06 138-99-EF - Aprueban acuerdos del FONAFE sobre transferencias de recursos a la COPRI, destinados a financiar proceso de promoción de la inversión privada en Laboratorios Unidos S.A.
Fecha de disposición | 21 Agosto 1999 |
Fecha de publicación | 21 Agosto 1999 |
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999 AÑO XVII - Nº 6998 Pág. 177079
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
P C M
Autorizan viaje del Ministro de Educa-
ción a la República del Ecuador en
misión oficial
RESOLUCION SUPREMA
Nº 435-99-PCM
Lima, 19 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de
Educación, Dr. Felipe García Escudero, viajará a la Repú-
blica del Ecuador en misión oficial, los días 20 y 21 de
agosto de 1999;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560, Ley del Poder Legislativo y Decretos Supre-
mos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF y 135-90-
PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ministro de
Estado en el Despacho de Educación, Dr. Felipe García
Escudero, a la República del Ecuador, los días 20 y 21 de
agosto de 1999, para los fines expuestos en la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución serán sufragados por el Ministe-
rio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos : $ 400.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
10831
Encargan la Cartera de Educación
al Ministro de Trabajo y Promoción
Social
RESOLUCION SUPREMA
Nº 436-99-PCM
Lima, 19 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Dr. Felipe García Escudero, Ministro de Educa-
ción, se ausentará del país los días 20 y 21 de agosto de
1999;
Que, es necesario encargar el Despacho del Ministerio
de Educación;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de
la Constitución Política del Perú y por el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar el Despacho del Ministro
de Educación, al Dr. Pedro Flores Polo, Ministro de Traba-
jo y Promoción Social, los días 20 y 21 de agosto de 1999, y
mientras dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
10832
Declaran infundada impugnación con-
tra resoluciones referidas a proceso
disciplinario iniciado a Director de la
Oficina de Asuntos Administrativos
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 075-99-PCM
Lima, 20 de agosto de 1999
Visto el recurso impugnativo presentado por el Sr. José
Percy Stigler Elías contra la Resolución del Secretario
General Nº 079-99-PCM y la Resolución del Secretario
General Nº 087-99-PCM;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución del Secretario General Nº
079-99-PCM y la Resolución del Secretario General Nº
087-99-PCM, se designa la Comisión Especial Ad Hoc para
llevar a cabo un proceso administrativo disciplinario con-
tra el Sr. José Percy Stigler Elías, Director de la Oficina de
Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de
Ministros e instaura proceso administrativo disciplinario
en su contra, por recomendación de la mencionada Comi-
sión Especial Ad Hoc;
Que, el recurrente aduce que debió ser procesado por
la Comisión Permanente de Procesos Administrativo
Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros. Al respecto, la citada Comisión Permanente se
encuentra impedida de avocarse a resolver el asunto en
razón de que el procesado hace las veces de Jefe de
Personal, por tanto, es miembro nato de la Comisión
Permanente por mandato de la ley; además se inhibió
del conocimiento del caso y su suplente también se
inhibió por ser su inferior jerárquico;
Que, ante circunstancias no previstas, las autoridades
no podrán dejar de resolver las situaciones que se les
proponga; en tal sentido resulta viable la Constitución de
una Comisión Especial Ad Hoc para llevar a cabo el proceso
administrativo disciplinario por no ser posible sustituir a
un miembro nato;
Que, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder
Ejecutivo, señala que el Ministro expide Resoluciones
que constituyen máxima instancia administrativa, sal-
vo en los casos en que especialmente la ley exija Resolu-
ción Suprema;
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999
Que, conforme al Inc. a) del Art. 8º del Decreto
Supremo Nº 002-94-JUS, modificado por la Ley Nº
26810, ponen fin al procedimiento administrativo, las
Resoluciones expedidas por un órgano que no esté
sometido a subordinación jerárquica; en tal sentido, las
Resoluciones del Secretario General, citadas en el pri-
mer considerando de la presente Resolución, expedidas
en virtud de una expresa delegación, constituye última
instancia administrativa;
Que, el recurso interpuesto por el recurrente debe
considerarse como de Reconsideración; por cuanto las
Resoluciones del Secretario General Nº 079-99-PCM y Nº
087-99-PCM, conforme a las normas legales antes citadas,
constituyen última instancia administrativa;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre-
mo Nº 002-94-JUS, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Calificar el recurso impugnativo de fecha
2 de agosto de 1999, presentado por el Sr. José Percy
Stigler Elías, como de Reconsideración.
