc
requerimiento
expreso del propio Ministerio:
Que, por otro lado de los actuados
administrativos,
resulta
procedente amparar el extremo del recurso de vista, en el sentido
que la liquidación
final
del contrato de supervisión
contiene
algunos errores conceptuales y
aritméticos,
pues según el Memo-
rándum
N”
943-98-MTC/l5.02.PERT.01/GP-BID,
la especialista
de proyectos del BID coincide con cl informe
ampliatorio
prepara-
doporel
C”nsult”rLiquidador.del
que
sedesprendelaexistcncia
de
al~wnos
ítems
que merecen
ser
recalculados;
Que, en cuanto al extremo referido a la
aphcación
de las
penalidades por atraso
c
incumplimiento, debe declararse
parcialmente fundada la pretensión en el sentido
que
la pena-
lidad
debe
calcularse por tramos 9 no por el monto total del
Lontrat”
reajustado. Sin embargo, en cuanto ala pretensión de
desagregar la aplicación de la penalidad dentro de los tramos
a
nivel de etapas y actividades resulta improcedente a tenor de
la aplicación del criterio fijad” jurisprudcncialmente por el
propio CONASUCO a
Iraves
de la Resolución
N”
012.981
CONASUCO;
Que,enrelaciónalaaplicación
dedías
hábilesynocalendario
para el cálculo de la mora, dicho extremo resulta infundado
habida cuenta qur los plazos moratorios contractuales,
SC
calcu-
lan
según
lo dispone el Art.
183”incls”
1
I
del
C(>digo
Civil, es decir,
días calendario;
Que,
resulta
fundad” cl extremo relacionado con la
dctermi-
nación de la base de cálculo de la penalidad, en tanto que para su
cálculo no debe considerarse el
Impuesto
General a la Ventas
CIGV)
en la
medida
de que dicho
tmpuesto
no forma parte
dc
los
De conformidad a 1” acordad”
cn
la Sesión
N”
008-98/CONA-
SUCO
realizada
“1
18 de setiembre de 1998, ya lo previsto en el
Inciso
cl del Art. lo” de la Ley
N”
23554 y en el Art. 144” del
REGAC;
Artículo Primero.-
Declarar infundado en parte el Recurso
de Revisión interpuesto por el Consorcio TYPSA
-
OIST
-
MOTLI-
MA Consultores
S.
A. contra la
Resolució n
Vxeminlsteria l
N”
333-98-MTC/15.02, en cuanto al extremo relacionado a la
proporcionalidad estimada a los gastos comunes por tramos: y en
relación al extremo de la aolicació n de las oenalidade s n” r etanas
. .
y actividades. Así como
a
la
utilizaciú n
de
dms
hábile s para
calcular la mult a por atraso; por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Declarar fundado en parte el Recurso
de Revisión en cuanto al extremo referido
a
la no reducción de un
20%~
de las tarifas pactadas y en relación, al extremo relacionado
ron la determinación
dc
la base de cálculo de la penalidad.
Artículo Tercero.-
Disponer que la entidad proceda a efec-
tuar un nuevo cálculo de la penalidad y liqwdación , de acuerdo
a
los criterios
tijado s
por la presente resolución en su parte
considerativa.
Regístrese y
comumquese
OCTAVIO
CHIRINOS
VALDIVIA
Presidenk
11598
Pág. 164772
elmm
C’LM;lf:~bW:M~~
SE RESUELVE:
Lima, jueves 8 de
octubre
de
1998
informó que al 31.10.97 no se había alcanzado el 75% del avance
CONSULCOP
Sancionan a empresa con suspensión
en el ejercicio de su derecho a contra-
tar la ejecución de obras con el Estado
TRIBUNAL DE LICITACIONES Y
CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS
RESOLUCION N”
144/98.TL
Lima, 25 de setiembre de
1998
Vistos en Sesión del Tribunal de Licitaciones y Conkatos de
Obras Públicas del 21.9.98. los Expedientes
N”
053.98.TL y
N”
060.98.TL,
acumulados. sobre aplicación de sanción a la
firma
CEFOISA y
recurso de revisión relacionado con su reclamo sobre
rescisión administrativa del contrato celebrado con el Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero -FONDEPES- para la ejecución
de la obra: “Mejoramiento y Remodclación del Desembarcadero
Artesanal de Vila Vila”; oid” el Informe Oral en Sesión Pública del
1 de los corrientes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el 17.3.97, se celebró el contrato de ejecución de obra, por
el Sistema a Suma Alzada, por un monto de
S/
534,236.02 y con
plazo de 96 días calendario;
Que, la entidad mediante Resolución de Gerencia General N
034-98-FONDEPES/GG de 13.2.98. notificada al contratista el
17.2.98, resolvió administrativamente el contrato de
yecución
de
la obra citada en la
parte
expositiva
de la mesente resolución.
por
las causales
prevista
en
los
Ines
b)
v
c)
del Artículo
5.8.1
del
RULCOP: esto es, disminución inJustif;cada del ritmo de trabajo
,yparalización
total
einjustificadade
la obra, así como adolecer de
Incapacidad técnica económica y dispuso para el 232.98 la reali-
zación de la dihgencia de constatación física de obra e inventario
de materiales. equipo y herramientas, que se llevó a cabo con la
concurrencia de las
nartes
contratantes
v
del Notario Público:
Que,
cl 19.2.98 el contratista interpuso recursode
apelación,
contra la citada res”luc~!n rescisoria, argumentando que la obra
se encontraba casi
concluida.
restando sólo eiecutar acabados
v
colocackn de las defensasdel desembarcadero, trabajos no
cok
cluidos
nw las dificultades de acceso de materiales debido a
precipikkiones
pluviales
y
avenidas extraordinarias de ríos pro-
ducidos por el Fenómeno del
Nifio
y
porque las defensas a
colocarse no se enconlraban en el mercado nacional, teniendo que
Importarse con el consiguiente mayor tiempo; asimismo expresa
su
aceptación a la intervención económica que dispuso la entidad,
al
aperturarse
el Fondo
Rotatorio
con el saldo del adelanto que
está gestlonand”; solicita, finalmente, que la rescisoria se declare
sin culpa del contratista:
Que, el 19.298. el contratista mediante Carta
CFO.GG.0371
98. manifestó a la entidad su aceptación ala Intervención econó-
mica comprendida en el Art. 3” de la resolución
rescisoria!
indi-
cando que estaba tramitando el depósito del saldo en efectwr no
amortizadohastael diasiguientedelaconstataciónfísicadeobra;
Que, la entidad mediante Carta Notarial
N”
Oi’l-98.FONDE-
PESISG
notificada al
contralist.a
el 5.3.98, le notificó
el
Acuerdo
del Comité Directivo
N”
14441139
del 25.2.98, que
resolwo
el
recnrso
de apelación, conlirm» la
resolución
rescisoria, sustcn-
tando su decisión en el hecho de que el plazo contractual se inició
el 8.4.97 y venció el 16.7 97, restando ejecutar a esa fecha, el 45%
de la obra tal como 1” informó el Gerente de Obra. cl \uperws”r
programãdo,
demostrando que no es cierto lo afirmado
contratista en el sentido de que la obra estaba casi conclm
3
“r
el
a
por
lo que, el 9.3.98, el contratista interpuso recurso de revisión ante
este Tribunal, reiterando sus anteriores argumentos;
Que, la entidad, por Carta
N”
256.98.FONDEPEWGG
de
11.3.98, reconoció estar adeudando la Valorización N” 06, preci-
sando que la suma de
S/.
9,697.26 ofrecida como aporte de dicho
fondo, conformada por dicha valorización
y
saldo de Carta Fianza
por adelanto en efectivo resulta diminuta; por 10 que no es
procedente sustituir el aporte exieido al contratista con el dinero
proveniente de dichos
cõnceptos~
Que. la entidad. mediante Carta
W
270.98-FONDEPESKG
de
lg.3.68,
reiteró
al
contratista el aporte en efectivo del íntegro
de los saldos de los adelantos en efectivo y de materiales para
constituir el Fondo Rotatorio, no siendo procedente sustituir esta
obligación haciendo efectiva la Carta Fianza que garantiza dichos
adelantos;
Que.elcontratista.medianteCartaCFO.GG.O66/98de24.3.98.
salickó a la entidad
k.e
materialice la intervención
económicá
dispuesta el 25.2.98, debiendo para el efecto, elaborar la Cláusula
Adicional, depositar en la cuenta mancomunada del Fondo Rota-
torio el monto de las valorizaciones de octubre y noviembre 1997,
ejecutar la Carta Fianza de
S/.
56,394.91 pendiente de amortiza-
elón,
que su empresa se encargaría de comprar los jebes de la
defensa por si. 49,4X).00 y en caso de no aceptar, la entidad
ejecutaría su fianza por
S/.
105.824.91
que viene a significar el
total de los adelantos por amortizar; que igualmente, se compren-
de en el Fondo Rotatorio el Fondo de Garantía retenido
v
los
materiales que deberá valorizarse para conocer el saldo real por
amortizar;
Que, la entidad mediante Carta Notarial
N”
318.98.FONDE-
-.’
PES/GG de 31.3.98, señaló que en cuanto a los puntos referidos
a
su
acentación
de eiecutar la Carta Fianza
Y
su ofrecimiento de
compra directa
de*
jebes como aporte al Fondo Rotatorio, la
entidad se ratifica en exigir el aporte líquido de los saldos no
amortizados de los adelantos en efectivo y de materiales, en
estricta aplicación de la Resolución
N”
013.96.CONSULCOP.P,
norma que señala que la ejecución de la
fianza
a
cargo de la
entidad sólo servirá como incremento, esto es en un momento
posterior;
Que, el 31.3.98, la entidad remite al Tribuna1 antecedentes
administrativos
y
reitera, refiriéndose alas avenidas de los ríos,
que en el tramo Vila Vila, a la altura del Morro Sama, se
produjeron en el mes de noviembre unas interrupciones de la
carretera que no duraron más de tres días, asimismo, en escrito
suscrito por la Gerente General de la entidad, dice: El reclamo
por la‘demora en el
pago
de valorizaciones de los meses de
octubre y noviembre, no enerva los fundamentos que dieron
lugar a la rescisión, pues apreciando el importe de dicho concep-
to, éste resulta completamente ínfimo e insignificante en
comparación al adelanto para materiales que se le entregó al
contratista. mucho
mavor
al monto de valorizaciones
cuya
demora en el pago
reclaka;
El contratista con Carta
CF0.078/98
de 14.4.98, en respuesta
a la Carta
W
318.98.FONDEPESIGG.
de 31.3.98, reitera la
implementación de la intervención económica y la entidad el
28.8.98. solicita al Tribuna1 se tenea al contratista
nor
desistido
de su recurso de revisión, por su
dekatamiento
a
laintervención
económica, fundamentando su pedido en el hecho de haber
incumphdo el contratista los continuos requerimientos que le
hiciera la entidad para que aporte los saldos de los adelantos en
efectivo y para materiales no utilizados en obra con el fin de
_
formar el Fondo Rotatorio de intervención económica;
Que, fluye de autos que, el contratista al interponer su
recurso de apelación aceptó-la rescisión administrativa de contra-
to dispuesta
por
la entidad,
oer”
solicitó que la misma se declare
sin
&lpa
dé1
contratista; igualmente
ãceptó
la intervención
económica y solicitó en forma reiterada mediante sendas comu-
nicaciones, que el Fondo Rotatorio se forme con el importe de las
valorizaciones de los meses de octubre, noviembre
y
diciembre
1997 que se encontraba adeudando la entidad; que se ejecute las
Cartas Fianza que contienen el saldo de adelantos no amortiza-
dos y se considere también el Fondo de Garantía y el valor de los
materiales que al realizarse la constatación física fueron inventa-
riados;
Que, se advierte que, la supervisión inició sus funciones en
forma continua desde el 18.5.97; es decir, 40 días después de
iniciada la misma, esto es el 8.4.97, teniendo en cuenta que el
plazo de ejecución era de sólo 96 días calendario, esta demora
constituye responsabilidad exclusiva de la entidad;
Que, la obra se inició el 8.4.97 con la cancelación del adelanto;
la entidad incumpliólas disposiciones de
1osArt.s.
5.7.2~
5.7.3del
RULCOP, al no exigir oportunamente al contratista el calendario
Acelerado de Avance de Obra que
asegnre
su terminación en el
plazo establecido, haciéndolo recién el 8.5.97 cuando la obra
presentaba atraso de 30 días, debiendo en todo cas” haberlo
formulado la misma entidad;
Que, el inspector anotó en el cuaderno de obra el retraso del
contratista al no alcanzar éste el 75% del monto consignado en el
calendario de avance de obra, recién el 12.6.97; esto es
a
los 42
días de iniciada la obra y vencido el 40% del plazo de obra dando
margen a que dicho calendario se presentara recién el 16.6.97;
Que, respecto del pago de las valorizaciones se desprende
que, la entidad no realizó los abonos correspondientes
a
los meses
de octubre, noviembre y diciembre 1997, pues
a
la fecha de la
resolución rescIsoria del contrato estaban impagas y por superar
L
ima
jueves
8
de
octubre
de
1998
el-
Pág. 164773
una de ellas los 2 meses de dicha situación, el
contratihta
podía
justificar el ritmo lento
o
la paralización de obra, no r~~sultanda
válidos los argumentosde la entidad en cuanto al
monto
reducido
dc dichas valorizaciones, de conformidad con lo
dispurqto
por el
Art. 5.5.8 del RULCOP,
Que. la Resolución
N”
013.96.CONSULCOP.P
de
27 1.96.
prc-
cisa
que la intervención económica es una medida que
se
adopta
por consideraciones de orden técnico y
econónuco
para
rontinuar
la ejecución de la obra sin llegara la
rescisión
o
dictada al rescindir
(Art.
del D.S.
N”
058.83.VI), debiendo suscribirse
una
cláusula
adicional al contrato
principal
consignándose
la
obligación
del
contratista de aportar los recursos de
personal,
equipos
y materiales
ya adquiridos
que fueran necesarios
para
la
terminación de la obra;
Que, se advierte que la entidad
incumplió
con lo dispuesto en
el
Art.
de la Resolución
N”
013-96.CONSULCOP-P
al no
elaborar la Cláusula Adicional sobre la
intervención
ewnómlca,
en la que se consigne la obligación del contratista de aportar los
recursos de
personal.
equipos
Y
materiales va
adauirldos
oue
fueran
necesarios
para
la
terminación
de
la”«bra.‘lg~~almr~te
incumohó
con el
Art.
4”de
la citada
resolución
ya
que
no
dispuso
la
apertura
del Fondo Rotatorio
o
Cuenta
Mancomunada,
que
se
debería constituir con los saldos de adelantos no
amortizados
que
aportaría el contratista, Fondo de
Garantía,
Fianzas y
otros
conceptos pendientes de pago por
!a
entidad, mas bieri
‘ic
opuso
negándosé
expresamente a ejecutar las Cartas Fianza por los
saldos no amortizados de los adelantos,
eugiendo
al
contratista
no sólo el aporte líquido de dichos saldos +mo la
vigencia
de
la
Carta Fianza: en cuanto al Fondo de
Garantla
se
negó
a
aportarlo
argumentando que
tenía
otro fin; tampoco aceptó
el ofrecimiento
del
contratista de aportar las sumaspendientes de
pago
por la
entidad correspondientes
a
las valorizaciones de octubre y no-
wembre
de 1997, argumentando su monto reducido;
Que, lo expuesto. permite
concluir
que
cl contratista ha
incurrido en causales de
rescisión
administrativa
de
contrato
establecidas por el
Art.
5.8 1 del RULCOP
haciéndose
pasible
de
la sancii>n prevista para estos
casos
por el
Art.
Inc.
a)
de
la
Resolución
N”
094.90.VC.9100
dc
26.7.90
Que, según informe de la
Oficina
del
Registro
Nacional
de
Contratistas
CEFOISA
tume
inscnpclón
vigente hasta
el
18.8.99
y no ha sido sancionado,
Que, debe tenerse en
cuenta
también,
que
cl
contratista
aceptó la rescisión administrativa
y
la
intervención
económica y
su voluntad de
concluir
la obra se encuentra demostrada
y.
además. lo expresado en los
considerados
precedentes
ben
circunstancias
atcnuantcs
de su
responsahihdad para los
efectos
de la sanción, por lo
que
esta
debe
disminuirse
de
acuerdo
con el
Art. 11” de la
Resolución
N”
094.90.VC.9100
del
26.7.90
Que,
dc conformidad con el informe presentado por el Vocal
ponente, Dr. Guy Figueroa
Tackoen
cuyos
fundamontos
se
reproduce:
SE RESUELVE:
1°.-
Sancionar a la firma CEFOISA, con una
suspension
temporal de (4) cuatro meses en el
e,jerc~cm
de su derecho a
participar en Licitaciones Públicas ylo Concursos de Precios
y
a
contratar la ejecución de obras con el Estado, entendiéndose que
la presente resolución entrará en vigencia al dra siguir~nte
de
su
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
2°.-
Declarar subsistente la
resolución
reascisoria
por las
razones antes expuestas.
