1509 69-2003 - Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna la apertura de oficinas en las provincias de Ilo y Mariscal Nieto, departamento de Moquegua

Fecha de publicación16 Marzo 2003
Fecha de disposición16 Marzo 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 16 de marzo de 2003
rección de la Defensoría del Pueblo, el que cuenta con la
provisión presupuestal correspondiente, siendo nece-
sario designar a su titular;
Que, asimismo, para asegurar la continuidad del ser-
vicio es necesario encomendar al Asesor II de los Órga-
nos de Dirección las funciones del titular de la Adjuntía
para la Administración Estatal de la Defensoría del Pue-
blo, en tanto se designe a su titular mediante el corres-
pondiente concurso público de ley;
Con los visados del Jefe de la Oficina de Asesoría
Jurídica y del Jefe de la Oficina de Administración y
Finanzas;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni-
ca de la Defensoría del Pueblo, por la Resolución Defen-
sorial Nº 66-2000/DP y en concordancia con lo dispues-
to por la Ley Nº 27594 y de conformidad con lo dispuesto
por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2003, Ley Nº 27879 y el artículo 7º literales d) y l)
del Reglamento de Organización y Funciones de la De-
fensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defen-
sorial Nº 12-2001/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, al señor doctor Chris-
tian Rómulo Martín SÁNCHEZ REYES, en el Cargo Di-
rectivo - Asesor II de los Órganos de Dirección de la
Defensoría del Pueblo, con Categoría y Nivel D7, en la
Plaza Nº 225, a partir del 1 de marzo del 2003.
Artículo Segundo.- ENCOMENDAR las funciones
del titular de la Adjuntía para la Administración Estatal de
la Defensoría del Pueblo, al asesor a que se refiere el
artículo anterior hasta la designación de su titular.
Artículo Tercero.- La remuneración a percibir por el
funcionario mencionado en el artículo primero es la esta-
blecida en la Escala de Remuneraciones de la Defensoría
del Pueblo y por las disposiciones que resulten aplicables.
Artículo Cuarto.- El egreso que origine el cumpli-
miento de la presente resolución se afectará a las asig-
naciones específicas correspondientes del Presupues-
to Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBÁN PERALTA
Defensor del Pueblo en Funciones
05070
J N E
Convocan a candidato proclamado para
que asuma el cargo de Alcalde del Con-
cejo Distrital de Huacllán, provincia
de Aija RESOLUCIÓN Nº 083-2003-JNE
Expediente Nº 486-2003-Vacancia
Lima, 14 de marzo de 2003
Vista la solicitud presentada el 14 de marzo de 2003
por el señor Elías Rosales Oncoy, Teniente Alcalde del
Concejo Distrital de Huacllán, provincia de Aija, depar-
tamento de Ancash, comunicando el fallecimiento de don
Samuel Eduardo Soria Milla, quien fuera Alcalde de dicha
comuna, y solicitando se expida el pronunciamiento co-
rrespondiente a la vacancia del citado cargo;
CONSIDERANDO:
Que con la copia certificada del Acta de Defunción
extendida por la Municipalidad Distrital de Independen-
cia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, co-
rriente a fojas 2, se acredita que el ciudadano Samuel
Eduardo Soria Milla falleció el 27 de febrero de 2003;
Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 003-2003-
MDH/A de 4 de marzo de 2003, de fojas 4, se declaró la
vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de
Huacllán por fallecimiento del titular, Samuel Eduardo Soria
Milla, en virtud del acuerdo adoptado en la fecha por
dicha corporación edil;
Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo
establece el artículo 61º del Código Civil, por lo que, el
cargo municipal que ocupaba don Samuel Eduardo So-
ria Milla ha quedado vacante, y debe ser cubierto con
arreglo a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 28º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que
dispone que, en los casos de vacancia, reemplaza al
Alcalde el Teniente Alcalde, que es el regidor hábil que le
sigue en su propia lista electoral, en este caso, de la
organización política local Frente Democrático Ama Sua,
correspondiendo llamar a don Elías Roberto Rosales
Oncoy para ejercer dicho cargo; y para completar el
número de Regidores del Concejo, deberá aplicarse lo
dispuesto por el numeral 2) del mismo artículo, concor-
dante con el artículo 35º de la Ley de Elecciones Munici-
pales Nº 26486, que establece que para cubrir las va-
cantes que se produzcan en los Concejos Municipales
se incorpora al candidato suplente de la misma lista elec-
toral, correspondiendo convocar al ciudadano Pedro
Fausto Rapray Fabián, de acuerdo con la lista de candi-
datos remitida por el Jurado Electoral Especial de Re-
cuay con motivo de las Elecciones Regionales y Municipa-
les del año 2002;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus
atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Llamar a don Elías Roberto Ro-
sales Oncoy, para que asuma el cargo de Alcalde del
Concejo Distrital de Huacllán, provincia de Aija, depar-
tamento de Ancash, en el período de gobierno municipal
2003 - 2006; otorgándosele la credencial que lo acredite
como tal.
Artículo Segundo.- Convocar al ciudadano Pedro
Fausto Rapray Fabián, candidato no proclamado de la
organización política local Frente Democrático Ama Sua
para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distri-
tal de Huacllán, provincia de Aija, departamento de An-
cash, en el período de gobierno municipal 2003 - 2006;
disponiendo se le otorgue la respectiva credencial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.:
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
ROMERO ZAVALA
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
05091
SBS
Autorizan a la Caja Municipal de Aho-
rro y Crédito Tacna la apertura de ofi-
cinas en las provincias de Ilo y Maris-
cal Nieto, departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN SBS Nº 69-2003
Lima, 17 de enero de 2003
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho-
rro y Crédito Tacna, para que se le autorice la apertura
de una Agencia en Ilo ubicada en la calle Abato Nº 443,
distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; y
una Oficina Especial en Moquegua ubicada en la calle
Moquegua Nº 814, distrito de Moquegua, provincia de
Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; y,
CONSIDERANDO:
Que la referida empresa ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que justifica las aperturas
solicitadas;

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