Ley Nº 26446: Establecen Alcances de Disposición Transitoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional

Fecha de Entrada en Vigor18 de Septiembre de 1994
Fecha de la disposición19 de Abril de 1995
Establecen alcances de disposición transitoria de la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional
Ley26446
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1o.- Interprétase que la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley No 26435 es aplicable sólo a las acciones de
garantía que se han iniciado a partir del momento de su entrada en vigencia.
Artículo 2o.- Contra las resoluciones denegatorias que se expidan en última instancia judicial en las acciones de
garantía procede el recurso a que se refiere el artículo 4lo de la Ley No 26435.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO VEGA SANTA GADEA
Ministro de Justicia

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