3°.-
ejecutar
la Carta Fianza
presentada
por
el
contratista
u,mo
recaudo
u
su recurso de
revisión
4°.- Devolver los antecedentes
administrativos
a
1.1
entldod
para los fines legales
consiguenles.
Registrese,
comuniquese
y publíquese
SS.
PIN
TORRES;
ASTETE
WILLIS
FIGUEROA TACKOEN;
ELIAS
PODESTA;
VARGAS
GONZALES
11565
CONSEJOS
TRANSITORIOS DE
ADMINISTRACION
REGIONAL
Cesan a servidores excedentes del
CTAR Cajamarca
RFSOLUCION EJECUTIVA
PRESIDENCIAL REGIONAL
N”
128-98-CTAR-CAJAMARCA-PE
Cajamarca, 27 de
agosto
de 1998
VISTO:
La
Resolución
Presidencial Regional N’ 127-98-CTAR.CAJ-
PE
(1
~ydocumentación
de la Evaluación de
Retxhmiento
Laboral
de Servidores, del
CTAR.CAJ;
correspondiente al
1
Semestre del
eño
199x:
CONSIDERANDO:
Que aparece de la Resolución Presidencial Regional
N”
1X7-98.CTAR-CAJ-PE
(11,
de fecha 27 de agosto de 1998 que ha
sido declarado infundado el reclamo presentado por el servi-
dor Pablo Julián Terrones Medina del Sector Educación, y de
que los servidores Feliciano Vásquez Ríos del Sector Educa-
ción San Miguel; Martha
Dorina
Torres Saldaña del Sector
Educación
Contumazá
y
Ressi
David Chávez Agusti del
Sector Educación
-
Celendin,
cuyos reclamos fueron declara-
dos improcedentes por extemporáneos mediante Resolución
de Secretaría
Técmca
N”
00%98-CTAR.CAJ-ST
y que no han
formulado recurso de revisión, y los servidores que no han
presentado
ningirn
reclamo, Sra. Esther
GutiBrrez
Chávez del
Sector Salud
Cajamarca,
Sr. José Terrones Chuquiruna,
Sector Salud
-
Cajamarca, Sr. José
Benito
Vásquez Castro,
Sector
Educaci6n
Celendín, Sr. Angel Alfonso Ruiz Díaz dela
Gerencia
Subrcgional
Jaén;
Que, no
habiendo
alcanzado dichos servidores, el
puntaje
mímmo
aprobat.orio
de conformidad con lo dispuesto en el nume-
ral 5.5 de la Directiva
N”
00%97-PRESNMDR
y
Art.
12” del
Reglamento Interno del Programa de Evaluación Semestral de
Rcndimicnto
Laboral del CTAR
-
Cajamarca, aprobado por Reso-
lución Pres~dcnc~al Regional
w
048-9X-(:TAR.CA,J-PE, deben
ser declarados excedentes
y
cesados en el cargo;
Por lo que en uso de las facultades que tengo conferidas por
la Ley Marco de
Dcscentralizacii>n
N”
26922; Decreto de Urgencia
N”
030-98
v
D.S.
N”
OlO-98-PRES;
SI?
RPSUELVE:,/
Artículo Primero.- DECLARAR, EXCEDENTES en la Eva-
luación de Rendimlento Laboral, correspondiente al 1 Semestre
de 1998. de los servidores
admimstrativos
del Consejo Transito-
rio dc
Administraciún
Regional
-
Cajamarca a los siguientes
trabajadores que no han alcanzado el
puntaje
mínimo requerido:
-
Sr. TERRONES MEDINA, Pablo
Jull$n
Sector Educación
-
Cajamarca
-Sra TORRES
SALDANA.
Martha
Dorina
Sector Educación
-
Contumazá
-
Sr.
CHAVEZ
AGUSTI.
Ressi
DavId
Sector Educación
Celendin
-
Sr.
VASQUEZ
CASTRO, José Benito Sector Educación Celendín
-
Sra. GUTIERRE2
CHAVEZ,
Esther Sector Salud
-
Cajamarca
-
Sr. TERRONES
CHUQUIRUNA,
Jose Sector Salud
-
Cajamarca
Sr. RUIZ DIA Angel
Alfonsc
GSR
-
JaBn
Artículo Segundo.- a partir de la fecha a los citados
trabajadores en los cargos que venían desempeñándose; publi-
cándose
cn
cl Diario Oficial El Peruano de acuerdo a Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE W. ESCALANTE AHUMADA
Prcsidentr
Ficcutivo
li)
1
Consejo
Tra&itorio
de
Administraci6n
Regional
Cajamarca
10669
CONTRALORIA
GENERAL
Aprueban Directiva sobre información
a ser recibida por la Contraloría con
relación a donaciones de bienes
provenientes del exterior
RESOLUCION DE CONTRALORJA
IV’
122-9%CG
Luna,
7 de
ilctubre
de 1998
Vistos. la Hoja de Recomendación
N”
004.9%CG/INF
de 30 de
setiembre de 199X. mediante la cual
Inform;itica
propone para su
aprobación el Proyecto
de
Directiva
que
establece
la información
que
debe
rrxibir
la
Contraloría
General de la República con
relación
a las donaciones de bienes
provenlentes
del exterior;
Pág. 164774
t(
w(Intb
&&iJ$ItrlW:~
Lima, jueves 8 de
octubre de
1998
CONSIDERANDO:
Que, cl Artículo
4”
del Decreto Ley
N”
21942 de
27-SET.77,
señala
que
la
Contraloría
General de la República establecer-á el
procedimiento selectivo de control sobre entidades
piíblicas
o
privadas
beneficiarias
del
régimen
de
donaciones
de bienes
provenientes del exterior;
Que, el numeral 8
dc
la Directiva de
Procedimientos
sobre
Aceptación
o
Aprobación
Internamiento de
Donación
pro-
venientes del Exterior, aprobada mediante
Resolución
Supre-
ma
N”
508-93-PCM
de
16.NOV.93,
establece que el sector que
emite la resolución de aceptación
o
aprobaciún
de donaciones
provenientes
del
exterior,
debera
efectuar el seguimiento y
cvaluación del uso y destino
drl
las donaciones; asimismo,
señala que las Oficinas
de
Cooperación Técnica Internacional
o
Presupuesto
o
las que hagan sus veces de
105
diversos
sectores, coordinarán con la Contraloría
Grneral
de
la
Repú-
blica el control posterior de las donaciones
provenwntes
del
exterior;
Que, para fines de control. es
ncccsario
contar con informa-
ción de los sect.ores
II
otras entidades que acel>tcn
o
aprnrben
donaciones de bienes provenientes del exterior, así como de las
Aduanas dc la República en las
qw
sr
tramiten el despacho do las
mismas;
Que, de acuerdo
a
la experiencia obtenida, resulta necesario
precisar y
snnplificar
la información que, sobre donaciones de
bienes provenientes del exterior. recibe
act
ualmente
la
Contralo-
ría General de la República,
a
fin de asegurar su presentación
adecuadayoportunaquefacilitela
planilicaci6ndelas
auditorias
y
actividades de control;
Contando con las
visaciones
de Auditoría Central.
Admrnis-
tración y Finanzas, y Secretaría
Tecnico-.Juridica
y do
Etica:
y,
De conformidad con lo establecido en los
Articulos
25”
y
29de
la Ley del Sistema Nacional de Control aprobada mediante
Decreto Ley
N”
26Iô2;
SI: RESUELVE:
1
Articulo Primero.- Aprobar la
Dircct,iva
N°004-98-CG/INF
uue
establece la información
a
ser
recibida
nor
la
(‘ontraloria
General de la República con relación alas Donaciones de Bienes
provenientes del exterior, la misma que forma parte de la presen-
te resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la
Resolución
de Con-
traloría
038-95-CG
dc 21.ABR.95, que aprueba la Directiva N
04-95-CG/GCO,
y todas aquellas normas que se opongan
a
la
presente.
