Los alcances de la autonomía privada en el régimen de la prescripción extintiva y la caducidad en el derecho Civil

AutorJorge Rodríguez Russo
CargoProfesor Agregado de Derecho Privado II y III en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Uruguay)
Páginas73-89
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LOS ALCANCES DE LAAUTONOMÍA PRIVADA EN EL RÉGIMEN DE
LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA Y LA CADUCIDAD EN EL DERECHO
CIVIL.
DR. JORGE RODRÍGUEZ RUSSO*
RESUMEN
El presente artículo tiene por objeto examinar los
alcances de la autonomía privada en el régimen de
la prescripción extintiva y la caducidad en el Derecho
Civil, con especial referencia al Derecho uruguayo.
El problema fundamental es que nuestro Código Civil
regula de manerainsuficiente la prescripción extintiva,
no disciplina la caducidad de los derechos y tampoco
contiene normas sobre el espacio que le cabe a la
auton omí a privada en e l rég imen de e sta s
instituciones.
Los objetivos del trabajo son demostrar que a pesar
de estas deficiencias en la regulación es posible
reconocer de manera precisa un cierto margen para
la voluntad de los particulares, en sintonía con las
modernas legislaciones en el Derecho Comparado,
a la vez que poner de relieve la necesidad de una
profunda reforma de nuestro Código Civil.
El tratamiento del tema será realizado desde una
perspectiva predominantemente dogmática, a la luz
de las normas y principios que inspiran nuestro
sistema civil y d e las actual es so luciones y
orientacionesque aportan otros sistemas legislativos.
El mismo aspira a servir de punto de partida para
posteriores estudios en la materia, trazando algunas
líneas que puedan obrar como antecedentes para
una futura reforma legislativa.
ABSTRACT
This article has for objective to examine the scope of
private autonomy in the regime of the statute of
limitations and expiration in civil law, with an especial
reference to the Uruguayan law.
The fundamental problem is that our Civil Code
regulates insufficiently the statute of limitations, does
not discipline the expiration of the rights and does
not contain rules on the space that it is up to the
private autonomy in the regime of these institutions.
The objectives of the work is to demonstrate that
desp ite thes e shortcomings in the reg ulatio n is
possible to rec ognize some room fo r the will of
ind ivid ual s, in line with mode rn leg isla tion on
comparative law, while highlighting the need for a
profound reform of our Civil code.
The treatment of th e theme will be done from a
predominantly dogmatic perspective, in the light of
the rules and principles that inspire our civil system
and the current solutions and provide guidance to
other legislative systems perspective.
It aims to serve as a starting point for further studies
in this subject, drawing some lines that can act as a
background for future legislative reform.
ARTICULO ORIGINAL
Revista de la FacultaGde Derecho - UNAP.
PALABRAS CLAVES: autonomía privada,
prescripción, caducidad, extinción.
República (Uruguay).Coordinador de la Facultad de'HUHFKRHQHO
&HQWUR8QLYHUVLWDULR5HJLRQDOGHO/LWRUDO1RUWH8UXJXD\
KEYWORDS: Private autonomy, prescription,
expiration, termination
*Profesor Agregado de Derecho Privado II y III en la Facultad deDerecho de
la Universidad de la
REVISTADE LA FACULTA'DE DERECHO - UNAP.
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El acaecimientode los fenómenos jurídicosse verifica
en un determinado momento del tiempo. Su propio
transcurso,junto a otros factores, constituye un hecho
con importantes consecuencias en el mundo del
Derecho.
Pre scripción y caducidad, preci samente, son
institutos en los que el tiempo opera como medida
de su hecho constitutivo. Son vicisitudes extintivas
de situaciones jurídicas activas, conexas con el
tra nsc urs o del t iem po y de ter min ada s por l a
inactividad lícita del sujeto (Ferrucci, 1966; Romano,
196 4), pe ro que difi eren en su configuración ,
fundamento y función. A diferencia de la prescripción
liberatoria, donde el efecto extintivo no acaece de
pleno derecho, sino por la intermediación necesaria
del ejercicio del poder atribuido al interesado en
hacerla valer (Proto Pisani, 1991), la caducidad
produce la extinción automática del derecho, siendo
un hecho simple e instantáneo que se reduce a un
solo elemento temporal, que fija la duración de la
existencia del mismo (Bandrac, 1994; Fauvarque-
Cosson & François, 2008).
