06 002-2004 - Declaran zona de alto riesgo las zonas ribereñas de los ríos Chillón y Rímac ..

Fecha de disposición12 Enero 2004
Fecha de publicación12 Enero 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 12 de enero de 2004
Que, el Artículo 36º del Texto Único Ordenado del Códi-
go Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-
99-EF, establece que la Administración está facultada para
otorgar fraccionamiento a aquellos contribuyentes que de-
seen regularizar sus deudas tributarias, siempre que cum-
plan con los requisitos o garantías que se establezca;
Que, mediante el Reglamento de la Ordenanza Nº 063-
MDSMP, se estableció el sistema "PAGA FÁCIL", sistema que
fue acogido positivamente por los vecinos del distrito, siendo
necesario su continuación, con el objeto de que la comunidad
distrital se beneficie con el Programa de Fraccionamiento de
Deuda Tributaria y no Tributaria "PAGA FÁCIL";
Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica Nº 1263-2003-GAJ/MDSMP y de conformidad con
lo dispuesto por los Artículos 9º inciso 8), 10º , inciso 1) y
20º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972; el Concejo Municipal aprobó por unanimidad y
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE
EL SISTEMA PAGA FÁCIL
Artículo Primero.- Establézcase por 30 días hábiles,
el Programa de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y
No Tributarias "PAGA FÁCIL", mediante el cual se otorga
los siguientes beneficios:
- Pago, fraccionado de la deuda insoluta condonándose
los intereses moratorios y de fraccionamiento por pago
puntual dentro de la fecha de vencimiento de cada cuota.
- Condonación de las Costas y Gastos Administrativos
de las deudas que se encuentran en proceso coactivo, sal-
vo aquellas que se encuentren con medida cautelar firme.
Artículo Segundo.- Facúltese al Alcalde para que me-
diante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones com-
plementarias necesarias para la adecuada aplicación de la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y archive.
LUCIO CAMPOS HUAYTA
Alcalde
00492
Declaran zona de alto riesgo las zonas
ribereñas de los ríos Chillón y Rímac
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2004
San Martín de Porres, 8 de enero de 2004
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN
DE PORRES
El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Sesión
Ordinaria de Concejo de la fecha; bajo la Presidencia del
Sr. Lic. Lucio Campos Huayta - Alcalde Distrital de San
Martín de Porres y con la asistencia de la mayoría del nú-
mero legal de Regidores y visto el Informe Nº 07-2004-
DDC-MDSMP del Jefe de Defensa Civil, quien solicita se
declare en estado de emergencia los cauces de los ríos
Chillón y Rímac en esta jurisdicción.
CONSIDERANDO:
tado, señala que las Municipalidades son los órganos de
Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia como lo
establece el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley
Que, los numerales 4) y 35) del artículo 9º de la Ley pre-
citada, establece que dentro de las atribuciones del Concejo
Municipal se encuentran entre otras las de aprobar el Plan
de las áreas de protección o de seguridad por riesgos natu-
rales; y las demás que le corresponden conforme a Ley;
Que estando a lo informado por la Gerencia de Aseso-
ría Jurídica mediante Informe Nº 010-2004-GAJ/MDSMP
del 6.1.2004, de conformidad con lo establecido por la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo por
Unanimidad aprobó el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- DECLARAR zona de alto riesgo las zo-
nas ribereñas de los ríos Chillón y Rímac en esta jurisdicción.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Seguri-
dad Ciudadana para que mediante la Oficina de Defensa
Civil realice las acciones correspondientes del caso, ten-
dientes a evitar los desbordes de los ríos Chillón y Rímac
en las zonas declaradas de alto riesgo ribereño.
Artículo Tercero.- Oficiar al Presidente de la Región Lima
solicitando se culmine el muro de contención de concreto
armado a la altura de la cuadra 13 del Jr. Malecón Rímac.
Artículo Cuarto.- Solicitar al Ejecutivo declare en Es-
tado de Emergencia las zonas ribereñas de los ríos Chillón
y Rímac.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUCIO CAMPOS HUAYTA
Alcalde
00493
Ratifican la Ordenanza Nº 049-MDSMP
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2004
San Martín de Porres, 8 de enero de 2004
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN
DE PORRES
El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Se-
sión Ordinaria de Concejo de la fecha; bajo la Presidencia
del Sr. Lic. Lucio Campos Huayta - Alcalde Distrital de
San Martín de Porres y con la asistencia de la mayoría
del número legal de Regidores y visto el Informe Nº 472-
2003-MDSMP/DPDL, de la Gerencia de Promoción del
Desarrollo Económico Local y la Ordenanza Nº 049-
MDSMP del 19.6.2003 que aprueba el Programa Munici-
pal de Recuperación de Espacios Públicos y Desarrollo
del Sector Informal - PROMREP en el distrito de San
Martín de Porres;
CONSIDERANDO:
Estado, señala que las Municipalidades son los órganos
de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia como
lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Que, el numeral 35) del artículo 9º de la Ley precitada,
establece que son "Atribuciones del Concejo Municipal las
demás que le corresponde conforme a ley";
Que, mediante Ordenanza Nº 049-MDSMP del
19.6.2003 se aprobó el Programa Municipal de Recupe-
ración de Espacios Públicos y Desarrollo del Sector Infor-
mal - PROMREP en el distrito de San Martín de Porres, el
cual no viene cumpliendo los objetivos para los que fue
promulgado, debiendo disponer su cumplimiento por parte
de la Administración Municipal, haciéndose necesario su
ratificación en todos sus extremos;
Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Or-
gánica de Municipalidades Nº 27972 y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo por
Unanimidad aprobó el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- RATIFICAR en todos sus extremos
la Ordenanza Nº 049-MDSMP del 19.6.2003 que aprobó el
Programa Municipal de Recuperación de Espacios Públi-
cos y Desarrollo del Sector Informal - PROMREP en el dis-
trito de San Martín de Porres.

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