06 138-99-EF - Aprueban acuerdos del FONAFE sobre transferencias de recursos a la COPRI, destinados a financiar proceso de promoción de la inversión privada en Laboratorios Unidos S.A.

Fecha de disposición21 Agosto 1999
Fecha de publicación21 Agosto 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999 AÑO XVII - Nº 6998 Pág. 177079
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
P C M
Autorizan viaje del Ministro de Educa-
ción a la República del Ecuador en
misión oficial
RESOLUCION SUPREMA
Nº 435-99-PCM
Lima, 19 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de
Educación, Dr. Felipe García Escudero, viajará a la Repú-
blica del Ecuador en misión oficial, los días 20 y 21 de
agosto de 1999;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560, Ley del Poder Legislativo y Decretos Supre-
mos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF y 135-90-
PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ministro de
Estado en el Despacho de Educación, Dr. Felipe García
Escudero, a la República del Ecuador, los días 20 y 21 de
agosto de 1999, para los fines expuestos en la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento
de la presente Resolución serán sufragados por el Ministe-
rio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos : $ 400.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
10831
Encargan la Cartera de Educación
al Ministro de Trabajo y Promoción
Social
RESOLUCION SUPREMA
Nº 436-99-PCM
Lima, 19 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Dr. Felipe García Escudero, Ministro de Educa-
ción, se ausentará del país los días 20 y 21 de agosto de
1999;
Que, es necesario encargar el Despacho del Ministerio
de Educación;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de
la Constitución Política del Perú y por el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar el Despacho del Ministro
de Educación, al Dr. Pedro Flores Polo, Ministro de Traba-
jo y Promoción Social, los días 20 y 21 de agosto de 1999, y
mientras dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
10832
Declaran infundada impugnación con-
tra resoluciones referidas a proceso
disciplinario iniciado a Director de la
Oficina de Asuntos Administrativos
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 075-99-PCM
Lima, 20 de agosto de 1999
Visto el recurso impugnativo presentado por el Sr. José
Percy Stigler Elías contra la Resolución del Secretario
General Nº 079-99-PCM y la Resolución del Secretario
General Nº 087-99-PCM;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución del Secretario General Nº
079-99-PCM y la Resolución del Secretario General Nº
087-99-PCM, se designa la Comisión Especial Ad Hoc para
llevar a cabo un proceso administrativo disciplinario con-
tra el Sr. José Percy Stigler Elías, Director de la Oficina de
Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de
Ministros e instaura proceso administrativo disciplinario
en su contra, por recomendación de la mencionada Comi-
sión Especial Ad Hoc;
Que, el recurrente aduce que debió ser procesado por
la Comisión Permanente de Procesos Administrativo
Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros. Al respecto, la citada Comisión Permanente se
encuentra impedida de avocarse a resolver el asunto en
razón de que el procesado hace las veces de Jefe de
Personal, por tanto, es miembro nato de la Comisión
Permanente por mandato de la ley; además se inhibió
del conocimiento del caso y su suplente también se
inhibió por ser su inferior jerárquico;
Que, ante circunstancias no previstas, las autoridades
no podrán dejar de resolver las situaciones que se les
proponga; en tal sentido resulta viable la Constitución de
una Comisión Especial Ad Hoc para llevar a cabo el proceso
administrativo disciplinario por no ser posible sustituir a
un miembro nato;
Que, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder
Ejecutivo, señala que el Ministro expide Resoluciones
que constituyen máxima instancia administrativa, sal-
vo en los casos en que especialmente la ley exija Resolu-
ción Suprema;
Pág. 177080
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999
Que, conforme al Inc. a) del Art. 8º del Decreto
Supremo Nº 002-94-JUS, modificado por la Ley Nº
26810, ponen fin al procedimiento administrativo, las
Resoluciones expedidas por un órgano que no esté
sometido a subordinación jerárquica; en tal sentido, las
Resoluciones del Secretario General, citadas en el pri-
mer considerando de la presente Resolución, expedidas
en virtud de una expresa delegación, constituye última
instancia administrativa;
Que, el recurso interpuesto por el recurrente debe
considerarse como de Reconsideración; por cuanto las
Resoluciones del Secretario General Nº 079-99-PCM y Nº
087-99-PCM, conforme a las normas legales antes citadas,
constituyen última instancia administrativa;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre-
mo Nº 002-94-JUS, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Calificar el recurso impugnativo de fecha
2 de agosto de 1999, presentado por el Sr. José Percy
Stigler Elías, como de Reconsideración.
