ORDENANZA Nº 004-2010-GR-LL/CR - Incorporan para su aplicación en el ámbito regional de La Libertad, normas complementarias a lo establecido en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte - RNAT

Fecha de disposición29 Mayo 2010
Fecha de publicación29 Mayo 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 29 de mayo de 2010
419818
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La
Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos
modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley
de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modif‌i catoria Ley
Nº 27902, y demás normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente
Ordenanza Regional
VISTO:
En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de
fecha 11 de Marzo del 2010, el dictamen sobre el Proyecto
de Ordenanza Regional Nº 020-2010-GR-LL/CR, relativo
a convocar al Proceso de formulación del Presupuesto
Participativo del Gobierno Regional de La Libertad para
el año f‌i scal 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 197º, 198º y 199° de la Constitución
Política del Estado establecen que los Gobiernos
Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo
Concertado y sus presupuestos, con la participación de la
población, y rinden cuentas de su ejecución, anualmente.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización en su capítulo IV sobre Participación
Ciudadana, Artículo 17° numerales 17.1° y 17.2° establece
que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados
a promover la participación ciudadana en la formulación,
debate y concertación de los planes de desarrollo y
presupuestos, y en la gestión pública.
Que, en el Capítulo V relativo a Planes de Desarrollo
y Presupuestos, artículos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1
y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y
presupuestos participativos son de carácter territorial. Los
Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por
presupuestos participativos anuales como instrumentos
de administración y gestión, se formulan y ejecutan en
concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado.
El MEF dicta en forma anual las directivas que regulan
la programación, formulación, aprobación, ejecución,
evaluación y control de los presupuestos.
Que, en la Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de
Participación y Control Ciudadano, en el Artículo 2° en
cuanto a los derechos de participación de los ciudadanos,
se establece en el inciso e) los mecanismos de participación
ciudadana en el ámbito de los Gobiernos Regionales y
Locales. De igual manera en el Artículo 3° en cuanto a los
derechos de control ciudadanos, establece en su inciso e)
los mecanismos de control ciudadano en el ámbito de los
Gobiernos Regionales y Locales.
Que la Ley Nº 28056, Ley de Marco Presupuesto
Participativo, su modif‌i catoria la Ley Nº 29298 y el
Reglamento de la Ley Marco, el D.S. Nº 142-2009-EF,
establecen que el Proceso del Presupuesto Participativo
es un mecanismo de asignación equitativa, racional,
ef‌i ciente, ef‌i caz y transparente de los recursos públicos, que
fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil y, que para
ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de
mecanismos y estrategias de participación de la sociedad
civil, en la programación de su presupuesto, de acuerdo a
las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes
de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos
del Presupuesto por Resultados; así como, en la vigilancia
y f‌i scalización de la gestión de los recursos públicos, y que,
mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias
para reglamentar el proceso de identif‌i cación y acreditación
de los Agentes Participantes en el Proceso, particularmente
de aquellos representantes de la Sociedad Civil.
De conformidad con las facultades conferidas por
la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modif‌i cada por las
Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº 29053, y estando a lo
acordado,
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente;
Artículo Primero.- CONVOCAR al Proceso de
Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno
Regional de La Libertad para el año f‌i scal 2011.
Artículo Segundo.- APROBAR la Directiva del
Proceso, así como el Cronograma respectivo, cuyo texto
forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- APROBAR el Reglamento del Proceso
de Identif‌i cación y Acreditación de los Agentes Participantes
en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo
del Gobierno Regional para el año f‌i scal 2011, cuyo texto
forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- CONFORMAR el Equipo Técnico del
Proceso, que estará integrado de la siguiente manera:
a. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial, quien lo preside.
b. Gerente Regional de Infraestructura
c. Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento
Territorial.
d. Sub Gerente de Programación de la Inversión
Pública
e. Sub Gerente de Estudios
f. 01 Representante del Consejo de Coordinación
Regional, por parte de la Sociedad Civil
g. 04 Representantes de la Sociedad Civil, elegidos
entre los agentes participantes del Presupuesto
Participativo
Artículo Quinto.- AUTORIZAR, a la Secretaría del
Consejo Regional de La Libertad, disponer la publicación
de la presente Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El
Peruano, en el Diario de mayor circulación de la Región
y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La
Libertad.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno
Regional de La Libertad para su promulgación.
En Trujillo, a los once días del mes de marzo del dos
mil diez.
RUBY ARELLANO MAURTUA
Consejera Delegada
AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad
a los 31 días del mes de marzo de 2010
JOSE H. MURGIA ZANNIER
Presidente Regional
499242-4
Incorporan para su aplicación en el
ámbito regional de La Libertad, normas
complementarias a lo establecido en el
Reglamento Nacional de Administración
de Transporte - RNAT
ORDENANZA REGIONAL
N° 004-2010-GR-LL/CR
“INCORPORAR, PARA SU APLICACIÓN EN EL
ÁMBITO REGIONAL DE LA LIBERTAD, NORMAS
COMPLEMENTARIAS A LO ESTABLECIDO EN EL
REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
DE TRANSPORTE - RNAT”
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad,
de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y

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