1067 024-2002-MSI - Disponen adoptar medidas para brindar medios de defensa en casos de denuncias penales o acciones civiles interpuestas contra alcalde, regidores y funcionarios municipales

Fecha de disposición23 Mayo 2002
Fecha de publicación23 Mayo 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 23 de mayo de 2002
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO
RUTAS SIN SERVICIO CULMINADO LOS PROCESOS
DE AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL 2001
RUTAS EMPRESAS
1NM26 E.T. MIGUEL GRAU S.A.
2NO20 E.T. HUAROS S.A.
3ECR04 A.T.C.R.
4ECR07 E.T.S. NUEVO HORIZONTE S.A.
5ECR09 E.T. ESPECIAL SOLIDARIDAD S.A.
6EM31 E.T.S.M. AQUARIUS EXPRESS S.A.
7EM34 E.T. ESPECIAL SOLIDARIDAD S.A.
8EO101 E.T. SANTA CATALINA S.A.
9NCR24 E.T. S. 16 DE JULIO S.A.
10 NM08 E.T. PUENTE PIEDRA S.A.
11 NO08 E.T.S. MULTIPLES SATELITE S.A.
12 NO31 E.T. ESPECIAL SOLIDARIDAD S.A.
13 OM05 E.T.INTERNACIONAL PAMELA S.A.
14 SM11 E.T EL TRIUNFO S.A.
15 SM31 E.S.T. JOSE OLAYA S.A.
16 ECR06 E.T. 12 DE ENERO S.A.
17 EO107 E.T. Y SERV. 45 S.A.
18 EO65 E.T.S.R. RAMIRO PRIALE PRIALE S.A.
19 NCR06 E.T. COMERC. E IMPORTADORA S.A.
20 NM47 TRANSLIMA S.A.
21 NO61 E.T.S. 22 DE OCT. LADERAS DE CHILLON S.A.
22 OO20 E.T. 10 DE OCTUBRE S.A.
23 SCR18 E.T PUENTE DE LURIN S.A.
24 SO12A E.T. URBANO LOS CHINOS S.A.
25 IO81 E. SANTISIMA VIRGEN DEL CARMEN S.A.
26 IO70 E.T. UNIDOS SN MARTIN DE PORRES S.A.
27 IO71 PROMOCION Y GESTION DE NEGOCIOS S.A.
9129
Ratifican la Ordenanza Nº 29 de la
Municipalidad Distrital de Santa María
del Mar que regula los arbitrios de Lim-
pieza Pública, Parques y Jardines Pú-
blicos y Serenazgo para el año 2002
ACUERDO DE CONCEJO Nº 114
Lima, 18 de abril de 2002
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud
formulada por la Municipalidad Distrital de SANTA MA-
RÍA DEL MAR, mediante Oficio Nº 109-02-MSMM para
la ratificación de la Ordenanza Nº 29 que regula los Arbi-
trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y
Serenazgo para el Ejercicio 2002 en su jurisdicción;
De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Admi-
nistración Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000132-
2002-SAT/04 y Oficio Nº 00204-02-SAT/MML de la Jefatura
SAT; lo opinado por la Comisión Economía, Planificación y
Presupuesto en su Dictamen Nº 060-2002-MML/CEPP y de
acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Inte-
rior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de
Ratificación de Ordenanzas de Carácter Tributario de las Mu-
nicipalidades Distritales de la provincia de Lima; y,
ACORDÓ:
Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 29 de 8
de febrero de 2002, publicada en el Diario Oficial El Perua-
no el 3 de marzo del mismo año, de la Municipalidad Dis-
trital de SANTA MARÍA DEL MAR, que regula los Arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Sere-
nazgo para el Ejercicio 2002 en su jurisdicción.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GERMÁN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
9087
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Disponen adoptar medidas para brin-
dar medios de defensa en casos de
denuncias penales o acciones civiles
interpuestas contra alcalde, regidores
y funcionarios municipales
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 024-2002-MSI
San Isidro, 9 de mayo de 2002
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, según lo prescrito por el Artículo 194º de la Cons-
titución del Estado, las Municipalidades gozan de auto-
nomía, económica, política y administrativa en los asun-
tos de su competencia;
Que, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 109º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853,
los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno
mediante Ordenanzas, Edictos y Acuerdos y sus funcio-
nes administrativas mediante Resolución;
Que, de acuerdo a lo preceptuado por el Artículo 110º
del mismo cuerpo legal, los Acuerdos son decisiones es-
pecíficas sobre cualquier asunto de interés público, veci-
nal o institucional que expresan la opinión de la Munici-
palidad, su voluntad de practicar un determinado acto o
de sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, la Municipalidad de San Isidro como producto
de su accionar debe enfrentar acciones legales dirigidas
contra el señor Alcalde, Regidores y Funcionarios, oca-
sionando gastos por concepto de costas y costos proce-
sales, además de la caución que debe pagarse en el caso
de las denuncias penales;
Que, es necesario brindar las facilidades del caso para
que los funcionarios cuenten con todos los medios de
defensa requeridos, tratándose de denuncias que son con-
secuencia del ejercicio de la función pública;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6)
del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 23853, por UNANIMIDAD y con dispensa de trá-
mite, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero.- APROBAR que a través de la Di-
rección Municipal se adopten las medidas necesarias ten-
dentes a brindar todos los medios de defensa requeridos
para el caso de las denuncias penales y/o acciones civi-
les interpuestas contra el señor Alcalde, Regidores y/o
Funcionarios Municipales, como consecuencia del ejer-
cicio de la función pública.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que como resulta-
do del proceso que pudiera corresponder, se determinase
la existencia de dolo, negligencia punible o culpa inexcu-
sable atribuible a tales funcionarios, objeto de la denuncia
o demanda, éste deberá reembolsar la suma gastada en
su defensa, incluida la reparación civil de ser el caso.
Artículo Tercero.- DISPONER que quedan excep-
tuadas de los alcances del presente Acuerdo, las accio-
nes judiciales en las cuales la Municipalidad de San Isi-
dro partícipe en calidad de agraviada, denunciante o
demandante, así como aquellos casos en que los funcio-
narios hayan sido objeto de sanción disciplinaria por el
mismo hecho que motiva el inicio de la acción.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Ase-
soría Jurídica coordine con la Dirección Municipal todos
los aspectos relacionados con el presente Acuerdo.
POR TANTO:
Mando se dé cumplimiento al presente Acuerdo.
GASTÓN BARÚA LECAROS
Alcalde
9128

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