Artículo 2º.- Declarar infundado el recurso impug-
nativo presentado por el Sr. José Percy Stigler Elías,
contra la Resolución del Secretario General Nº 079-99-
PCM y la Resolución del Secretario General Nº 087-99-
PCM, por las razones expuestas en la parte considerati-
va de la presente Resolución, dando por agotada la vía
administrativa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
10793
AGRICULTURA
Designan funcionario de la Oficina de
Administración de la Dirección Regio-
nal Agraria Ancash
RESOLUCION SUPREMA
Nº 080-99-AG
Lima, 20 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-99-AG de
fecha 21 de marzo de 1999, se designó entre otros en la
condición de adscrito al CPC AUSBERTO PACHERRES
PEREZ, en la plaza de Director Sistema Administrativo II
- Oficina de Administración - Dirección Regional Agraria
Ancash;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia a la
plaza que venía desempeñando y que es necesario designar
a su reemplazante;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida en vía de regulariza-
ción a partir del 15 de julio la designación del Director
Sistema Administrativo II, CPC Ausberto Pacherres Pé-
rez, Oficina de Administración de la Dirección Regional
Agraria Ancash.
Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha en la plaza
de Director Sistema Administrativo II, CPC Jorge Alexan-
der Rojas Vega, Oficina de Administración de la Dirección
Regional Agraria Ancash.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10833
Precisan que autorización otorgada a
SAIS para exportación de alpacas a
Ecuador y a la República Popular Chi-
na, está fuera de los alcances de la
R.M. Nº 0018-99-AG
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0604-99-AG
Lima, 17 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0018-99-AG,
se estableció las cuotas de exportación de alpacas y llamas
correspondientes al año 1999, en cumplimiento al Decreto
Supremo Nº 008-96-AG;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0405-99-
AG, se autorizó a la Sociedad Agrícola de Interés Social
"S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda. Nº 1, la exportación de
1,120 (Mil Ciento Veinte) alpacas tanto a la República
del Ecuador, como a la República Popular de China; y
que por tratarse de ventas directas y bajo la modalidad
de Joint Venture, se exceptúa el proceso de Subasta
Pública;
Que es preciso señalar que la exportación de dichos
animales está fuera del alcance de la Resolución Ministe-
rial Nº 0018-99-AG;
Que, dicha autorización otorgada a la S.A.I.S. TUPAC
AMARU, para efectos de su ejecución es necesario estable-
cer plazos hasta lograr la exportación;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92-
AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- La autorización otorgada a la Sociedad
Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda.
Nº 1, para la exportación de alpacas tanto a la República del
Ecuador, así como a la República Popular de China, se
efectuarán teniendo en cuenta que dicha cuota no forma
parte de la Resolución Ministerial Nº 0018-99-AG.
Artículo 2º.- Otorgar, hasta el 31 de octubre de 1999,
a la Sociedad Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC
AMARU Ltda. Nº 1, para ejecutar la exportación de las
alpacas.
Artículo 3º.- Encárguese al Consejo Nacional de
Camélidos Sudamericanos - CONACS, y al Servicio
Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el cumpli-
miento de la presente Resolución Ministerial, aplicando
supletoriamente el Decreto Supremo Nº 008-96-AG y la
Resolución Ministerial Nº 0424-97-AG, al proceso de
exportación.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10784
Aprueban Bases de Subasta Pública
de Cuotas de Exportación de Alpa-
cas y Llamas, correspondiente al año
1999-I
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0609-99-AG
Lima, 17 de agosto de 1999
VISTO:
Visto el Oficio Nº 0157-99-AG-CONACS-P, del Presi-
dente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos
- CONACS;
Pág. 177081
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 21 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0424-97-AG,
se aprobó el Reglamento de Subasta Pública de Cuotas y
Remates de Alpacas y Llamas, con fines de exportación; en
el que se establece que dichas Subastas serán previamente
aprobadas mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 018-99-AG,
se fijó la cuota de exportación de alpacas y llamas, corres-
pondiente al año 1999, debiéndose realizar las subastas
públicas de dichas cuotas;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley
Orgánica del Ministerio de Agricultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las Bases de la Subasta Pública
de Cuotas de Exportación de Alpacas y Llamas, correspon-
diente al año 1999-1, el mismo que consta de 10 Capítulos,
y 39 Artículos, que forman parte de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2º.- Encárguese al Consejo Nacional de Ca-
mélidos Sudamericanos - CONACS, y a la Sociedad Perua-
na de Alpacas Registradas - SPAR, a llevar a cabo el
proceso de subasta pública de la cuota de exportación de
alpacas y llamas - 1999-I.
