Agenda legislativa en suspenso

Por Instituto peruano de economía (ipe)

En la jornada electoral de ayer se eligió a los congresistas que estarán en el hemiciclo hasta julio del 2021. En marzo, cuando asuman sus funciones y se haya establecido la presidencia, uno de los primeros debates que enfrentarán será qué hacer con los proyectos de ley (PL) que quedaron pendientes de aprobación hasta el 30 de setiembre del 2019. El Ejecutivo ya se adelantó a lanzar algunas de estas iniciativas vía decreto de urgencia (DU), pero hay otras que quedan en el tintero.En años de cambio de gobierno, cuando el nuevo Legislativo comienza su trabajo, se parte desde cero. Así, las iniciativas que quedaron sin aprobarse al 27 de julio del año se archivan. El 28 de julio cada cinco años se hace ?borrón y cuenta nueva?.Sin embargo, este año la coyuntura del cambio de Congreso es distinta y cabe la posibilidad de que se retome por lo menos parte de la agenda que quedó en suspenso tras la disolución del Parlamento, comenta José Élice, excandidato al Congreso y especialista en derecho parlamentario. Por un lado, tener nuevos parlamentarios ?explica? abre la puerta a comenzar desde cero; por otro, el que este período legislativo sea parte del lapso 2016-2021 permite pensar qué se podría retomar desde lo que quedó pendiente en setiembre.Ningún reglamento o normativa vigente tiene contemplado un caso de excepción como este, señala Élice. Desde su óptica, ambas opciones serían factibles en ausencia de normas explícitas. En ese sentido, la ruta por seguir será la que logre un consenso político entre los nuevos congresistas, que podrían tomar parte o nada de la agenda anterior.?Iniciativasen ?stand-by??En el período legislativo 2018-2019, en las comisiones de Economía y Trabajo, se aprobaron dictámenes de 37 PL que quedaron a la espera de ser debatidos en el pleno. Los temas más tratados fueron: sistema tributario (10 iniciativas), sistema de salud (seis) y sistema de pensiones (cuatro).Entre los proyectos vinculados al sistema tributario, destacan las iniciativas para el cobro de facturas emitidas por las microempresas y pequeñas empresas (mypes). Estas buscaban que, como máximo, la cobranza se dé en 30 días calendario desde la recepción de la factura y, en casos de excepción, un plazo no mayor a 60 días. Esto se determinó sobre la base de experiencias de otros países, donde el plazo promedio de pago es 34 días.Precisamente, en esa línea, la semana pasada el MEF publicó ya un DU que facilita el...

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