DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2012-A/MDC - Disponen celebración de Matrimonios Civiles Comunitarios durante el año 2012

Fecha de disposición17 Enero 2012
Fecha de publicación17 Enero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 17 de enero de 2012 459331
a mediano y largo plazo; logrando el crecimiento
económico, el bienestar social y la protección ambiental
del distrito.
b) Promover la integración ambiental en todos los
sectores y actividades desarrolladas en el distrito.
c) Articular en el ejercicio de las funciones públicas a
los actores de los diferentes sectores para la ejecución de
las normas legales ambientales según corresponda.
d) Valorar y aplicar acciones tendientes a eliminar o
minimizar los posibles daños ambientales.
e) Promover la integración de los diferentes actores de
los sectores público, privado y sociedad civil en la toma
de decisiones de carácter ambiental que repercutan en
el distrito.
f) Promover el acceso a la información relacionada
con la gestión ambiental del distrito.
g) Fomentar que el hecho de generar contaminación
ambiental, tiene un efecto negativo en el ambiente y
los diferentes actores que generan la contaminación
ambiental, deben ser responsables de remediar los
daños ocasionados asumiendo los costos que ello
implique.
h) Reducir y simplif‌i car los procedimientos y trámites
administrativos en materia ambiental, logrando que los
interesados obtengan los resultados oportunos en su
gestión.
i) Asegurar que la regulación ambiental local no se
superponga, duplique o contenga vacíos, con la normativa
local, regional o nacional.
DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
Artículo 10º.- Los mecanismos de participación
ciudadana y acceso a la información ambiental deben
guardar concordancia con los instrumentos de gestión
ambiental establecidos para el ámbito nacional y regional.
Éstos incluyen, entre otros:
a) Información, mediante sesiones públicas de consejo
y audiencias públicas con participación de los órganos
sociales de base, publicación de proyectos de normas
municipales, entre otros mecanismos.
b) Planif‌i cación y Concertación, mediante la Comisión
Ambiental Municipal, los Grupos Técnicos Locales y
otros espacios como los Comités Juveniles y Comités
Interdistritales.
c) Cogestión de programas y proyectos ambientales
entre las autoridades municipales y otros actores locales.
d) Convenios con entidades públicas y privadas
especializadas en temas ambientales para capacitar a las
organizaciones de vecinos para la defensa y protección
del patrimonio ambiental y los recursos naturales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS,
COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primero.- Aprobar la Ordenanza Municipal de la
creación de la Política Ambiental Local del distrito de
Carabayllo; dispositivo legal que está compuesta por
IV Títulos, 10 artículos y 05 disposiciones transitorias y
f‌i nales.
Segunda.- Gestionar la implementación participativa
de la Política Ambiental aprobados por la presente
Ordenanza, por parte de la Municipalidad Distrital de
Carabayllo, las Instituciones Públicas y Privadas y
organizaciones de la sociedad civil, sobre la base de una
gestión ambiental compartida.
Tercero.- Dispóngase comunicar al Ministerio del
Ambiente (MINAM) como autoridad rectora de la Política
Ambiental del Estado, a la Comisión Ambiental Regional
Lima (CAR Lima), así como a las diversas entidades
públicas y privadas de la presente Ordenanza, para su
conocimiento y f‌i nes de Ley competente, así como a la
Municipalidad de Lima Metropolitana.
Cuarta.- Encargar a la Of‌i cina de Secretaria General,
la publicación de la presente Ordenanza en el Diario
Of‌i cial El Peruano, así como remitirla a las instancias
competentes en materia ambiental del distrito de
Carabayllo; asimismo encárguese a la Subgerencia de
Informática la publicación de la misma en la Página Web
de la Municipalidad,
Quinta.- Deróguense y modifíquense, en su caso,
todas las normas municipales que se opongan a la
presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
741691-1
Disponen celebración de Matrimonios
Civiles Comunitarios durante el año
2012
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2012-A/MDC
Carabayllo, 03 de Enero de 2012
VISTO: El Informe N° 002-2012-SG/MC, de fecha 03
de Enero del 2,012, emitido por Secretaría General, y en
cumplimiento de su Plan de Acción para el presente año,
en lo que corresponde a la Celebración de los Matrimonios
Civiles Comunitarios, programados por días festivos
durante el año 2,012; y,
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo primordial de la presente Gestión
Municipal propiciar las bases sólidas de formación de
la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y
protección como célula básica de la sociedad en armonía
a nuestro ordenamiento jurídico;
Que, es labor funcional administrativa, crear medios
para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y
protección de la familia, que el marco jurídico exige;
Que, en armonía a lo consagrado por el Art. 4° de la
Constitución Política, es obligación del Estado promover
y proteger a la familia por ser Instituciones Naturales y
fundamentales de la sociedad;
Que, con ocasión de celebrarse los días festivos en el
distrito de Carabayllo, se ha programado la realización de
diversas actividades para desarrollarse conforme al Plan
Operativo Institucional de la Municipalidad dentro de las
cuales se ha programado desarrollar cinco Matrimonios
Civiles Comunitarios al margen de los que pudieran
solicitar las organizaciones vecinales y/o sociales de base
acorde con la celebración de sus Aniversarios durante el
presente año;
Que, para la realización de los Matrimonios Civiles
Comunitarios, es necesario dar las facilidades del caso
a los contrayentes que en su mayoría por la carencia
de recursos económicos y/o falta de presentación de
documentos oportunamente no han formalizado su unión,
por lo que se les debe dispensar de ser el caso de la
publicación de los edictos matrimoniales que pudieran
solicitarse en su oportunidad, a tenor de lo dispuesto en el
Que, mediante ORDENANZA MUNICIPAL Nº 192-A/
MDC de fecha 19 de febrero del 2010, se estableció que en
el Matrimonio Comunitario los contrayentes abonen como
pago por pliego matrimonial y Derecho de Ceremonia, el
importe de CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/.50.00).
En uso de las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972, y el Art. 252° del
Código Civil, con el visto de Secretaria General, Gerencia
de Asuntos Jurídicos y Gerencia Municipal, y;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- CELEBRAR los Matrimonios
Civiles Comunitarios, a realizarse por días festivos en
los diversos sectores del distrito durante el año 2012,
conforme a continuación se detalla:
Primer Matrimonio: 18 de Febrero “Por el 50 Aniversario
– Bodas de Oro de “La
Flor” y en el Mes del
Amor y la Amistad”
Segundo Matrimonio: 12 de Mayo “Por el Día de La Madre”
Tercer Matrimonio 23 de Junio “Por el Aniversario del
Distrito”

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