Registrese y publiquese.
VICTOR
ENRIQIJE
CASO LAY
Contralor General de la
República
DIRECTIVA
N”
004-98-CG/INF
INFORMACION A SER RECIBIDA POR LA
CONTRALORLA GENERAL. DE LA
REPUBLICA CON RELACION A
DONACIONES DE BIENES
PROVENIENTES DEL EXTERIOR
1.
FINALIDAD
Precisar la
información
que sobre donaciones de bienes pro-
venientes del exterior deben remitir los sectores
y
entidades
sujetas al Sistema Nacional de Control, señaladas en la presente
Directiva.
II. OBJETIVO
Contar con una base de datos sobre el tema de donaciones de
bienes provenientes del exterior. que coadyuve ala planificación
general y específica de auditorías y otras
actividades
de control.
III.
ALCANCE
al Sectores u
otras
entidadc<
do la
Adnnrnstración
Publica
que acepten
o
aprueben donaciones de
hiener
prownientes
del
exterior,
de
conformidad
a
lo establecido en el
Arliculo
2” del
Decreto Ley
N”
21942 de
~i.SE’f.77.
a)
La Superintendencia Naci de Aduanas,
ante
quien
se
tramita el despacho de las donaciones de
bienes
provenientes del
exterior.
IV. BASE LEGAL
a
I
Decreto 1,ey
N”
26162, Ley del Sistema Nacional de Con-
trol, aprobada el
29.DIC.92.
bu
Decreto Ley
N”
21942, que agiliza trámites aduaneros de
mercader&
donadas provenientes del exterior y su reglamento,
aprobadomcdianteI)ecretoSuprrmoN”
127~Sl-PCMde
l.AGO.91
y
moditicatoria
aprobada mediante D.S.
N”
076-93-PCM
de
12.0CT.93.
c)
Decreto Legislativo
N”
719
-
Ley de Cooperación Técnica
Internacional, y su reglamento, aprobado mediante D.S.
N”
015
92-PCM
de 30.ENE.92 y
modhicatoria
aprobada por D.S. N”
04%
92-EF
de 27.FEB.92.
dl
Directiva de Procedimientos de Aceptación, Aprobación e
Internamiento de Donaciones de Carácter Asistencial
o
Educa-
cional provenientes del Exterior. aprobada mediante R.S.
N”
508-
93-PCM
de
16.NGV.93.
V. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
1.
Los Jefes dc las Oficinas de Cooperación Técnica Interna-
cional
o
de Presupuesto
o
quienes hagan sus veces, de los
Sectores y entidades señaladas en el acápite III al de la presente
Directiva, remitirán la información sobre los expedientes para
la aprobación de donaciones cuyo trámite se haya iniciado en el
trimestre, de acuerdo al Formato
Dl
-
“Donaciones de Bienes
provenientes del Exterior Aceptadas
o
Aprobadas por los Secto-
res u otras Entidades” (ANEXO
N”
ll,
dentro de los 30 días
calendario siguientes
a
la culminación de cada trimestre; sin
perjuicio de lo establecido en el numeral 8.2. de la Directiva de
Procedimientos sobre Aceptación
o
Aprobación e Internamiento
de Donaciones de carácter Asistencial
oEducacional
provenien-
tes del Exterior, aprobada mediante Resolución Suprema N
5089%PCM.
2. Considerando el plazo otorgado para la remisión de la
información,
a
la fecha de presentación de los Formatos
Dl
a
la
Contraloria
General de la República, los Sectores y entidades
habrán
cumphdo
con la emisión de las resoluciones correspon-
dientes, de acuerdo
a
lo estipulado por los numerales 6.2 y 6.3 de
la Directiva de Procedimientos de Aceptación, Aprobación e
Internamiento de Donaciones de carácter Asistencial
oEduca&-
nal
provenientes del Exterior, aprobada mediante R.S.
N”
508-
93.PCM.
En tal sentido, los Formatos
Dl
consignarán el número
y fecha de las resoluciones emitidas.
3. La Superintendencia
Nacronal
de ADUANAS,
a
través de
su Oficina de Sistemas y Estadística, proporcionará
a
la Contra-
loría
General de la República, de acuerdo
a
la estructura que se
detalla en ANEXO
N”
2. la información relativa
a
todas las
donaciones de bienes provenientes del exterior, declaradas
durante el trimestre. Dicha información se reportará por me-
dios electrónicos
a
la dirección
Donacione&kondor.gob.pe.,
den-
tro del período comprendido entre cl octavo y décimo días
calendario posteriores al vencimiento de cada trimestre, con el
fin
que proporcione la fecha de retiro de los bienes cuya descarga
se haya producido, inclusive durante los últimos días del trimes-
tre que se reporta. Según la normativa vigente, las entidades
beneficiarias
t,ienen
un
nlazo
de cinco días hábiles contados
a
oartir
del descargo de los bienes donados para el retiro de los
.
mismos.
En la oportunidad del envío de la información, se indicará el
nombre y cargo del funcionario de ADUANAS remitente.
VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARLAS
1. Las dependencias señaladas en los puntos 1 y 3 presenta-
rán la información en los plazos previstos en la presente Directi-
va. De no ser así. la Contraloría General de
la
Reaública.
asumirá
que
no
han aceptado
o
autorizado, registrado y despachado
donaciones, según corresponda. En caso de detectarse omisión en
la presentación de la información, el infractor asumirá responsa-
bilidad frente al Sistema Nacional de Control, conforme
a
la
legislacitin
vigente.
2. El ANEXO N” 1 (Formato
Dll
y el ANEXO
N”
2 forman
parte dc la presente Directiva.
En el caso de los Formatos
Dl,
deberán ser llenados y
suscritos por el funcionario responsable de su envío, El precita-
do formato tiene carácter de Declaración
.Jurada
sujeta
a
los
principios y responsabilidades de la Ley de Simplificación Ad-
ministrativa.
En la oportunidad en que se encuentre
implementado
el
sistema para la recepción de datos del Formato
DI
por medios
electrónicos, sus características serán puestas en conoci-
miento de los sectores y entidades mediante comunicado
oficial.
VII. DISPOSICION TRANSITORIA
La presente Directiva es aplicable
a
la información corres-
pondiente al tercer trimestre de 1998 y siguientes.
Lima, jueves 8
de
octubre de 1998
~[~J,@f)O
Pág. 164775
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
.
ANEXO
N°1
DE LA DIRECTIV A
N°
004
-
9 8
-
CG/INF
DONACIONES DE BIENES PROVENIENTES DEL EXTERIOR ACEPTADAS 0 APROBADAS
POR LOS SECTORES U OTRAS ENTIDADES
3 AÑO: ----
4 [ENTIDAD BENEFICIARIA:
ENTIDAD DONANTE:
5
TIPO:
7 PAIS:
FECHA DE RECEPCION DE SOLICITUD DE APROBACION:
/
/
-- -- ---- OBSERVACIONES:
SI
cl
NO
q
I
I
ll SIGLAS SECTOR:
/
/
-- -- ---- 13 RESOLUCION REMITIDA A CGR:
SI
q NO q
14
FECHA DE
RECEPCION
DE RESOLUCION POR CGR:
_
_
/
_
_
/
_
_
_
_
15 APLICACION A FONDO CONTRAVALOR: SI cl NO
0
16 TIPO DE FONDO CONTRAVALOR:
17 NOMBRE DEL FONDO CONTRAVALOR
FONDO CONTRAVALOR GENERAL
Cl
FONDO CONTRAVALOR ESPECIFICO
cl
MONEDA
ORIGEN:
VALOR DE LA DONACION:
FOB
[7
C&F
0
CIF
0
DETALLE DE LA
DONACION
MED.
OBSERVACIONES:
28
FECHA DE REPORTE:
/
----
--
--
FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO
INFORMACION
A CONSIGNARSE EN EL FORMATO
D1:
1 sector
Nombre completo del Sector que aprueba la donación
2 Trimestre Trimestre al que corresponde la información
Primer Trimestre:
‘01
Segundo Trimestre: 02
Tercer Trimestre: 03
Cuarto Trimestre: 04
3
Año
Año correspondiente al trimestre reportado
4 Entidad Beneficiaria Nombre completo de la Entidad que recibe la donación
5
Tipo Indicar el tipo de Entidad Beneficiaria (Pública o Privada)
6I Entidad Donante [Nombre completo de la Entidad donante
7
|
País
I
Indicar
el
País
de la Entidad donante
8
I
Fecha
de recepción de Solicitud de Aprobación [Fecha en la que el sector recibe la
solicitud
de
aprobación
de donación de la entidad
QlObservaciones
I
Indicar
si existen observaciones a la documentación presentada según el
I
[numeral 6.2 de la Directiva
aprobada
por
R.S
N° 508-93-PCM.
