Alcaldes y presidentes regionales ya no podrán postular a reelección inmediata

Por jorge saldaña RamírezLos presidentes y vicepresidentes regionales y alcaldes provinciales y distritales ya no podrán postular a la reelección inmediata. Esta es la consecuencia de la segunda votación (realizada ayer) a favor de la reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política.La segunda votación tuvo este resultado: 93 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones. La primera votación se realizó el 23 de octubre del año pasado y la reforma tuvo un respaldo de 97 legisladores.Antes de la segunda votación el legislador Luis Iberico (Alianza para el Progreso) intentó que se debata nuevamente el tema en el hemiciclo.Sin embargo, la presidenta del Parlamento, Ana María Solórzano, negó esta posibilidad. Y aludió a que la Junta de Portavoces (en la que tienen asiento los representantes de las nueve bancadas) resolvió que no habría ninguna discusión previa.Tras la votación, la titular del Poder Legislativo agradeció a sus colegas por acompañar con sus votos esta reforma constitucional que implica también otras dos novedades políticas.La primera: que los presidentes regionales se denominarán ?de ahora en adelante? gobernadores regionales y, en segundo lugar, estos estarán obligados a concurrir al Congreso de la República cuando este lo requiera de acuerdo a la ley y al reglamento del Parlamento ?bajo responsabilidad?.Al final de la votación, Iberico advirtió que la imposibilidad de reelegirse perjudicará a los buenos alcaldes y presidentes regionales que hacen una buena gestión.Y expresó sus dudas de que con esta enmienda constitucional se acaben los casos de corrupción que se han producido en varios gobiernos regionales y edilicios.¿Es una buena reforma?Para Carlos Meléndez, analista y profesor de Ciencias Políticas, esta reforma constitucional es inocua, pues los resultados electorales del 2006, 2010 y 2014 revelan que la tasa de reelección regional ha ido disminuyendo.?Es la peor de todas las decisiones. De hecho, no es una reforma, sino una contrarreforma. Es un ejemplo de cómo no se deben hacer reformas en el Perú?, dijo Meléndez en comunicación con El Comercio.En tal sentido, manifestó que esta prohibición vulnera la posibilidad de afianzamiento de construcción de liderazgos...

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