Artículo 2º.- Declarar infundado el recurso impug-
nativo presentado por el Sr. José Percy Stigler Elías,
contra la Resolución del Secretario General Nº 079-99-
PCM y la Resolución del Secretario General Nº 087-99-
PCM, por las razones expuestas en la parte considerati-
va de la presente Resolución, dando por agotada la vía
administrativa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
10793
AGRICULTURA
Designan funcionario de la Oficina de
Administración de la Dirección Regio-
nal Agraria Ancash
RESOLUCION SUPREMA
Nº 080-99-AG
Lima, 20 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-99-AG de
fecha 21 de marzo de 1999, se designó entre otros en la
condición de adscrito al CPC AUSBERTO PACHERRES
PEREZ, en la plaza de Director Sistema Administrativo II
- Oficina de Administración - Dirección Regional Agraria
Ancash;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia a la
plaza que venía desempeñando y que es necesario designar
a su reemplazante;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida en vía de regulariza-
ción a partir del 15 de julio la designación del Director
Sistema Administrativo II, CPC Ausberto Pacherres Pé-
rez, Oficina de Administración de la Dirección Regional
Agraria Ancash.
Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha en la plaza
de Director Sistema Administrativo II, CPC Jorge Alexan-
der Rojas Vega, Oficina de Administración de la Dirección
Regional Agraria Ancash.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10833
Precisan que autorización otorgada a
SAIS para exportación de alpacas a
Ecuador y a la República Popular Chi-
na, está fuera de los alcances de la
R.M. Nº 0018-99-AG
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0604-99-AG
Lima, 17 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0018-99-AG,
se estableció las cuotas de exportación de alpacas y llamas
correspondientes al año 1999, en cumplimiento al Decreto
Supremo Nº 008-96-AG;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0405-99-
AG, se autorizó a la Sociedad Agrícola de Interés Social
"S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda. Nº 1, la exportación de
1,120 (Mil Ciento Veinte) alpacas tanto a la República
del Ecuador, como a la República Popular de China; y
que por tratarse de ventas directas y bajo la modalidad
de Joint Venture, se exceptúa el proceso de Subasta
Pública;
Que es preciso señalar que la exportación de dichos
animales está fuera del alcance de la Resolución Ministe-
rial Nº 0018-99-AG;
Que, dicha autorización otorgada a la S.A.I.S. TUPAC
AMARU, para efectos de su ejecución es necesario estable-
cer plazos hasta lograr la exportación;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92-
AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- La autorización otorgada a la Sociedad
Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda.
Nº 1, para la exportación de alpacas tanto a la República del
Ecuador, así como a la República Popular de China, se
efectuarán teniendo en cuenta que dicha cuota no forma
parte de la Resolución Ministerial Nº 0018-99-AG.
Artículo 2º.- Otorgar, hasta el 31 de octubre de 1999,
a la Sociedad Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC
AMARU Ltda. Nº 1, para ejecutar la exportación de las
alpacas.
Artículo 3º.- Encárguese al Consejo Nacional de
Camélidos Sudamericanos - CONACS, y al Servicio
Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el cumpli-
miento de la presente Resolución Ministerial, aplicando
supletoriamente el Decreto Supremo Nº 008-96-AG y la
Resolución Ministerial Nº 0424-97-AG, al proceso de
exportación.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10784
Aprueban Bases de Subasta Pública
de Cuotas de Exportación de Alpa-
cas y Llamas, correspondiente al año
1999-I
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0609-99-AG
Lima, 17 de agosto de 1999
VISTO:
Visto el Oficio Nº 0157-99-AG-CONACS-P, del Presi-
dente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos
- CONACS;
Pág. 177081
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0424-97-AG,
se aprobó el Reglamento de Subasta Pública de Cuotas y
Remates de Alpacas y Llamas, con fines de exportación; en
el que se establece que dichas Subastas serán previamente
aprobadas mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 018-99-AG,
se fijó la cuota de exportación de alpacas y llamas, corres-
pondiente al año 1999, debiéndose realizar las subastas
públicas de dichas cuotas;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley
Orgánica del Ministerio de Agricultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las Bases de la Subasta Pública
de Cuotas de Exportación de Alpacas y Llamas, correspon-
diente al año 1999-1, el mismo que consta de 10 Capítulos,
y 39 Artículos, que forman parte de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2º.- Encárguese al Consejo Nacional de Ca-
mélidos Sudamericanos - CONACS, y a la Sociedad Perua-
na de Alpacas Registradas - SPAR, a llevar a cabo el
proceso de subasta pública de la cuota de exportación de
alpacas y llamas - 1999-I.
Artículo 3º.- El Consejo Nacional de Camélidos Sudame-
ricanos - CONACS, y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria
- SENASA, serán los encargados de supervisar el cumpli-
miento de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10785
ECONOMIA Y
FINANZAS
Aprueban acuerdos del FONAFE so-
bre transferencias de recursos a la
COPRI, destinados a financiar proce-
so de promoción de la inversión priva-
da en Laboratorios Unidos S.A.
DECRETO SUPREMO
Nº 138-99-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del Artículo 6º del Decreto de Urgencia
Nº 043-96, el Directorio del Fondo Nacional de Financia-
miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE
- aprueba la transferencia de recursos a favor de empresas,
entidades o proyectos que lo solicitan;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-98-TR, se
autorizó al FONAFE a proporcionar los recursos que se
requieran para financiar el Proceso de Promoción de la
Inversión Privada de la empresa Laboratorios Unidos S.A.
-LUSA-;
Que, conforme con el Decreto de Urgencia Nº 043-96 y
el Decreto Supremo Nº 013-98-TR, mediante Acuerdo Nº
002-99/33-FONAFE-, el Directorio del FONAFE aprobó la
transferencia en moneda nacional, por el equivalente a
US$ 1 000 000,00 (Un Millón y 00/100 Dólares America-
nos), a favor de la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada -COPRI-, para ser destinada al financiamiento del
proceso de promoción de la inversión privada en Laborato-
rios Unidos S.A. -LUSA-; asimismo, mediante Acuerdo de
Directorio Nº 002-99/34-FONAFE-, se aprobó la transfe-
rencia adicional en moneda nacional, por el equivalente a
US$ 2 068 960,36 (Dos Millones Sesenta y Ocho Mil
Novecientos Sesenta y 36/100 Dólares Americanos), a
dicha Comisión;
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6º
del Decreto de Urgencia Nº 043-96, es necesaria la aproba-
ción de dichos Acuerdos mediante Decreto Supremo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébanse los Acuerdos Nºs. 002-99/33-
FONAFE- y 002-99/34-FONAFE-, mediante los cuales se
aprobaron transferencias de recursos a favor de la Comi-
sión de Promoción de la Inversión Privada -COPRI-, para
ser destinadas al financiamiento del proceso de promoción
de la inversión privada en Laboratorios Unidos S.A. -
LUSA.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días
del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
10828
Aprueban donación efectuada a favor
de la Municipalidad Distrital de El Alto,
provincia de Talara
RESOLUCION SUPREMA
Nº 393-99-EF
Lima, 20 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de El Alto, provincia de
Talara, departamento de Piura, mediante Acuerdo de
Concejo Nº 003-98-A-MDEA de fecha 27 de febrero de
1998, rectificado por Acuerdo de Concejo Nº 08-99-MDEA-
A de fecha 13 de abril de 1999, aceptó la donación efectuada
por Harry Covert Ministries de Estados Unidos de Améri-
ca, consistente en diversos bienes;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificato-
rias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por
Harry Covert Ministries de Estados Unidos de Améri-
ca, a favor de la Municipalidad Distrital de El Alto,
provincia de Talara, departamento de Piura, consis-
tente en diversos bienes que se encuentran en los
contenedores Nºs. TMMU-435905-3, CRXU-952816-8 y
TRIU-921064-9, con un valor aproximado de US$ 220
000,00 (Doscientos Veinte Mil y 00/100 Dólares de
Estados Unidos de América), según Cartas de Dona-
ción de fechas 15 y 22 de diciembre de 1997 y un peso
aproximado de 17 558 kgs., según Conocimientos de
Embarque Nºs. CAM-5387 y CAM-5408 de INDEPEN-
DENT LINE.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el
Ministro de Economía y Finanzas.
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