10IResolución
I
Indicar los datos consignados en el
de Resolución
Siglas de la Entidad del Sector Público que acepten o aprueben donaciones, consignadas en
el
de Resolución.
12 Fecha de Resolución
13 Resolución remitida a CGR
Fecha de Resolución de Aprobación de Donaciones del Sector
Indicar si la Resolución de Aprobación del Sector (copia) ha sido remitida a la CGR.
Fecha de recepción de Resolución por CGR Indicar la fecha de recepción de la Resolución de Aprobación (copia) por la CGR, en caso de ser
I
afirmativa
la respuesta del casillero
N°1
3
15 Aplicación a Fondo Contravalor
16
Tipo de Fondo Contravalor
17 Nombre del Fondo Contravalor
18
Moneda
Origen
Indicar si los bienes donados serán monetizados para un fondo contravalor
Indicar el Tipo de Fondo Contravalor: General o Especifico (Art. 34 Decreto Supremo
01
5-92-PCM)
Indicar el nombre completo del Fondo Contravalor
Indicar el tipo de moneda en aue se efectúa la donación
Valor delaDonación Indicar siel valor dela donación esta
en
términos
FOB.
C&F o CIF.
20I Artículo Donado escripción de los artículos donados
21
| Unid. Med. [Unidad de medida de los artículos donados
22lCant.
|Cantidad
del artículo donado
23 Importe
24 Total
Consignar en este casillero el importe de la donación en valores según Indicado en casillero 18
Consignar en el casillero correspondiente a la columna Ingresada la suma de los importes de los
artículos donados
Notas que se estimen pertinentes en relación a la Información reportada
26 Nombre del Funcionario
27 Cargo
28 Fecha del
Reporte
Apellidos y nombre completo del funcionario responsable de la remisión de la información
Indicar el cargo del funcionario
Fecha de consignación de datos del formato
Nota : Casilleros 16 y 17 opcional sólo en los casos de respuesta afirmativa del casillero 15
CONTRALORIA G ENERAL DE LA REPUBLICA
ANEXO
2 DE LA DIRECTIVA
004-98-CG/INF
INFORMACION A SER REMITIDA POR ADUANAS
DATOS DE POLIZA
N°
CAMPO
TIPO ANCHO
DESCRIPCION
EN DUI
(Referencia)
1
ADUANA
C
3
CODIGO DE ADUANA
1.1
2
AÑO-PRESE
C
4
AÑO DE NUMERACION
2
3
REGIMEN
.
C
2
CODIGO
DEL
REGIMEN
4
POLIZA
V
6
NUMERO DE LA DECLARACION PARA IMPORTAR
2
,
5 TI
PO-DOC
C 2
TIPO DE DOCUMENTO ADUANERO
6
F-NUM
N
8
FECHA DE NUMERACION DE LA DECLARACION A IMPORTAR
2
.
7
NUME-DOC
V
8
NUMERO DEL DOCUMENTO DEL IMPORTADOR
1.3
8
Tl PO-DOCI MP
C
1
TIPO DE DOCUMENTO DEL IMPORTADOR (LT 0 RUC)
1.3
9
COD-MONEDA
C 3
CODIGO DE LA MONEDA DE TRANSACCION
3.1
10
F-LLEGADA
N
8
FECHA DE LLEGADA
4.4
,
ll
NUM-RESO
V
6
RES.
EXO.
RECARGO NUM.
5.10
12
TIPO-CAMBIO
N
0.4
TIPO DE CAMBIO A USD
5.11
13
CANT-SERIE
N
4
CANTIDAD DE SERIES
5.12
14
FOB-TRANSAC
N
14.2
FOB TOTAL MONEDA DE TRANSACCION
6.1
No
EN D.S. EN D.S.
(Referencia)(Referencia)
3.1
2
4.5
CAMPO
.
TIPO ANCHO
DESCRIPCION
EN DUI
EN D.S.
(Referencia) (Referencia)
15
FOB-TOTAL
N
14.2
FOB TOTAL DOLARES USD
6.1
5.6
16 FLETE
N
14.2
FLETE
6.2 5.7
17 SEGURO
N
14.2
SEGURO
6.3 5.8
18 CIF
N
14.2
FOB MT/CIF USD
6.4 5.9
19 F-REMISION
N 8
FECHA DE REMISION DE LA INFORMACION A LA CGR
20 TRIMESTRE
C 2
TRIMESTRE REPORTADO (01,02,03,04)
21 F-DESCARGA
N
8
FECHA DE TERMINO DE LA DESCARGA
4.5
22 F-RETIRO
N 8
FECHA DE RETIRO DE LA MERCADERIA
23 F-CANCELA
N 8
FECHA DE CANCELACION
DATOS DE SERIES
CAMPO
TIPO ANCHO
DESCRIPCION
EN DUI
(Referencia)
1
ADUANA
C 3
CODIGO DE ADUANA
1.1
2
AÑO-PRESE
C 4
AÑO DE NUMERACION
2
3
REGIMEN
C
2
CODIGO
DEL
REGIMEN
4
POLIZA
V
6
NUMERO DE
LA
DECLARACION PARA IMPORTAR
2
5 Tl PO-DOC
C 2
TIPO DE DOCUMENTO ADUANERO
6
NUME-SERIE
C 4
NUMERO DE SERIE
7
7
PARTI
DA
N
10
CODIGO PARTIDA ARANCELARIA DEL PRODUCTO IMPORTADO
7.15
8
CANTIDAD
N
12.3
CANTIDAD IMPORTADA EN UNIDAD FISICAS
7.23
9 UNIDAD
C 3
CODIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA DE LO IMPORTADO
7.24
10
DESC-COMER
V 90
ESPECIE 0 DENOMINACION COMERCIAL
7.25
ll FOB SERIE
N
14.2
FOB
US$ 7.14
D.S. EN LA DU
(Referencia)
3.1
2
2
6
6.2
6.3
6.4
6.1
6.11
LA CLAVE PARA RELACIONAR LOS DATOS DE POLIZA Y SERIES ES:
ADUANA + AÑO-PRESE +
REGIMEN
+
POLIZA
+ TIPO-DOC
ASPECTOS COMPLEMENTARIOS
NOMBRE DE LA TABLA
CAMPO
TIPO
ANCHOI CAMPO
TIPO ANCHO
CAMPO
TIPO ANCHO
1 PARTIDAS ARANCELARIAS
CODIGO
N
10
DESCRIPCION V
50
2 INTENDENCIAS DE ADUANA
CODIGO
C 4
DESCRIPCION V
80
.
3 IMPORTADORES
RUC
V
8
DESCRIPCION V
80
TIP-ENTIDAD
C
1
4 TIPO DE MONEDAS
CODIGO
C 3
DESCRIPCION V
50
5 UNIDADES
FISICAS CODIGO
C
3
DESCRIPCION V
50
6
TABLA
DE
REGIMENES, CODIGO
C 2
DESCRIPCION V
50
7 TIPO DE DOCUMENTOS
CODIGO
C
1
DESCRIPCION V
50
8
TIPOS DE CAMBIO DE MONEDAS A USD
(*)
FECHA
N
6
COD-MONEDA
C
3
VALOR
N
8.4
LOS TIPOS DE DATOS SON:
C
CHAR
V
VARCHAR2
N
NUMBER
LAS FECHAS DEBERAN TENER EL SIGUIENTE FORMATO:
(*))
LA FECHA DEL TIPO DE CAMBIO
DEBERA
TENER EL SIGUIENTE FORMATO:
DONDE: DD
DI A
MM MES
YYYY
AÑO
YYYYMMDD
YYYYMM
NOMBRE DE LAS TABLAS TEMPORALES PARA EL PROCESO DE ENVIO DE INFORMACION EN FORMATO EXPORT DE ORACLE:
ADUANA-CGR PARA LOS DATOS DE
POLIZA
DET-ADUANA-CGR PARA LOS DATOS DE SERIES
TIP-CAMBIO-CGR
PARA LOS TIPOS DE CAMBIO DE MONEDAS A USD
11651
Pág. 164778 cll;krmano
#&JXMr(~d:M~
I.ima.
jucvcs 8 de
octubre
dc
199X
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION Y
ESTADO CIVIL
Autorizan a Procurador asumir la de-
fensa del RENIEC e inicie proceso judi-
cial a presuntos responsables de deli-
tos contra la función, administración y
fe pública
RESOLUCION
W
O99-9%IDENTIDAD
Lima, 28 de setiembre de
1998
Visto el Memorándum
N”
61 O-9&GAJ/IDENTIDAI), emitido
por la Gerencia de Asesoría
,Juridkca,
de fecha 2 de setiembre de
1998.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación suatentatoria del memo-
rándum del visto se desprende que personas no identificadas han
incurrido en comportamiento de Inducir a error a servidor públi-
co al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas
sobre hechos que deban probarse con el documento mismo,
conducentes a suplantar la identidad de los
riudadanos:
Pastor
Juan
Chura
Ticona,
Paulino
S6nchee
Junco, Fredy Santos
Car-
quin,
.Javier
Núñez
Falcón.