Artículo 3º.- El Consejo Nacional de Camélidos Sudame-
ricanos - CONACS, y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria
- SENASA, serán los encargados de supervisar el cumpli-
miento de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
10785
ECONOMIA Y
FINANZAS
Aprueban acuerdos del FONAFE so-
bre transferencias de recursos a la
COPRI, destinados a financiar proce-
so de promoción de la inversión priva-
da en Laboratorios Unidos S.A.
DECRETO SUPREMO
Nº 138-99-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del Artículo 6º del Decreto de Urgencia
Nº 043-96, el Directorio del Fondo Nacional de Financia-
miento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE
- aprueba la transferencia de recursos a favor de empresas,
entidades o proyectos que lo solicitan;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-98-TR, se
autorizó al FONAFE a proporcionar los recursos que se
requieran para financiar el Proceso de Promoción de la
Inversión Privada de la empresa Laboratorios Unidos S.A.
-LUSA-;
Que, conforme con el Decreto de Urgencia Nº 043-96 y
el Decreto Supremo Nº 013-98-TR, mediante Acuerdo Nº
002-99/33-FONAFE-, el Directorio del FONAFE aprobó la
transferencia en moneda nacional, por el equivalente a
US$ 1 000 000,00 (Un Millón y 00/100 Dólares America-
nos), a favor de la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada -COPRI-, para ser destinada al financiamiento del
proceso de promoción de la inversión privada en Laborato-
rios Unidos S.A. -LUSA-; asimismo, mediante Acuerdo de
Directorio Nº 002-99/34-FONAFE-, se aprobó la transfe-
rencia adicional en moneda nacional, por el equivalente a
US$ 2 068 960,36 (Dos Millones Sesenta y Ocho Mil
Novecientos Sesenta y 36/100 Dólares Americanos), a
dicha Comisión;
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6º
del Decreto de Urgencia Nº 043-96, es necesaria la aproba-
ción de dichos Acuerdos mediante Decreto Supremo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébanse los Acuerdos Nºs. 002-99/33-
FONAFE- y 002-99/34-FONAFE-, mediante los cuales se
aprobaron transferencias de recursos a favor de la Comi-
sión de Promoción de la Inversión Privada -COPRI-, para
ser destinadas al financiamiento del proceso de promoción
de la inversión privada en Laboratorios Unidos S.A. -
LUSA.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días
del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
10828
Aprueban donación efectuada a favor
de la Municipalidad Distrital de El Alto,
provincia de Talara
RESOLUCION SUPREMA
Nº 393-99-EF
Lima, 20 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de El Alto, provincia de
Talara, departamento de Piura, mediante Acuerdo de
Concejo Nº 003-98-A-MDEA de fecha 27 de febrero de
1998, rectificado por Acuerdo de Concejo Nº 08-99-MDEA-
A de fecha 13 de abril de 1999, aceptó la donación efectuada
por Harry Covert Ministries de Estados Unidos de Améri-
ca, consistente en diversos bienes;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificato-
rias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por
Harry Covert Ministries de Estados Unidos de Améri-
ca, a favor de la Municipalidad Distrital de El Alto,
provincia de Talara, departamento de Piura, consis-
tente en diversos bienes que se encuentran en los
contenedores Nºs. TMMU-435905-3, CRXU-952816-8 y
TRIU-921064-9, con un valor aproximado de US$ 220
000,00 (Doscientos Veinte Mil y 00/100 Dólares de
Estados Unidos de América), según Cartas de Dona-
ción de fechas 15 y 22 de diciembre de 1997 y un peso
aproximado de 17 558 kgs., según Conocimientos de
Embarque Nºs. CAM-5387 y CAM-5408 de INDEPEN-
DENT LINE.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el
Ministro de Economía y Finanzas.

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