Aprueban adhesión del Perú a la 'Convención de las Naciones Unidassobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías'..

Fecha de publicación22 Febrero 1999
Fecha de disposición22 Febrero 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 22 de febrero de 1999 AÑO XVII - Nº 6817 Pág. 170153
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
P C M
Aceptan y aprueban donación efectua-
da en favor del Gobierno del Perú
RESOLUCION SUPREMA
Nº 090-99-PCM
Lima, 19 de febrero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, WORLD VISION RELIEF & DEVELOPMENT
INC. de Estados Unidos de América, en gesto solidario ha
donado diversos bienes al Gobierno del Perú, Despacho
Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia
del Consejo de Ministros;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo
Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto
General a las Ventas, la importación o transferencia de
bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades
y dependencias del sector público;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla-
tivo Nº 821, Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas
modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar las donaciones efectua-
das por WORLD VISION RELIEF & DEVELOPMENT
INC. de Estados Unidos de América, en favor del Gobierno
del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en
diversos bienes que se encuentran descritos en el anexo de
la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado
de US$ 318 983 (Trescientos Dieciocho Mil Novecientos
Ochenta y Tres y 00/100 Dólares Americanos) y un peso
aproximado de 29 484 k., según Certificados de Donación
del 6 de marzo de 1998 y Conocimientos de Embarque Nºs.
MSCUNO811470 y MSCUNO811488 de Mediterranean
Shipping Company S.A. Geneva.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo precedente dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente resolución a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría
General de la República, dentro de los plazos estableci-
dos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
2469
Autorizan donación de bienes en favor
de diversas entidades estatales
RESOLUCION SUPREMA
Nº 091-99-PCM
Lima, 19 de febrero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Directorio de la Comisión de Promoción del
Perú - Promperú, en sus Sesiones Nºs. 11-98 y 12-98
celebradas el 30 de noviembre y 28 de diciembre de 1998,
respectivamente, aprobó transferir 625 bienes con un
valor neto de S/. 183,629.53 a favor de la Autoridad
Autónoma del Colca, el Centro de Formación en Turismo,
la Policía de Turismo, el Ministerio de Relaciones Exterio-
res; y el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales;
Que, los bienes materia de transferencia se contraen,
entre otros, a mobiliario de oficina, aparatos eléctricos,
aparatos portátiles, que por disposición del Decreto Legis-
lativo Nº 833 fueron transferidos a Promperú por el ex
Foptur, quien a su vez los tenía entregados en uso a las
entidades estatales mencionadas;
Que, conforme consta de las comunicaciones cursadas,
Promperú ha conciliado con cada una de ellas sobre la acepta-
ción de los bienes materia de la presente transferencia;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla-
tivo Nº 804;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la donación de 625 bienes con
un valor neto de S/. 183,629.53 a favor de la Autoridad
Autónoma del Colca, el Centro de Formación en Turismo, la
Policía de Turismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores;
y, el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego-
ciaciones Comerciales Internacionales, efectuado por la
Comisión de Promoción del Perú - Promperú, Unidad Ejecu-
tora Nº 002 del Pliego 001 Presidencia del Consejo de
Ministros, conforme consta de las comunicaciones cursa-
das, que forman parte de la presente Resolución Suprema
y según detalle siguiente:
Entidad Total Bienes Valor Neto
Autoridad Autónoma del Colca 115,667.90
Centro de Formación en Turismo 118 8,496.86
Policía de Turismo 93 1,695.74
Ministerio de Relaciones Exteriores 297 140,223.72
Ministerio de Industria, Turismo, 93 17,545.31
Integración y Negociaciones Comerciales
Internacionales
TOTAL 625 183,629.53
Artículo 2º.- Transcríbase la presente resolución a la
Contraloría General de la República, dentro de los términos
establecidos.
Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
2470
Pág. 170154
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 22 de febrero de 1999
MITINCI
Autorizan viaje de representantes del
INDECOPI para que participen en even-
tos a realizarse en Ecuador y Brasil
RESOLUCION SUPREMA
Nº 022-99-ITINCI
Lima, 19 de febrero de 1999
Vista la Carta Nº 0114-1999/GEG-INDECOPI de fecha
15 de febrero de 1999, de la Gerencia General del Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección
de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y,
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Quito-Guayaquil, Ecuador, se
llevará a cabo la reunión con funcionarios públicos del
Gobierno del Ecuador, sobre temas de propiedad intelectual
y la conferencia "Indecopi: Experiencias en el campo de la
Protección de la Propiedad Intelectual", del 24 al 26 de
febrero de 1999;
Que, la Presidenta del Directorio del INDECOPI y el
Jefe de la Oficina de Signos Distintivos han sido invitados
para participar en los eventos antes mencionados;
Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competen-
cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECO-
PI-, financiará los gastos de viáticos y el impuesto de salida;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 053-84-PCM; el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM; el
Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; el Decreto de Urgencia
Nº 025-98 y el Decreto Ley Nº 25831;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. Beatriz Boza
Dibós, Presidenta del Directorio y del Dr. Luis Alonso
García Muñoz-Nájar, Jefe de la Oficina de Signos Distinti-
vos y Jefe (e) de la Oficina de Invenciones y Nuevas
Tecnologías del Instituto Nacional de Defensa de la Compe-
tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -
INDECOPI-, a la ciudad de Quito-Guayaquil, Ecuador, del
23 al 27 de febrero de 1999, para los fines expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
del viaje referido en el Artículo 1º de la presente Resolución
Suprema, serán asumidos por el Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propie-
dad Intelectual -INDECOPI-, de acuerdo al siguiente
detalle:
Dra. Beatriz Boza
Viáticos x 3 días US$ 225,00
Tarifa Corpac US$ 25,00
----------
TOTAL US$ 250,00
Dr. Luis Alonso Muñoz-Nájar
Viáticos x 3 días US$ 225,00
Tarifa Corpac US$ 25,00
----------
TOTAL US$ 250,00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, no
libera o exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
CESAR LUNA-VICTORIA LEON
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
2471
RESOLUCION SUPREMA
Nº 023-99-ITINCI
Lima, 19 de febrero de 1999
Vista la Carta Nº 0114-1999/GEG-INDECOPI de fecha
15 de febrero de 1999, del Gerente General del Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección
de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y,
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Brasilia, Brasil, se llevará a cabo
OECD/CADE Competition Policy Case Study Seminar, del
24 al 26 de febrero de 1999;
Que, se ha considerado pertinente la participación de un
representante del INDECOPI en dicho evento;
Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competen-
cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, financiará
los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y el
impuesto de salida;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 053-84-PCM; el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM; el
Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; el Decreto de Urgencia
Nº 025-98 y el Decreto Ley Nº 25831;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Joselyn
Olaechea Flores, Secretaria Técnica de la Comisión de
Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de
la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec-
tual -INDECOPI-, a la ciudad de Brasilia, Brasil, del 23
al 27 de febrero de 1999, para los fines expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del
viaje referido en el Artículo 1º de la presente Resolución
Suprema, serán asumidos por el Instituto Nacional de De-
fensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual -INDECOPI-, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 987,66
Viáticos por 3 días US$ 600,00
Tarifa Corpac US$ 25,00
------------
TOTAL US$ 1 612,66
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, no
libera o exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
CESAR LUNA-VICTORIA LEON
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
2472
RELACIONES
EXTERIORES
Aprueban adhesión del Perú a la "Con-
vención de las Naciones Unidas sobre
los Contratos de Compraventa Interna-
cional de Mercaderías"
DECRETO SUPREMO
Nº 011-99-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la "Convención de las Naciones Unidas sobre
los Contratos de Compraventa Internacional de
Mercaderías", fue adoptada en Viena, el 11 de abril de 1980;

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