Gerardo
Gaspar
Román
Mercado,
Elisa Silva Cubas y Eleuterio Cubas Avangai;
Que. el hecho antes descrito constituvc indicio razonable de
la
comisliln
de presunto
dehto
contra la’función púbhca y la fe
pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica,
previsto y sancionado
WI
los Artlculos 4
16”.
428” y 438” del Código
Penal vigente;
Que, en atención al considerando precedente resulta necesa-
rio autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntosjudicia-
les del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para
que interponga las acciones
que
correspondan en defensa de los
intereses del Estado
y
del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, contra qumnes resulten responsables, solicitándose
al Ministerio Público
y
la Dirccci»n de la Policía Nacional del
Perú,
a
fin de que se asuman las investigaciones conducentes ala
identificación de los sujetos que han suplantado a las ciudadanos:
PastorJuan
ChuraTicona,
Paulino Sánchez Junco, Fredy Santos
Carquín. Javier Núñez Falcón, Gerardo Gaspar Román Mercado,
Elisa Silva Cubas y Eleuterio Cubas Avangai, señalados en el
primer considerando:
De
conformidad
con lo dispuesto en el Decreto
Ley
N”
17537
y la
Ley
N”
26497;
SE
RESUELVE::
Artículo
l”.-
Autorizar al Procurador Público encargado de
los asuntos
iudiclales
del Reaistm Nacional de Identificación
v
Estado
Civil’,
para que en nombre y representackín de los intere-
ses
del Estado interponga e impulse las acciones legales que
correspondan contra
qwenes
resulten responsables,
p&
presün-
to delito contra la función
míblica
v
la fe
oública.
en
arrravio
del
Estado y del Registro
Nacikal
de”tdent&cacitin’y
Estldo Civil.
Artículo
2”.-
Remítase lo actuado al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para los fines
a
que
z
contrae la
presente Resolución Jefatura1
Regístrese,
comuníquese
y publíquese
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
11613
RESOLUCION .JEFATURAL
N”
lOO-98XFNlFC
1
1
Lima,
2X
de
setiembre
dc
19%
Visto
cl
Inf0rme
N”
OOWWGAJ/RENIEC,
emitido
por la
Gerencia de Asesoría Jurídica. de fecha 24 de setiembre de 1998
y
el Oficio
N”
329.9%Ml’P-REG-ClV. remitido por la Oficina de
Registrn
de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Pro-
vincial de Piur?.
L
-
CONSIDERANDO:
Que, conforme los Articulos 177” y 183” de la Constitución
Política del Estado, el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil es la institución encargada de organizar y mantener
el Registro
Unico
de Identificación de las Personas Naturales e
inscribir los hechos y actos relativos
a
su capacidad y estado civil;
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es
un órgano autónomo de derecho público interno, con competencia
exclusiva y
excluyente
en materia
registral,
regido por la Cons-
titución Política del
Estadoy
su Ley Orgánica, norma esta última
que no sólo establece su organización y funciones, sino que regla
preceptos constitucionales, por lo que no puede ser
inobservado
por los miembros de su estructura orgánica ni por ninguno de sus
servidores bajo responsabilidad;
Que, por Resolución Jefatura1
N”
023-96 el Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil delegó en las Oficinas de Registro
de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provincia-
les, Delegadas y de Centro Poblado Menor, Agencias Municipa-
les, Comunidades Nativas, Guarniciones de Frontera y Misiones
Religiosas autorizadas a inscribir las funciones establecidas en
losincisosa),
b),c),e),i),l),m),
ni.
olyq),
del Artículo
Adela
Ley
PI”
26497:
Que, el Ministerio Público
a
través del Fiscal de Familia ha
interpuesto demanda por presunta contravención
a
los derechos
del nombre, contra la Municipalidad Provincial de Piura y la Jefa
de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en esa
Municipalidad Provincial;
Que, estando a la naturaleza del petitorio, el mismo que versa
sobre la inscripción de hechos relativos al estado civil de las
personas, regulado por el Reglamento de las Inscripciones del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, corresponde
autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales
de la entidad, para que en su nombre y representación se aperso-
ne
por legítimo interés institucional
a
la instancia, en atención
a
la competencia constitucional en materia registra1 del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil;
De conformidad con
lo
dispuesto en el Decreto Ley
N”
17537
y la Ley N” 26497;
SE RESUELVE:
Artículo
lo.-
Autorizar al Procurador Público encargado de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, para que en nombre
Y
representación de los intere-
ses de la entidad
seãpersone
ala
ácci&
seguida ante el Segundo
Juez de Familia de Piura en los seeuidos
nor
el Fiscal de Familia
contra la Municipalidad Provinclakde Piula y la Jefa de la Oficina
de Registro de Estado Civil que funciona en la referida Municipali-
dad Provincial, Expediente
N”
9%0477-20-2001-JF-02, en defen-
sa de los intereses y derechos del Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil.
Artículo
2”.- Remítase los antecedentes al Procurador Públi-
co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para los fines
a
que se contrae la
presente Resolución Jefatura].
Regístrese, comuníquese y publíquese
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
11614
RESOLUCION
JEFATURAL
W
10198-RENIEC
Lima, 28 de setiembre de 1998
Visto el Informe
N”
0089X-GAJ/RENIEC. emitido por la
Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 22 de setiembre de 1998.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de ladocumentación suatentatoria del informe
del visto se desprende que personas no identificadas han incurri-
do en comportamiento de inducir a error
a
servidor
P
úblico
al
hacer insertar en instrumento público declaraciones fa sas sobre
hechos que deban probarse con el documento mismo, conducen-
tes a suplantar la identidad de los ciudadanos: Julio Sánchez
Miranda, Primitiva Clotilde Huerta Herrera, Cirila Ysabel Gó-
mez Huarhua y Pedro José Vega Paredes;
Que, el hecho antes descrito constituye indicio razonable de
la comisión de presunto delito contra la administración pública y
contra la fe míblica. en las modalidades de falsedad
ideolópica
v
genérica,
prkwisto
y’sancionado en los Artículos 416”, 428”
i438”
del Código Penal vigente;
Que, en atención al considerando precedente resulta necesa-
rio autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judicia-
les del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para
que interponga las acciones que correspondan en defensa de los
intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitándose
al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del
Perú,
a
fin de que se asuman las investigaciones conducentes
a
la
identificación de los sujetos que han suplantado
a
los ciudadanos:
Julio Sánchez Miranda,
Primitiva
Clotilde Huerta Herrera,
Ciri-
la
Ysabel
Gómez
Huarhua
y Pedro José Vega Paredes;
De
conformidad
co” lo dispuesto en el Decreto Ley
N”
17537
y la
Ley
N”
26497:
SE
RESUELVE:
Artículo
1°.-
Autorizar al Procurador Público encargado de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación
y
Estado Civil, para que en nombre
y
representación
de los
intere-
ses
del
Estado
interponga e impulse las
acc~o~~es
legales
que
correspondan contra quienes
resulten
responsables, por
preso”-
to
delito contra la
administración
pública
y
la fe
pública.
en
agravio
del Estado y del Registro
Nacional de
Identificación
y
Estado
Civil.
Artículo
2°.-
Remitase
lo
actuado al Procurador
Público
encareado
de los asuntos
wdlciales
del Registro Nacional de
Identificación
y
Estado
Civil
para los
fines
ä
que
se
contrac
la
presentí*
Resolución
Jefatural.
Regístrese. comuniquese
y
publíquese
CELENDONIO
MENDEZ VALDIVIA
Jef’e
Nacional
11615
RESOLUCION JEFATURAL
102-98-IDENTIDAD
Lima, 28 de setiembre de
1998
Visto el Memorándum
N°611-98-GAJ/IDENTIDAD,
emitido
por
la Gerencia
de
Asesoría Jurídica. de fecha 4 de
setiembre
dc
i998.
CONSIDERANDO:
Que. en virtud de la documentación
sustentatoria
del
memo-
randum
del visto se desprende que personas no identificadas han
incurrido en
comportamiento
de hacer insertar
en
instrumento
público
declaraciones falsas sobre hechos que
dehan
probarse co”
el documento mismo,
conducente
a
suplantar
la Identidad
de
los
ciudadanos:
Juan Orellana Ramos, Marcelino
Demetrio
Garibay
Samanez.
Rufino
de la Cruz Ccorpa, Claudio Emiliano
Pandal
Espinoza, Jorge Luis
Kimura
Villa. Godofredo
Pompeyo
Lugo
Ramírez, Eusebio Félix
Porras
Granados. Rómulo Valderrama
Cuba,
Fabiana
Mamani
Tinta, Gilberto Chambilla
Mamani;
Que, el hecho antes descrito
constit.uye
indicio
razonable de
la
comisión de
presunto
delito
contra la
administración
público y
contra la fe
pública.
en las modalidades de falsedad
ideológica
Y
genérica,
p&visto
y
sancionado en los
Articulos
416°,
428°
y
438°
del
Código
Penal ;igent<>;
Que, en atención al considerando
pwccdente
resulta
“ece-
sario
autorizar al Procurador Público,
a
carga de los asuntos
iudiciales
del
Registro
.Naclonal
dr
Identificación y Estado Civil.
para que
interpinga
las
acaones
que correspondan en defensa
de los intereses del Estado
v
del
Registro
Nacional
de
Identificación
cación
y Estado Civil, contra quienes resulte”
responsables,
solicitándose al
Ministerio
Púhliro y la Dirección de la
Policia
Nacional del
Perú
a
fin de que
sti
asuma” las
investigaciones
conducentes
a
la identificación
de
los sujetos que han
auplanta-
do la
identidad de los ciudadanos. Juan Orellana Ramos, Marceli-
no Demetrio Garibay
Samanez,
Rufino de Ia Cruz
Ccorpa,
Claudio Emiliano
Panda1
Espinoza, Jorge Luis
Kimura
Villa,
Godofredo
Pompeyo Lugo
Ramircz,
Eusebio
Felix
Porras Gra-
nados, Rómulo Valderrama Cuba.
Fabiana
Mamani
Tinta, Gil-
berto Chambilla
Mamani,
a
fin de formalizar las
rlenunc~as
correswndientes:
Diconformidad
co” lo
dlspuehto
en el Decreto
Ley
17537
y la Ley
26497;
SE RESUELVE:
Articulo
l”.-
Autorizar al Procurador Público encargado de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identllicación
y
Estado Civil. “ara
ouc
en
nombre
v
reoresentación
de los intere-
ses del Estado
intkponga
e impulse las
acaones
legales que
correspondan contra quienes resulten responsables, por
presun-
to
delito contra la
administracion
pública y la LE pública. en
aLTavio del Estado
y
del Registro Nacional de
Identtlicacik~
y
Estado Civil.
Artículo 2”.- Remítase lo actuado al Procurador Público
encargado de los asuntos
Judiclaks
del
Registro
Nacional de
Identificación y Estado Civil, para los fxnes
a
que
se contrae la
presente
Resoluaón
Jefàtural.
Reg&resc.
comuniquesc y publíquese
CI~LEDONIO
MIXNI)I
VALl)IVIA
Jef’e
Nacional
11616
Disponen atención de gerencias y
agencias del RENIEC el día de eleccio-
nes municipales para orientar a la ciu-
dadanía en el ejercicio de derecho a
sufragio
RESOLUCION JEFATURAL
W
1074WJEF/RENIEC
Lima, 6 de
rztubre
de
199)x
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, el Jefe
de la Oficina Nacional de Procesos
Electaralos
y
el Jefe del
Registro Nacional de
Idcntifkación
y Estado Civil deben mante-
ner una relacii>n de coordinación y colaboración entre ellos co” el
propósito de
asegurar
que los procesos electorales se
efertúen
de
acuerdo con las disposiciones y los plazos previstos;
Que,
adcmiis,
el Registro Nacional de Identificación y Esta-
do Civil.
r”
el ámbito de su competencia, estima
pertinenle,
disponer acciones
complementarias
de reforzamiento dc
infor-
maci6n
y orientación
a
la ciudadanía, para una adecuada iden-
tificación de los centros de
votaci6n
y
absolución de consultas de
carácter
rcgistral;
coadyuvando, de esta manera, en
la
ejecución
del proceso
elect,orat
municipal
a
realizarsr
el Il de octubre de
1998: y,
En uso de las atribuciones conferidas por la
Ley
N”
26497
-
Orgánica del Registro Nacional de
Identiticaciún
y Estado Civil;
SE RESLJFLVE:,
J
Artículo
l”.-
Las Gerencias
Regionales
y Agencias
Registra-
les del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
a
nivel
nacional,
ntcnderán
el día domingo
11
de octubre do 1998,
entre
las 8.00 a.m.
v
las 4.00
p.m.
proporcionando
ala ciudadanía. en
:
el ámbito do su
competencia,
información
y
orientación
que
requiera
para cl
mejor
ejercicio
del
derecho
a
sufragio
en
cl
Proceso Electoral
Municipal:
utilizando.
para
el efecto. la Cartilla
de Electores
proporcionada
por
la
Oficina
Nacional de Procesos
Electorales, distribuidas oportunamente.
Artículo
T.-
Reiterar
a
los funcionarios y personal de las
Gerencias Regionales y Agencias Registrales de todo el país,
presten
las
máximas facilidades y
cooperacibn
a
los *Jurados
Electorales Especiales
y
Oficinas
Descent.rnlizadas
de
Procesos
Electorales de sus respectivas circunscripciones.
Artículo 3”.- Los Gerentes Regionales y Jefes de Agencias
del
RENIEC,
o
el personal que
(tstos
designan, se constituirán,
en lo posible,
a
los locales de votación para recopilar informa-
ción
WC>
sea de interés
para
la
inst.itución:
debiendo prestar
apoyo,
al Coordinador
Electoral
respectivo
&”
caso
queéste
lo
requiera, sin interferir, bajo
mnguna
circunstancia, co” las
funciones que cl Artículo 213” de la Ley
N”
26864, le tiene
rrservadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CISLEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
11606
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
Autorizan viaje de Adjunto al Defensor
del Pueblo para los Derechos Huma-
nos, a los EE.UU., para participar en
reunión consultiva del BID
RESOLUCION DEFENSORIAL
N” 57-96lDP
Iha,
7 de
octubre
dc 1998
Vistos; la comunicación de
kcha
21
de
setiembre
de 1998
cursada al Adjunto al Defensor
del
Pueblo para los
Derechos
Humanos, por el Gerente del Departamento de Desarrollo Soste-
nible del Banco Interamericano de Desarrollo BID, así como cl
Memorando
N”
851-98-DP/GAF
y su respectivo Anexo
N”
4-006-
9%ADDHHIDI’;
y,
Pág.164780
~(~I&b~W$.)fl+~
l.ima.juwcs
8
dc
0c1uhrc
dc
199X
CONSIDERANDO: Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Municipal,
Rentas, Administración, Desarrollo Urbano, Promoción y Desa-
rrollo Social
v.
alas oficinas oue comoetan el estricto cumulimien-Que. mediante el documento de vistos, el Banco Interameri-
cano de Desarrollo invita al Adjunto al Defensor del Pueblo para
los Derechos Humanos, a participar en la reunión consultiva en
la que se debatirá el documento “1,ineamientos para las activida-
des del BID, en apoyo
a
los esfuerzos policiales para reducir la
violencia”, elaborado por el Departamento de Desarrollo Sosteni-
ble del BID
y
que tendrá lugar en la ciudad de Washington, D.C.
dc los Estados Umdos de Nortraménca, el 9 de octubre del
t
.o
de la pres%te
disposición.