Entre los múltiples aspectos de relevancia que
presenta el régimen jurídico de estas instituciones
analizaremos los alcances de la actuación de la
autonomía privada, principio estructural básico del
sistema de relaciones sociales que más allá de todos
los anuncios de debilitamiento y crisis en la realidad
contemporánea sigue s ien do un instrumento
fundamental para la autorregulaciónde los intereses.
Como ha dich o Sco gnamiglio (1990) , en las
relaciones sociales y económicas la posibilidad de
disponer de los propios intereses representa un
momento esencial de la libertad de la persona, que
constituye un valor irrenunci able de la c ivilida d
humana.
El tema reviste una enorme trascendencia jurídica,
tanto teórica como práctica, que justifica plenamente
un estudio tendiente a delimitar el espacio de libre
actuación de la voluntad privada en la materia. Lo
justifica también la propia actualidad de la temática,
habida cuenta que las recientes legislaciones en el
Derecho Co mpa rad o se orienta n hac ia el
reconoci mie nto de un ampl io ca uce par a la
autonomía privada, superando así las soluciones
tradicio nales insp ira das en lo s Códigos
decimonónicos.
El problema radica en que el Código Civil uruguayo
de 1868 carece de una adecuada regulación de la
temática objeto de análisis, dado el tratamiento
insuficiente de la prescripción extintiva y la total
ausencia de disciplina para la caducidad.
Los objetivos del presente trabajo son demostrar que
a pesar de estas insuficiencias en la regulación se
puede reconocer un cierto espacio para la autonomía
privada, en armonía con las modernas tendencias
en el Derecho Comparado, y señalar también la
urgente y necesitada reforma de nuestro Código Civil
en la materia. La aceleración del tiempo en el orden
soci al en la s últimas décadas, con una nueva
dinámica en el tráfico económico y jurídico, ponen
de manifiesto las notorias deficiencias del actual
régimen de la prescripción extintiva y la necesidad
de incorporaruna orgánica disciplina de la caducidad.
II. LAS M ODE RNA S TENDENCIAS EN L A
REGULACIÓN DELA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA.
Señala Rivero Hernández (2002) que desde hace
veinticinco años, y sobre todo en los diez últimos, ha
aumentado el interés por la prescripción en el mundo
jurídico occidental, tanto en el ámbito doctrinario
como en el pla no le gislativo, co n ref orm as
significativas y nuevas normaciones de la institución,
entre las que se destacan la de los Códigos Civiles
holandés (1992), belga (1998), de Québec (1994) y
del BGB (2001), con la entrada en vigencia el 1º de
enero de 2002 de la Ley de Modernización del
Derecho de Obligaciones (Gesetz zurmodernisierung
des Schuldrechts, del 26 de noviembre de 2001). Al
mismo tiempo, en otros sistemas jurídicos, como el
norteame ric ano, se h a incorpor ado por v ía
jurisprudencial una nueva interpretación de las
normas sobre prescripción extintiva, creando nuevos
principios en su a plicación, como la «delayed
discovery doctrine»,que retrasa el inicio de los plazos
al momento en que el reclamante conoce o pudo
conocer los h echos constitutivos de su pretensión. A
ello se suma el hecho que el tema ha sido objeto de
tratamiento en Congresos internacionales y de
trabajos prelegislativos de corte transnacional, como
los de la Comisión para el Derecho Contractual
Europeo, todo lo cual para el doctrinario español es
I. INTRODUCCIÓN
REVISTADE LA FACULTA'DE DERECHO - UNAP.

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