ACUERDO Nº 001-2008-MPP./A - Autorizan viaje del Alcalde para participar en pasantía a realizarse en España

Fecha de publicación30 Septiembre 2008
Fecha de disposición30 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 30 de setiembre de 2008 380595
la instalación domiciliaria de agua y desagüe” como
Derecho de Pago la suma de S/. 100.00 nuevos soles,
por lo que resulta necesario disminuir dicho monto, a
f‌i n de dar cumplimiento al Decreto Legislativo Nº 1014,
publicado en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 18 de mayo
de 2008, estableciendo en su Artículo 4º que “los montos
por derecho de tramitación para los procedimientos
administrativos de acceso o conexión domiciliaria para
los usuarios y operadores de los servicios públicos, no
podrán ser mayores al 1% (uno por ciento) de la Unidad
Impositiva Tributaria (UIT) vigente”;
Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es
f‌i jada por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante
Decreto Supremo, al amparo de lo dispuesto en la Norma
XV del Título Preliminar del Código Tributario;
Que, es necesario realizar las modif‌i caciones
pertinentes y aprobarla de acuerdo con el numeral 5) del
Artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo
General;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por el inciso 6) del Artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, y;
Con el Visto Bueno del Gerente de Planif‌i cación y
Presupuesto, Gerente de Asuntos Jurídicos y del Gerente
Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- Eliminar el Requisito y Derecho de
Pago vinculado al mismo del procedimiento referido en la
Ordenanza Nº 262-C/MC, como a continuación se indica:
Procedimiento-Ordenanza
Nº 262-C/MC Requisito Derecho de Pago
(Nuevos Soles)
3.23
Autorización para la ubicación
de anuncios, avisos o elementos
publicitarios
5.e. Renovación de
la Autorización 75.00
Artículo Segundo.- Modif‌i car el Derecho de Pago del
procedimiento referido en la Ordenanza Nº 262-C/MC,
como a continuación se señala:
Procedimiento-Ordenanza Nº 262-C/MC /
Requisito Derecho de Pago
(Nuevos Soles)
3.02 Autorización para la instalación domiciliaria de agua y
desagüe / Derecho de Trámite 35.00
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General y
Subgerencia de Informática y Estadística la actualización
automática de la UIT en el TUPA aprobado mediante
Ordenanza Nº 262, según las normas legales vigentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
257614-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 118 , que regula procedimientos
referentes al beneficio de inscripción
masiva gratuita de Declaración Jurada
de Impuesto Predial y Regularización
de Edificaciones
DECRETO DE ALCALDÍA N° 026
San Juan de Lurigancho, 25 de setiembre del 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO el Informe Nº 0316-2008-GR/MDSJL, de fecha
16 de setiembre de 2008, emitido por la Gerencia de
Rentas; y
CONSIDERANDO:
Estado modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local
y tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el
órgano ejecutivo de la Municipalidad;
Que, mediante Ordenanza N° 118 publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 26 de Julio de 2007, se aprobó
el Benef‌i cio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración
Jurada de Impuesto Predial y Regularización de Edif‌i caciones
en el distrito de San Juan de Lurigancho, por medio del cual
se establecieron una serie de disposiciones con la f‌i nalidad
de incentivar el pago de obligaciones vencidas por parte de
los contribuyentes de nuestro distrito;
Que, en la Cuarta Disposición Final de la mencionada
Ordenanza, se faculta al señor Alcalde, para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias y/o prórroga para la adecuada aplicación
de la indicada norma legal;
Que, mediante Informe Nº 0316-2008-GR/MDSJL de
fecha 16 de setiembre de 2008 emitido por la Gerencia de
Rentas se informa que estando por vencer la fecha de vigencia
del Benef‌i cio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración
Jurada de Impuesto Predial y Regularización de Edif‌i caciones
establecido en la Ordenanza N° 118 y prorrogado mediante
Decreto de Alcaldía Nº 029 hasta el 29 de febrero del presente
año, por el Decreto de Alcaldía Nº 006 hasta el 30 de junio
del 2008, así como por el Decreto de Alcaldía Nº 020 hasta
el 30 de setiembre del 2008; y teniendo en cuenta que
muchos de los contribuyentes de nuestro Distrito aún no
han tenido la oportunidad de cumplir con sus obligaciones
tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta
el 31 de diciembre de 2008;
Estando a lo antes expuesto, con la opinión
favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según
Informe Nº 552-2008-GAJ/MDSJL, y de conformidad con
lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- Ampliar, hasta el 31 de diciembre
del 2008, la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza
Nº 118 del 20 de julio del 2007, por el cual se regulan
los Procedimientos referentes al benef‌i cio de inscripción
masiva gratuita de Declaración Jurada de Impuesto
Predial y Regularización de Edif‌i caciones.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas
el cumplimiento del presente decreto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA
Alcalde
258365-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PICOTA
Autorizan viaje del Alcalde para
participar en pasantía a realizarse en
España
ACUERDO MUNICIPAL
Nº 001-2008-MPP./A
Picota, 10 de Setiembre del 2008.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR