1007 138-99-EF - Aprueban acuerdos del FONAFE sobre transferencias de recursos a la COPRI, destinados a financiar proceso de promoción de la inversión privada en Laboratorios Unidos S.A.

Fecha de disposición21 Agosto 1999
Fecha de publicación21 Agosto 1999
Pág. 177081
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0424-97-AG,
se aprobó el Reglamento de Subasta Pública de Cuotas y
Remates de Alpacas y Llamas, con fines de exportación; en
el que se establece que dichas Subastas serán previamente
aprobadas mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 018-99-AG,
se fijó la cuota de exportación de alpacas y llamas, corres-
pondiente al año 1999, debiéndose realizar las subastas
públicas de dichas cuotas;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley
Orgánica del Ministerio de Agricultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las Bases de la Subasta Pública
de Cuotas de Exportación de Alpacas y Llamas, correspon-
diente al año 1999-1, el mismo que consta de 10 Capítulos,
y 39 Artículos, que forman parte de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2º.- Encárguese al Consejo Nacional de Ca-
mélidos Sudamericanos - CONACS, y a la Sociedad Perua-
na de Alpacas Registradas - SPAR, a llevar a cabo el
proceso de subasta pública de la cuota de exportación de
alpacas y llamas - 1999-I.
Artículo 3º.- El Consejo Nacional de Camélidos Sudame-
ricanos - CONACS, y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria
- SENASA, serán los encargados de supervisar el cumpli-
miento de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10785
ECONOMIA Y
FINANZAS
Aprueban acuerdos del FONAFE so-
bre transferencias de recursos a la
COPRI, destinados a financiar proce-
so de promoción de la inversión priva-
da en Laboratorios Unidos S.A.
DECRETO SUPREMO
Nº 138-99-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del Artículo 6º del Decreto de Urgencia
Nº 043-96, el Directorio del Fondo Nacional de Financia-
miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE
- aprueba la transferencia de recursos a favor de empresas,
entidades o proyectos que lo solicitan;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-98-TR, se
autorizó al FONAFE a proporcionar los recursos que se
requieran para financiar el Proceso de Promoción de la
Inversión Privada de la empresa Laboratorios Unidos S.A.
-LUSA-;
Que, conforme con el Decreto de Urgencia Nº 043-96 y
el Decreto Supremo Nº 013-98-TR, mediante Acuerdo Nº
002-99/33-FONAFE-, el Directorio del FONAFE aprobó la
transferencia en moneda nacional, por el equivalente a
US$ 1 000 000,00 (Un Millón y 00/100 Dólares America-
nos), a favor de la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada -COPRI-, para ser destinada al financiamiento del
proceso de promoción de la inversión privada en Laborato-
rios Unidos S.A. -LUSA-; asimismo, mediante Acuerdo de
Directorio Nº 002-99/34-FONAFE-, se aprobó la transfe-
rencia adicional en moneda nacional, por el equivalente a
US$ 2 068 960,36 (Dos Millones Sesenta y Ocho Mil
Novecientos Sesenta y 36/100 Dólares Americanos), a
dicha Comisión;
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6º
del Decreto de Urgencia Nº 043-96, es necesaria la aproba-
ción de dichos Acuerdos mediante Decreto Supremo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébanse los Acuerdos Nºs. 002-99/33-
FONAFE- y 002-99/34-FONAFE-, mediante los cuales se
aprobaron transferencias de recursos a favor de la Comi-
sión de Promoción de la Inversión Privada -COPRI-, para
ser destinadas al financiamiento del proceso de promoción
de la inversión privada en Laboratorios Unidos S.A. -
LUSA.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días
del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
10828
Aprueban donación efectuada a favor
de la Municipalidad Distrital de El Alto,
provincia de Talara
RESOLUCION SUPREMA
Nº 393-99-EF
Lima, 20 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de El Alto, provincia de
Talara, departamento de Piura, mediante Acuerdo de
Concejo Nº 003-98-A-MDEA de fecha 27 de febrero de
1998, rectificado por Acuerdo de Concejo Nº 08-99-MDEA-
A de fecha 13 de abril de 1999, aceptó la donación efectuada
por Harry Covert Ministries de Estados Unidos de Améri-
ca, consistente en diversos bienes;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificato-
rias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por
Harry Covert Ministries de Estados Unidos de Améri-
ca, a favor de la Municipalidad Distrital de El Alto,
provincia de Talara, departamento de Piura, consis-
tente en diversos bienes que se encuentran en los
contenedores Nºs. TMMU-435905-3, CRXU-952816-8 y
TRIU-921064-9, con un valor aproximado de US$ 220
000,00 (Doscientos Veinte Mil y 00/100 Dólares de
Estados Unidos de América), según Cartas de Dona-
ción de fechas 15 y 22 de diciembre de 1997 y un peso
aproximado de 17 558 kgs., según Conocimientos de
Embarque Nºs. CAM-5387 y CAM-5408 de INDEPEN-
DENT LINE.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el
Ministro de Economía y Finanzas.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR