08 000023-2006/MDSJM - Aprueban Reglamento de Administración y Funciones del Cementerio Municipal "Señor de los Milagros"

Fecha de publicación21 Julio 2006
Fecha de disposición21 Julio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 21 de julio de 2006 324543
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CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 225, de fecha 7 de marzo
de 2006, publicada el 11 de marzo de 2006 en el Diario
Oficial El Peruano, se regula el otorgamiento de licencias de
apertura de establecimientos en el distrito de Miraflores;
Que, la séptima disposición final de la citada Ordenanza
establece que la misma entraría en vigencia a los 60 días
hábiles de publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, asimismo, la primera disposición final de dicha
Ordenanza faculta al Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias
necesarias para la adecuada aplicación de ésta;
Que, por Decreto de Alcaldía Nº 21 de fecha 2 de junio
de 2006 se prorrogó en 30 días hábiles adicionales la
entrada en vigencia de la mencionada Ordenanza Nº 225;
Que, por Memorándum Nº 127-2006/GSTI/MM, de
fecha 19 de julio de 2006, el Gerente de Sistemas y
Tecnologías de la Información, obedeciendo a un cambio
en los procedimientos inicialmente establecidos para la
ejecución de la Ordenanza, solicita una ampliación de 30
días hábiles para la puesta en marcha del módulo de
licencias de funcionamiento en la etapa de los
procedimientos vía web, y 90 días hábiles para la
implementación del resto de procedimientos; y,
Estando a lo expuesto, de conformidad con las
atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20º de
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar en 30 días hábiles la
entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 225, de fecha 7
de marzo de 2006, que regula el otorgamiento de licencias
de apertura de establecimientos en el distrito de
Miraflores, en lo que respecta a la puesta en marcha del
módulo de licencias de funcionamiento en la etapa de los
procedimientos vía web.
Artículo Segundo.- Prorrogar en 90 días hábiles la
entrada en vigencia de la Ordenanza mencionada en el
artículo precedente en lo que respecta a la
implementación del resto de procedimientos.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONA
Alcalde
00267-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Disponen el embanderamiento general
del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2006-MDPP
Puente Piedra, 6 de julio de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE PUENTE PIEDRA
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica en los asuntos de su competencia;
Que, estando próxima la celebración del 185º
Aniversario de la Proclamación de la Independencia del
Perú, se debe incentivar la participación cívica de los
vecinos de nuestro distrito, para lo cual se debe afirmar
el respeto a nuestros símbolos patrios;
Estando a las facultades conferidas en el inciso 6)
del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento
general del distrito de Puente Piedra, desde el día 15 de julio
al 1 de agosto del 2006, en conmemoración del 185º
Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza y pintado
de las fachadas de los predios públicos y privados en la
jurisdicción de Puente Piedra.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y a la Gerencia de Participación Social y
Desarrollo Humano, el cumplimiento de lo dispuesto por
el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALES
Alcalde
00204-2
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento de Administración
y Funciones del Cementerio Municipal
"Señor de Los Milagros"
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 000023-2006/MDSJM
San Juan de Miraflores, 3 de julio de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
VISTOS: El Informe Nº 0034-2006-MDSJM/GM/SGAC
de la Administración del Cementerio Municipal; Informe
Nº 619-2006-MDSJM/GM-OAJ de la Oficina de Asesoría
Jurídica; Memorando Nº 1874-2006-MDSJM/GM de la
Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, los Cementerios son aquellos lugares destinados
a la inhumación de cadáveres, y/o a la conservación de
restos humanos o cenizas de la incineración de éstos;
Que, los terrenos de la parte alta del sector de La
Rinconada de Pamplona Alta, que suman un total de 21
Hectáreas han sido definidas por la Municipalidad
Provincial de Lima como área destinada a "Cementerio"
a través de la Resolución de Alcaldía Nº 027-85-MLM-
AM de fecha 10 de enero de 1986; posteriormente nuestra
entidad edilicia por Decreto de Alcaldía Nº 00061 de fecha
22 de agosto del año 1997, ha dispuesto la Conservación,
Administración y Supervisión de este Cementerio;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley
Nº 26298 - Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, la
Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores es
propietaria y administradora del Cementerio Municipal "Señor
de los Milagros", contando a la fecha con dicha titularidad a
tenor de lo dispuesto por la Superintendencia de Bienes
Nacionales a través de la Resolución Nº 110-2005/SBN-
GO-JA de fecha 2 de diciembre del año 2005;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10º del
Decreto Supremo Nº 03-94-SA, Reglamento de la Ley
de Cementerios Nº 26298, los Cementerios deben de
contar con un Reglamento Interno, el mismo que regirá
su funcionamiento, como norma complementaria a las
disposiciones legales emitidas por el Congreso de la
República y el Ministerio de Salud;
En uso de las facultades que le confiere el numeral 6)
Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de
Administración y Funciones del Cementerio Municipal
"Señor de los Milagros" de San Juan de Miraflores, que
consta de Cinco (5) Títulos, Treintainueve (39) Artículos
y Cuatro (4) Disposiciones Complementarias y Finales
que forman parte del presente Decreto de Alcaldía.

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