RESOLUCION MINISTERIAL Nº 526-2009-MTC/01 - Aprueban texto de la Addenda N° 2 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque

Fecha de disposición04 Agosto 2009
Fecha de publicación04 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 4 de agosto de 2009 400137
RELACIONES EXTERIORES
FE DE ERRATAS
DECRETO SUPREMO
Nº 040-2009-RE
Mediante Of‌i cio Nº 514-2009-SCM-PR la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de
Erratas del Decreto Supremo Nº 040-2009-RE, publicado
en la edición del 23 de julio de 2009.
En el Primer Considerando
DICE:
Que, el “Acuerdo Marco sobre Cooperación en
Materia de Seguridad Regional entre los Estados
Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia,
la República de Chile, la República del Ecuador, la
República del Perú y la República Bolivariana de
Venezuela” fue suscrito el 20 de julio de 2008, en la
ciudad de Córdoba, República Argentina;
DEBE DECIR:
Que, el “Acuerdo Marco sobre Cooperación en
Materia de Seguridad Regional entre los Estados
Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia,
la República de Chile, la República del Ecuador, la
República del Perú y la República Bolivariana de
Venezuela” fue suscrito el 20 de julio de 2006, en la
ciudad de Córdoba, República Argentina;
En el Artículo 1º
DICE:
Ratifícase el “Acuerdo Marco sobre Cooperación
en Materia de Seguridad Regional entre los Estados
Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia,
la República de Chile, la República del Ecuador, la
República del Perú y la República Bolivariana de
Venezuela” suscrito el 20 de julio de 2008, en la ciudad
de Córdoba, República Argentina.
DEBE DECIR:
Ratifícase el “Acuerdo Marco sobre Cooperación
en Materia de Seguridad Regional entre los Estados
Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia,
la República de Chile, la República del Ecuador, la
República del Perú y la República Bolivariana de
Venezuela” suscrito el 20 de julio de 2006, en la ciudad
de Córdoba, República Argentina.
379225-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Aprueban texto de la Addenda Nº 2
al Contrato de Concesión para la
Construcción, Conservación y Explotación
del Tramo Empalme 1B - Buenos Aires -
Canchaque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 526-2009-MTC/01
Lima, 22 de julio de 2009
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 09 febrero de 2007 se suscribió el
Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación
y Explotación del Tramo Empalme 1B – Buenos Aires –
Canchaque, entre el Estado de la República del Perú, actuando
a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
en calidad de Concedente y la empresa CONCESIÓN
CANCHAQUE S.A., en calidad de Concesionario;
Que, con fecha 16 de enero de 2008, se suscribió
la Addenda Nº 1 al Contrato de Concesión para la
Construcción, Conservación y Explotación del Tramo
Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque;
Que, las partes han acordado suscribir la Addenda
Nº 2 al citado Contrato de Concesión, para cuyo efecto
y de conformidad con lo previsto en la Sección XIX del
mismo, se solicitó la opinión del Organismo Supervisor
de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso
Público – OSITRAN;
Que, en tal sentido, el Organismo Regulador con el
Of‌i cio Circular Nº 053-09-SCD-OSITRAN de fecha 20
de mayo de 2009, remitió el Acuerdo Nº 1172-318-09-
CD-OSITRAN, mediante el cual el Consejo Directivo
de OSITRAN aprobó la opinión técnica contenida en el
Informe Nº 014-09-GRE-GS-GAL-OSITRAN, en el cual se
concluye que la modif‌i cación del numeral 4.19 de la Sección
IV del Anexo B del Contrato de Concesión obedece a un
error material y, en consecuencia, no afectaría el equilibrio
económico f‌i nanciero de la concesión;
Que, asimismo, mediante Informe Nº 351-2009-MTC/25.
CUA.SDM de fecha 12 de junio de 2009, la Dirección
General de Concesiones en Transportes del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones concluye que la modif‌i cación
del numeral 4.19 de la Sección IV del Anexo B del Contrato
de Concesión obedece a un error material, por lo que no
afecta el equilibrio económico f‌i nanciero del Contrato de
Concesión en términos de derechos, responsabilidades y
riesgos asignados a las partes;
Que, mediante Informe Nº 1342-2009-MTC/08 de
fecha 30 de junio de 2009, la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
concluye que el proceso de modif‌i cación al Contrato
de Concesión respeta el marco legal y contractual
establecido;
Que, atendiendo a lo indicado en el Of‌i cio Circular
Nº 053-09-SCD-OSITRAN, Acuerdo Nº 1172-318-09-
CD-OSITRAN y al Informe Nº 014-09-GRE-GS-GAL-
OSITRAN de OSITRAN y tomando en consideración lo
señalado en el Informe Nº 351-2009-MTC/25.CUA.SDM
de la Dirección General de Concesiones en Transportes
y en el Informe Nº 1342-2009-MTC/08 de la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica, el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, en calidad de Concedente, y la
empresa CONCESIÓN CANCHAQUE S.A., en su calidad
de Concesionario, han convenido en celebrar la Addenda
Nº 2 al referido Contrato de Concesión;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 29370,
Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, Decreto Supremo
Nº 059-96-PCM y Decreto Supremo Nº 060-96-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 2 al
Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación
y Explotación del Tramo Empalme 1B – Buenos Aires
– Canchaque, el mismo que forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes,
para que en representación del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se ref‌i ere
el artículo anterior, así como los documentos que resulten
necesarios para su formalización.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
378522-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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