1068 2070-2003 DE/FAP-CP 2071-2003 DE/FAP-CP - Nombran Agregados Aéreos a las Embajadas del Perú en Brasil y Argentina

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2003
Pág. 258279
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de diciembre de 2003
DEFENSA
Nombran a personal FAP para que pres-
ten servicios en la agregaduría aérea a
la Embajada del Perú en EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 2069-2003-DE/FAP-CP
Lima, 12 de diciembre de 2003
CONSIDERANDO:
Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso
f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomen-
tar la implementación de políticas y acuerdos internacio-
nales, destinados a garantizar la defensa regional y segu-
ridad hemisférica;
Que, la concepción contemporánea de seguridad y de-
fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-
tica exterior, en el contexto de sistemas de seguridad co-
lectiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en
el ámbito hemisférico;
Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal
del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-
mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera-
les destinados a garantizar la defensa regional y la seguri-
dad hemisférica;
Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer-
zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus
actividades en el marco del accionar conjunto e interope-
rativo, en observancia de los estándares internacionales
en la misión constitucional conferida a estos cuerpos de
seguridad;
Que, en atención a los lineamientos que en materia
militar han sido diseñados por la Organización de las Na-
ciones Unidas y la Organización de Estados Americanos,
reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense,
la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad
Hemisférica de la OEA;
Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees-
tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado
por Resolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capí-
tulo relacionado a “Aspectos de Política Exterior en rela-
ción a la Defensa Nacional“ en el que se hace referencia
entre otros a la importancia de un sistema colectivo de se-
guridad regional;
Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de
Misión y actúan como asesores de éste, en toda negocia-
ción y gestión que competa a su especialización, debiendo
cumplir además las instrucciones que les impartan, entre
las que deben destacarse las señaladas en los conside-
randos precedentes;
Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al
Personal Militar de la Fuerza Aérea del Perú, para que pres-
te servicios en la Agregaduría Aérea a la Embajada del
Perú en los Estados Unidos de América;
Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4
de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG
de fecha 21 de junio de 2001 y la Resolución Ministerial Nº
1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-
lan los conceptos que se abonan al personal militar y civil
de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Misión
Diplomática;
Estando a lo opinado por el Comandante General de la
Fuerza Aérea;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde-
nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Coronel FAP
PULGAR SILMAN Javier Ernesto NSA 0-93151 y al Co-
mandante FAP ALVIZURI GARCÍA NARANJO José Miguel
NSA 0-94273 para que presten servicios como Adjuntos al
Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados
Unidos de América, Oficina Logística en Miami, del 1 de
enero al 31 de diciembre del 2004.
Artículo 2º.- Nombrar al Técnico Inspector FAP TÁVA-
RA CASTILLO José Isaías NSA S-601155 como Auxiliar
del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en los Esta-
dos Unidos de América, Oficina Logística en Miami, del 1
de enero al 31 de diciembre del 2004.
Artículo 3º.- El citado Personal pasará lista de revista
a órdenes del Comando de Personal de la Fuerza Aérea,
por el período que dure la Misión.
Artículo 4º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea
del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones ade-
cuadas para el cumplimiento de la misión encomendada,
de acuerdo a la normatividad legal vigente.
Artículo 5º.- El Comandante General de la Fuerza
Aérea, queda facultado para variar la fecha de inicio y
término de la Misión, sin exceder el período total esta-
blecido.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
24026
Nombran Agregados Aéreos a las Em-
bajadas del Perú en Brasil y Argentina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 2070-2003-DE/FAP-CP
Lima, 12 de diciembre de 2003
CONSIDERANDO:
Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso
f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomen-
tar la implementación de políticas y acuerdos internacio-
nales, destinados a garantizar la defensa regional y segu-
ridad hemisférica;
Que, la concepción contemporánea de seguridad y de-
fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-
tica exterior, en el contexto de sistemas de seguridad co-
lectiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en
el ámbito hemisférico;
Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal
del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-
mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera-
les destinados a garantizar la defensa regional y la seguri-
dad hemisférica;
Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer-
zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus
actividades en el marco del accionar conjunto e interope-
rativo, en observancia de los estándares internacionales
en la misión constitucional conferida a estos cuerpos de
seguridad;
Que, en atención a los lineamientos que en materia
militar han sido diseñados por la Organización de las Na-
ciones Unidas y la Organización de Estados Americanos,
reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense,
la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad
Hemisférica de la OEA;
Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees-
tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado
por Resolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capí-
tulo relacionado a “Aspectos de Política Exterior en rela-
ción a la Defensa Nacional“ en el que se hace referencia
entre otros a la importancia de un sistema colectivo de se-
guridad regional;
Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de
Misión y actúan como asesores de éste, en toda negocia-
ción y gestión que competa a su especialización, debiendo
cumplir además las instrucciones que les impartan, entre
las que deben destacarse las señaladas en los conside-
randos precedentes;
Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al
Personal Militar de la Fuerza Aérea del Perú, para que pres-
te servicios en la Agregaduría Aérea a la Embajada del
Perú en la República Federativa del Brasil;
Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4
de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG
de fecha 21 de junio de 2001 y la Resolución Ministerial

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