03 07-2005-MSS - Aprueban Reglamento de Administración y Funciones del Cementerio Municipal

Fecha de publicación17 Junio 2005
Fecha de disposición17 Junio 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 17 de junio de 2005
llo Local, Infraestructura Urbana, Financiamiento, Transpa-
rencia, Participación Ciudadana, Empleo y Democracia, entre
otros, y el rol fundamental que la Cooperación Municipal e
Interinstitucional tienen en el cumplimiento de dichas metas;
Que, el mencionado evento contará con la participa-
ción de Alcaldes y Autoridades Locales a nivel interame-
ricano, por lo que es necesario y útil para la gestión muni-
cipal que el Alcalde asista a dicho evento internacional,
por cuanto permitirá intercambiar ideas y experiencias de
gran importancia para la consolidación de la democracia y
fortalecimiento del gobierno local;
Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en
los numerales 11) y 27) del artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972; por mayoría y con
dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Conceder licencia y autorizar el viaje
al señor Alcalde, Tadeo Anastacio Guardia Huamaní, del 19
al 29 de junio de 2005, a efectos de que asista a la Undéci-
ma Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades
Locales, a llevarse a cabo en la ciudad de Miami, Estados
Unidos de Norteamérica, en cumplimiento de la invitación
cursada por el Alcalde del condado de la referida ciudad.
Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de Alcaldía
al señor Regidor Francisco Martín Gavidia Arrascue, mien-
tras dure la ausencia del señor Alcalde, a partir del día 19
de junio al 29 de junio del 2005 y con las facultades y
atribuciones inherentes a dicho cargo.
Artículo Tercero.- El costo del presente viaje es a cuenta
exclusiva del señor Alcalde, por lo que no afecta la partida
presupuestal de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ
Alcalde
11111
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban Reglamento de Administra-
ción y Funciones del Cementerio Mu-
nicipal DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 07-2005-MSS
Santiago de Surco, 14 de junio de 2005
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
CONSIDERANDO:
Que, los cementerios son aquellos lugares destinados
a la inhumación de cadáveres, y/o a la conservación de
restos humanos o cenizas provenientes de la incineración
de éstos;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la
Ley Nº 26298 - Ley de Cementerios y Servicios Funerarios,
la Municipalidad de Santiago de Surco es propietaria y
administradora del Cementerio Municipal, contando a la
fecha con la respectiva autorización sanitaria expedida por
la Autoridad de Salud, por ello se encuentra facultada para
regular los procedimientos de los servicios funerarios que
presta, teniendo en cuenta las disposiciones establecidas
en la ley mencionada y en su respectivo reglamento apro-
bado por Decreto Supremo Nº 03-94-SA, por ende resulta
pertinente que estos procedimientos se encuentren debi-
damente establecidos dentro de un Reglamento como
norma complementaria a las disposiciones legales emitidas
por el Congreso de la República y el Ministerio de Salud;
En uso de las facultades que le confiere el numeral 6)
Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Adminis-
tración y Funciones del Cementerio Municipal de Santiago
de Surco, que consta de tres (3) títulos, veintiocho (28)
artículos y ocho (8) disposiciones complementarias y fina-
les que forman parte del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- Derogar el Decreto de Alcaldía
Nº 03-2002-MSS del 08MAY2002, su modificatoria Decreto
de Alcaldía Nº 05-2002-MSS del 08JUL2002 y toda norma
municipal que se oponga al presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General
remitir copia de la presente norma a la Autoridad Sanitaria.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Bienestar
Social y Desarrollo Humano a través de la Subgerencia de
Servicio Social y Comunitario el cumplimiento del presente
Reglamento.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y
FUNCIONES DEL CEMENTERIO MUNICIPAL
DE SANTIAGO DE SURCO
GENERALIDADES
DE LA NATURALEZA Y CONTENIDO
DEL REGLAMENTO
Artículo 1º.- El presente Reglamento es un instrumento
legal que establece los lineamientos y procedimientos téc-
nicos del Cementerio Municipal de Santiago de Surco, en
Nº 27972 y demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 2º.- El Cementerio Municipal se encuentra a
cargo de la Subgerencia de Servicio Social y Comunitario
de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano,
por lo que es responsabilidad de la misma, adoptar las
medidas pertinentes para optimizar la prestación de sus
servicios funerarios, su administración y el establecer pau-
tas para el control de su funcionamiento.
Artículo 3º.- El presente Reglamento se emite, tenien-
do como base normativa:
a) Ley Nº 26298 - Ley de Cementerios y Servicios Fune-
rarios del 22MAR94.
b) Decreto Supremo Nº 03-94-SA - Reglamento de Ce-
menterios y Servicios Funerarios del 06OCT94.
Artículo 4º.- El presente Reglamento está compuesto
de tres (3) títulos, veintiocho (28) artículos y ocho (8) dispo-
siciones complementarias y finales.
TÍTULO I
DE LA FINALIDAD Y OBJETIVO GENERAL
Artículo 5º.- El presente Reglamento tiene como finali-
dad garantizar una adecuada administración y eficiente
prestación de los servicios funerarios que brinda a la comu-
nidad el Cementerio Municipal de Santiago de Surco.
Artículo 6º.- El objetivo del presente Reglamento es
establecer los lineamientos de administración, funciones y
procedimientos necesarios para una mejor y eficaz habilita-
ción, conservación, administración y prestación de servi-
cios en el Cementerio Municipal de Santiago de Surco.
TÍTULO II
DE LOS ASPECTOS GENERALES
CAPÍTULO I
DE LA ADMINISTRACIÓN
Artículo 7º.- La administración del Cementerio Munici-
pal se encuentra a cargo de la Subgerencia de Servicio
Social y Comunitario de la Gerencia de Bienestar Social y
Desarrollo Humano.
Artículo 8º.- Son funciones de la Subgerencia de Ser-
vicio Social y Comunitario:
a) Controlar las actividades relativas al Cementerio Mu-
nicipal.
b) Controlar los servicios básicos de mantenimiento de
las áreas verdes y accesos al Cementerio Municipal.

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