_
Regístrese, comuníquese y cúmplase
ADOLFO
OCAMPO
VARGAS
Alcalde
11573
presente
al=lo;
Que, interesa a la
Defensorla
del
Pueblo que el mencionado
funcionario participe en la reunión consultiva con la finalidad de
evaluar
estrategIas
eficaces
aue
contribuvan
a la defensa de los
derechos huma;os, en orden’a las funciones que le establece la
Const.itución
Política y la Ley
N”
26520, debiendo autorizarse la
correspondiente
comlsiiin
del scrwcio al extenor del
7
al 10 de
octubre del presente inclusive, considerando cl itinerario del viaje;
En concordancla con el Decrrto Supremo
N”
135.90.1’CM y en
aplicación de los Decretos Supremos N”s.
163-81-EF
y 03 l-89-EF;
en uso de las atribuciones
conferidas
por la Ley
N”
26520
y
de
conformidad con los Articulos
6”v7”incisos
a)
y
kldel
Reglamento
de Organización
y
Funciones aprobado por Resolución
Defenso-
rial N’
041-97iDP;
SE
RESUELVF,:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en
comisión
del
serviciodel señordoctorGino COSTASANTOLALLA,Adjuntoal
Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos,
a
la
cmdad
de
Washington. D.C. de los Estados
Umdos
de
Norteamérica,
del 7
al 10
de
octubre
de 1998, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente
rcsoluclón.
Artículo Segundo.-
Los gastos que
irrokwe
el cumplimiento
de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional por las Fuentes de Financiamiento Donaciones
y
Transferencias -AID Fase
III,
según el siguiente detalle: pasajes
internacionales: US$9~5.00,
vi,iticos:
c’S$400.00
y Tarifa
COR-
PAC lJS$25.00, totalizando
US$
1.350.00
IUN
MIL
TRISSCIEN-
TOS
CINCIJENTA
Y
OO/100
Dolares Amencanos,.
RegIstrese,
comuníquese y publíquese.
JORGE
SANTISTEVAN
DE NORIEGA
Defensor del
Pueblo
11641
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE
MIRAFLORES
Prorrogan plazo de
AmnistíaTributaria
otorgada a contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA
N”
058-98
San Juan de Miraflores, 29
dr
setiembre dc 1998
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, el Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 28 de
junio del presente
ano
aprobó la Ordenanza N”
007-98.MDSJM
concediendaAmnistiaTr¡buta~aMunicipalalosseñorescontribu-
yentes de San Juan de Miraflores, la misma que fuera publicada en
el Diario Oficial El Peruano y vigente al 15 de julio del año en curso;
Que, mediante D. de A.
N”
056.9%MDSJM se estableció la
prórroga del plazo de vigrncla de la aludida ordenanza hasta el
31 de agosto de 1998;
Que, el plazo mencionado en el considerando anterior ha
resultado
insuficiente para atender el
requernniento
de los con-
tribuyentes deudores del distrito, siendo necesario ampliar el
periodo de vigencia del referido beneficio tributario;
Que, cl Art.
6”
de la Ordenanza N”
007-9%MDSJM
faculta al
Alcalde
a
fin de que
mechanle
Decreto de Alcaldía dicte las
normas que fueran
necesarias
para
la ejecución y aplicación del
beneúcio
concedido;
Estando a
lo
expuesto
y. en uso de las kxultades conferidas
por la Ley Orgámca de
MunicipalIdades
N”
23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia del
beneficio de AMNISTIA TRIBUTARIA MUNICIPAL concedida
mediante
ORDF,NANZA
N”
007.9%MDSJM hasta el 30 de se-
tiembre de 1998, para los contribuyentes de lajurisdicción de San
Juan de Miraflores.
Ratifican como de uso peatonal vía
pública del distrito
ACUERDO DE CONCEJO
No
2698
San Juan de Miraflores, 3 de agosto de
199X
EL CONCEJO MUNICIPAL
DISTRITAL
DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES
VISTO, en sesiones extraordinarias de fechas 29y 31 de julio
jel año en curso, el informe. dictamen y sustentación presentado
xx
la Comisión de Desarrollo
IJrbano;
y,
CONSIDERANDO:
Que, doñaTERESABRONCAN0 DE LIRA, en representación
ie la Junta de Vecinos de la Zona Comercial Unidad B, interpone
recurso de apelación contra la Resolución de Alcaldía N” 002280-98
ie
fecha 3 de junio de 1998, que dejó sin efecto el Convenio N”
117-
37
celebrado entre esta municipalidad
y
su representada; así como
dispuso
la demolición del muro, sardineles y jardineras construi-
ioS en la cuadra 4 del pasaje Arturo Suárez;
Que, con Expediente
N”
299-95 del ll de enero de 1995 doña
4NTONIETA CASTRO DE CALl)ERON,
solicxta
erradicación de
las
bancas
de la Cdra. 4 del pasaje Arturo Suárez Zona B por ser
utilizadas por elementos de mal vivir, generando prostitución y
drogadicción;
Que, según Informe
N”
068-L)T-DDU-96
el Jefe del departa-
mento técnico establece aue en el referido
oasaie
existen 6 bancos
malogrados
y
manchados con aceite quemado,&rdines y árboles;
Que, la Sra. ANTONIETA CASTRO DE
CALDERON
ha
destruido 2 bancos del mencionado pasaje, que es de uso
y
dominio público, hecho denunciado por la Junta de Vecinos de la
Zona Comercial de la Unidad B, mediante Expediente
N”
863 del
19 de enero de 1995 y corroborado con el informe de la Policía
Municipal del 9 de febrero de 1995:
Que, del Informe
N”
845.DT-DDU-95 se desprende que en el
referido pasaje no existe circulación vehicular; ya que en uno de
sus accesos existe un jardín con área de 7.00
m.
x
4.00 m. yen su
perímetro se han construido sardineles;
Que, del Informe N”037-OC-DDU-97, se establece claramen-
te que el pasaje Arturo Suárez, Zona B, está calificado como Zona
Comercial
“C2”
que significa zona para vivienda
y
comercio;
asimismo, se establece que tal denominación proviene desde la
creación del distrito hasta la fecha; remarcando que la denomina-
ción de “pasaje” implica el uso de la vía únicamente para
“uso
peatonal”; para que sea utilizado corno vía vehlcular debió existir
la
denommación
de jirón, calle
o
avenida;
Que, la Comisión de Rentas mediante Oficio
N”
123~SIUCR-98
de
fecha 23-7-98 elevó su informe
y
dictamen sobre los expedien-
tes y sus
actuados
concluyendo que hay suficiente mérito en favor
de lo solicitado por la Junta de Vecinos de la Zona B Comercial,
que dicho pasaje continúe corno pasaje para tránsito peatonal,
debiendo mejoraren el futuro de acuerdo al convenio suscrito por
esta municipalidad y la Junta dc
Vecinos;
Que, con Informes
N”
253-OAL-MDSJM-98
y
N”
524-OAL-
MDSJM-98; la Oficina de Asesoria Legal expresa que correspon-
de resolver el recurso impugnativo al Concejo Municipal de este
distrito, debiendo tomarse en cuenta la revisión de los anteceden-
tes
del caso;
De conformidad a lo prescrito en los Arts. 16” y 69” de la Ley
Orgánica de Municipalidades
N”
23853
y
el Art.
20”
Inc.
h)
del
Reglamento Interno del Concejo
Distrital
de San Juan de
Mira-
flores y con el voto unánime;
ACUERDA:
Primero.-
RATIFICAR como de uso peatonal el pasaje Artu-
ro Suárez Cdra. 4 Zona
B,,
conforme a la denominación y califica-
ción que obra en la Oíicma de Catastro desde la creación del
distrito; dejando NULA CUALQUIER
DISPOSICION
QUE Si?
OPONGA AL PRESENTE ACUERDO.
Segundo.- RECOMENDAR a la autoridad
mumcipal
y
oiici-
nas
correspondientes el mejoramiento en obras del pasaje Arturo
Suárez
Cdra.
4 Zona B, urbanización San Juan, que permite
mejorar el ornato y
embe1lecimient.o
del sector.
Regístrese. comuníquese, publíquese y cúmplase
AD%D,ieO
OCAMPO
VARGAS
11585

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