Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2005

Fecha de publicación21 Febrero 2005
Fecha de disposición21 Febrero 2005
Pág. 287652
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de febrero de 2005
inciso "c" del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF - Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal;
Que, el artículo 176º numeral 1 del Decreto Supremo
Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributa-
rio, determina las infracciones por la falta de presentación
de las declaraciones que contengan la determinación de la
deuda tributaria dentro de los plazos establecidos; infrac-
ciones que han sido consignadas en el Artículo 5º de la
Ordenanza Nº 314-MSB, inclusión que no es necesaria,
toda vez que el Código Tributario regula esta materia, en
consecuencia es conveniente su derogatoria;
Con las facultades conferidas por el artículo 9º de la
dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo
Municipal por Unanimidad, aprobó la siguiente:
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA
Nº 314-MSB QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN
DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA
MASIVA DEL IMPUESTO PREDIAL EN
EL DISTRITO DE SAN BORJA
Artículo Único.- Deróguese el artículo 5º de la Orde-
nanza Nº 314-MSB.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Alcalde
03944
Precisan alcances de la Ordenanza
318-MSB
ORDENANZA Nº 329-MSB
San Borja, 15 de febrero de 2005
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA
POR CUANTO:
Visto; en la IV-2005 Sesión Ordinaria Concejo de fecha
15.2.2005, el Dictamen Nº 008-2005-MSB-CER y Dicta-
men Nº 015-2005-MSB-CAL de la Comisión de Economía y
Rentas y Comisión de Asuntos Legales, respectivamente;
así como las consideraciones expuestas en el Pleno del
Concejo.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgáni-
ca de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobier-
nos locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 318-MSB publicada en el
Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de diciembre de 2004
se aprobó el Programa de Incentivos Tributarios "Cumple
Más y Paga Menos" el que otorgó a los contribuyentes la
oportunidad de regularizar su deuda tributaria pendiente
con las mayores facilidades, inclusive permitió descontar
parte de su deuda tributaria;
Que, es necesario precisar los beneficios que se descri-
ben en el segundo párrafo del Artículo 6º; segundo y tercer
párrafo del Artículo 7º y segundo párrafo del Artículo 8º de
la Ordenanza Nº 318-MSB, para una mejor comprensión e
interpretación de la norma, así como para una mayor faci-
lidad de los contribuyentes que se acojan;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972, y con dispensa del trámite de aprobación de
Actas, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA QUE PRECISA LOS ALCANCES
DE LA ORDENANZA Nº 318-MSB
Artículo 1º.- PRECISIÓN
Precísese los alcances de los beneficios señalados en
el segundo párrafo del Artículo 6º; en el segundo y tercer
párrafo del Artículo 7º y en el segundo párrafo del Artículo
8º de la Ordenanza Nº 318-MDB en los términos siguien-
tes:
Artículo 6º, segundo párrafo.- "Los "Contribuyentes
Puntuales del 2004" podrán cancelar sus deudas genera-
das hasta el 31 de diciembre del 2003 con los beneficios
establecidos en el Artículo 9º de la presente Ordenanza,
hasta el último día hábil del 2005".
Artículo 7º, segundo párrafo.- "Los contribuyentes
mencionados en el presente artículo podrán cancelar sus
deudas generadas hasta el 31 de diciembre del 2003 con
los beneficios establecidos en el Artículo 9º de la presente
Ordenanza, si cumplieran con cancelar previamente su cuota
correspondiente del Impuesto Predial 2005 antes de la
fecha de vencimiento de la misma. La vigencia del benefi-
cio se extenderá hasta la nueva fecha de vencimiento de
arbitrios, fecha en que se verificará el cumplimiento de
pago de la cuota correspondiente del Impuesto Predial".
Artículo 7º, tercer párrafo.- "Los contribuyentes mencio-
nados en el presente artículo, si optasen con cancelar la
totalidad de cuotas correspondientes al Impuesto Predial
2005 en el transcurso del referido ejercicio fiscal, obten-
drán los beneficios de descuentos de años anteriores es-
tablecidos en el Artículo 9º de la presente Ordenanza,
hasta el último día hábil del ejercicio 2005"
Artículo 8º, segundo párrafo.- "Los contribuyentes
mencionados en el presente artículo podrán cancelar sus
deudas de años anteriores con los beneficios establecidos
en el Artículo 9º de la presente Ordenanza, si cumplieran
con cancelar previamente su cuota correspondiente al
Impuesto Predial 2005. Los pagos sobre sus deudas ante-
riores los podrán realizar hasta la fecha de vencimiento del
siguiente período de arbitrios"
Artículo 2º.- CUMPLIMIENTO
Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a
la Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Rentas,
Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planea-
miento Estratégico y Gerencia de Participación Vecinal, en
cuanto sea de su competencia.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Alcalde
03945
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE YUNGUYO
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones para el Ejercicio
Presupuestal 2005
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 007-2005-MPY/A
Yunguyo, veintiuno de enero del año dos mil cinco.
VISTOS:
La Carta Nº 003-2005-SGA/MPY, emitido por la Subge-
rencia de Administración, mediante el cual remite el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipali-
dad Provincial de Yunguyo, correspondiente al ejercicio
presupuestal 2005 para su aprobación; y,
CONSIDERANDO:
Que, los procesos de adquisición y contratación de
los gobiernos locales se rigen por las disposiciones

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