ORDENANZA Nº 1445 - Aprueban ajuste del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente a los distritos de Comas y Carabayllo

Fecha de publicación22 Octubre 2010
Fecha de disposición22 Octubre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 22 de octubre de 2010
428002
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban ajuste del Sistema Vial
Metropolitano, correspondiente a los
distritos de Comas y Carabayllo
ORDENANZA N°1445
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA;
ENCARGADO DE LA ALCALDIA
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14
de octubre del 2010, el Dictamen Nº 160-2010-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL AJUSTE DEL SISTEMA VIAL
METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE A LOS
DISTRITOS DE COMAS Y CARABAYLLO
Artículo Primero.- Aprobar la Propuesta de Ordenanza
de Ajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia,
modif‌i car el Plano del Sistema Vial Metropolitano y el
Anexo 2 de la Ordenanza N° 341-MML, en lo que respecta
al Reajuste de la Sección Vial Normativa de la Vía Arterial
denominada Av. Túpac Amaru, a 35.00 ml. en los Tramos:
El Maestro – San Martín y Santa Cruz - Periurbana; a
44.00 ml. en los Tramos: San Martín – Jamaica, Retamas
– San Pedro de Carabayllo, José Gálvez – Miraf‌l ores y
Los Geranios – Grau; a 48.00 ml. en el Tramo: Jamaica
– Retamas; a 50.00 ml. en el Tramo: San Pedro de
Carabayllo – Chimpu Ocllo; a 58.00 ml. – 60.00 ml. en el
Tramo: Grau – Samanez Ocampo; a 60.00 ml. en el Tramo:
Chimpu Ocllo – José Gálvez; a 50.00 ml. – 80.00 ml. en el
Tramo: Miraf‌l ores – Los Geranios; y a 60.00 ml. – 70.00
ml., en el Tramo: Samanez Ocampo – Santa Cruz, de los
Distritos de Comas y Carabayllo, Provincia y Departamento
de Lima, de conformidad con las Láminas Nos. 01, 02, 03,
04, 05, 06 y 07 que como Anexo forman parte integrante
de la presente Ordenanza, las cuales serán publicadas en
el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de
Lima. (www.munlima.gob.pe):
Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de
Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima
efectuará las modif‌i caciones necesarias del Plano del
Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales
Normativas, de acuerdo a la modif‌i cación aprobada en
el Artículo Primero.
Artículo Tercero.- Las entidades competentes de la
Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades
Distritales de Comas y Carabayllo, efectuarán el control
urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía
aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe
sobre las áreas reservadas.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima,18 de octubre de 2010
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
558111-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Prorrogan Amnistía Tributaria y
Administrativa aprobada por Ordenanza
Nº 244-MDS
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2010-MDS
Surquillo, 30 de setiembre de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SURQUILLO;
VISTO, el Informe N° 1474-10-SGAT-GR-MDS de
fecha 30 de setiembre de 2010 de la Sub Gerencia de
Administración Tributaria, con el V° B° de la Gerencia de
Rentas relativo a la prórroga de la fecha de vencimiento
de la Amnistía Tributaria y Administrativa con ocasión del
61º Aniversario del Distrito; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 244-MDS se estableció
una Amnistía Tributaria y Administrativa para los
contribuyentes del distrito de Surquillo con ocasión del
Sexagésimo Primer Aniversario de Surquillo aplicable a
los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias y
administrativas generadas hasta la vigencia de la presente
Ordenanza, estableciéndose como fecha de término el
31 de Julio de 2010, la cual fuera prorrogada hasta el
15 de agosto de 2010 por virtud del Decreto de Alcaldía
Nº 005-2010-MDS; prorrogada hasta el 31de agosto de
2010 por Decreto de Alcaldía N° 006-2010-MDS;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 007-2010-MDS
de fecha 31.AGO.2010 se prorroga la amnistía tributaria
y administrativa hasta el 15 de setiembre de 2010; y con
Decreto de Alcaldía N° 008-2010-MDS se prorrogó la
misma hasta el 30 de setiembre de 2010;
Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la
Ordenanza citada permite al Alcalde para que, mediante
Decreto de Alcaldía, prorrogue los plazos de aplicación de
los benef‌i cios de la amnistía tributaria y administrativa;
Que, en atención al Informe de Visto, resulta
conveniente seguir brindando las facilidades expuestas
en la precitada Ordenanza y posterior Decreto de Alcaldía,
ante la respuesta positiva de los vecinos en cuanto a su
acogimiento para el pago de sus obligaciones tributarias
y administrativas, disponiéndose la prórroga de la
Amnistía, con arreglo a las facultades contenidas en la
Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza
Nº 244-MDS;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de
Municipalidades;
DECRETA:
PRORROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA
Y ADMINISTRATIVA CON OCASIÓN DEL 61º
ANIVERSARIO DEL DISTRITO
Artículo Único.- Objeto de la norma:
PRORRÓGUESE hasta el 31 de octubre de 2010 la fecha
de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa
con ocasión del 61º Aniversario del Distrito aprobada por
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GUSTAVO SIERRA ORTIZ
Alcalde
557961-1

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