ACUERDO N° 022 - Aprueban remitir opinión respecto a propuestas de peticiones de cambio de zonificación a la Municipalidad Metropolitana de Lima

Fecha de publicación02 Mayo 2014
Fecha de disposición02 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 2 de mayo de 2014
522130
mostro su conformidad en redimensionar el área de su
concesión superpuesta con la del titular del contrato de
adecuación forestal maderable Nº 22-SAM/C-I-AD-001-08
de la Empresa Maderera Rivas Hnos. S.A.C.
Que los acuerdos establecidos en las Actas u otros
documentos análogos, generan compromisos de ineludible
cumplimiento entre las partes. En el presente caso, la
Asociación de Agricultores para la Conservación de
Bosques Naturales del Simacache ha dado conformidad al
redimensionamiento del área superpuesta con el área del
contrato de Adecuación Forestal maderable con la Empresa
Maderera Rivas Hnos. S.A.C..
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Principio de
Impulso de Of‌i cio, establecido en el numeral 1.3 del
artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento
Administrativo General, las autoridades deben de dirigir e
impulsar de of‌i cio el procedimiento y ordenar la realización
o practica de los actos que resulten convenientes para el
esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias.
Que, el redimensionamiento del área, se propone en
mérito de que la suscripción del contrato de Adecuación
Forestal maderable con la empresa Maderera Rivas Hnos.
S.A.C fue suscrito el año 2008, esto es con anterioridad al
otorgamiento de la Concesión con f‌i nes de Conservación.
Es preciso señalar que los derechos que se derivan del
mismo constituyen derechos adquiridos, y por tanto deben
de ser respetados por el Estado.
Asimismo, el redimensionamiento del área materia de
concesión con f‌i nes de conservación se propone en merito
a lo dispuesto en el Artículo 88º de la Constitución Política
del Perú, a través del cual el Estado garantiza y respeta el
derecho de propiedad sobre la tierra en forma privada o
comunal o en cualquier otra forma asociativa.
Igualmente, la Ley del Procedimiento Administrativo
General, indica que las autoridades deben de dirigir e
impulsar de of‌i cio el procedimiento y ordenar la realización
o practica de los actos que resulten convenientes para el
esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley del
Procedimiento Administrativo General – Ley 27444, la
Ley Forestal y de Fauna Silvestre – Ley 27308 y D.S 014
- 2001 – AG y en uso de las atribuciones conferidas en el
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Regional Ambiental de San Martín;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el redimensionamiento del área
de la concesión con f‌i nes de conservación otorgada
a Asociación de Agricultores para la Conservación de
Bosques Naturales del Simacache, mediante Resolución
Directoral Ejecutiva Nº 534 - 2012/GRSM/ARA/DEACRN
de fecha 12 de diciembre el 2012, la misma que otorga una
Concesión con f‌i nes de Conservación, sobre un área de
51, 269.52 hectáreas ubicadas en los Distritos de Pachiza y
Huicungo de la Provincia de Mariscal Cáceres y los Distritos
de Saposoa y Alto Saposoa de la Provincia del Huallaga
en San Martín, habiendo quedado la nueva área otorgada
de cuarenta y un mil veintinueve hectáreas con 580 metros
cuadrados (41,029.58 Has)
Artículo 2º.- Def‌i nir las coordenadas geográf‌i cas
determinadas en el artículo tercero de la Resolución antes
mencionada en los siguientes términos:
VERTICE ESTE NORTE VERTICE ESTE NORTE
1 268376 9265036 33 255445 9238473
2 268514 9263798 34 255492 9239190
3 268602 9262949 35 256588 9240900
4 268754 9262431 36 256927 9240933
5 269081 9260718 37 257117 9241800
6 269210 9260033 38 257010 9242083
7 269447 9259688 39 257113 9242670
8 269902 9258657 40 256992 9243439
9 270147 9258331 41 256871 9243920
10 270661 9258033 42 256823 9244483
11 271493 9256688 43 256241 9245346
12 271768 9256000 44 256403 9246050
13 278000 9256000 45 266984 9252464
14 278000 9246000 46 266079 9257099
15 275306 9246000 47 264884 9258729
16 273000 9246704 48 265113 9259224
17 267978 9246021 49 263726 9261457
18 268000 9241000 50 262928 9261495
19 268000 9236000 51 262690 9261820
20 273000 9236000 52 262895 9262315
VERTICE ESTE NORTE VERTICE ESTE NORTE
21 272981 9231000 53 262037 9264208
22 263000 9231000 54 260030 9264953
23 257955 9230883 55 260118 9267255
24 257953 9230884 56 264803 9269083
25 258186 9231639 57 265325 9268656
26 258230 9232476 58 265545 9268336
27 258081 9234396 59 265778 9268310
28 257356 9234842 60 266062 9267690
29 257348 9235528 61 266765 9267258
30 256376 9236423 62 267092 9266769
31 256526 9236910 63 267757 9265966
32 256172 9237616
Artículo 3º.- Notif‌i car la presente Resolución a la
Asociación de Agricultores para la Conservación de
Bosques Naturales del Simacache, al Área de Conservación
y Servicios Ambientales y Unidades Operativas de Gestión
Forestal y de Fauna Silvestre de la Autoridad Regional
Ambiental, a la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna
Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego– MINAGRI, y
al Organismo de Supervisión de los Recursos Naturales y
Fauna Silvestre – OSINFOR para su conocimiento y f‌i nes
pertinentes.
Regístrese y comuníquese.
MIGUEL ALVA REATEGUI
Director Ejecutivo de Administración y
Conservación de los Recursos Naturales
1078412-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban remitir opinión respecto a
propuestas de peticiones de cambio
de zonificación a la Municipalidad
Metropolitana de Lima
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 022
Ate, 11 de abril de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de
Abril del 2014, el Dictamen Nº 006-2014-MDA/CDUIP de la
Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública;
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad, con lo dispuesto por el
artículo 1940 de la Constitución Política, modificada
por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional,
las Municipalidades gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. Reconociendo su facultad de ejercer
Actos de Gobierno y de administración con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que los Acuerdos son
decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos
específ‌i cos de interés público, vecinal o institucional, que
expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Que, Mediante Expedientes Nº 33370-2013 (Hugo
A. Solís Herreros), Nº 31518-2013 (José R. Vicente
Cárdenas y Karina Vicente Cárdenas), Nº 37017-2013
(Internacional Wood S. A.), Nº 37014-2013 (Banco de
Crédito – Arcotecho), Nº 37805-2013 (Empresa Titán
Fashion), Nº 38586-2013 (Asociación de Comerciantes
Sol de Paraíso), Nº 29012-2013 (Mercado Las Américas),
Nº 21108-2013 (Javier Hayashita Takeshita), Nº 38524-

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