ACUERDO N° 023 - Aprueban opinión favorable de asignación de zonificación a la calificación de otros usos de lotes de la Urbanización Mayorazgo III Etapa

EmisorMUNICIPALIDAD DE ATE
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2014
El Peruano
Viernes 2 de mayo de 2014
522132
EXPE-
DIENTE NOMBRE
01 33370-2013 HUGO AGRIPINO
SOLÍS HERREROS
DE VIVIENDA TALLER (VT)
A INDUSTRIA ELEMENTAL
Y COMPLEMENTARIA (I1)
IMPROCEDENTE
02 31518-2013 JOSÉ RENATO
VICENTE CÁRDE-
NAS
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO VECINAL (CV)
PROCEDENTE
03 37017-2013 INTERNATIONAL
WOOD S.A.
DE VIVIENDA TALLER (VT)
A INDUSTRIA LIVIANA (I2)
PROCEDENTE
04 37014-2013 BANCO DE
CRÉDITO - AR-
COTECHO
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
VIVIENDA TALLER (VT)
PROCEDENTE
05 37805-2013 TITAN FASHION DE VIVIENDA TALLER (VT)
A INDUSTRIA ELEMENTAL
Y COMPLEMENTARIA (I1)
PROCEDENTE
06 38586-2013 ASOC. COMER-
CIANTES SOL DE
PARAÍSO
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO VECINAL (CV)
PROCEDENTE
07 29012-2013 JUANA LU-
CILA ALCOSER
(MERCADO LAS
AMÉRICAS)
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO VECINAL (CV)
PROCEDENTE
08 21108-2013 JAVIER HAYAS-
HIDA TAKESHITA
DE VIVIENDA TALLER (VT)
A INDUSTRIA LIVIANA (I2)
IMPROCEDENTE, se
recomienda a Indu-
stria Elemental (I1)
09 27282-2013 MERCADO SANTA
CLARA
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO ZONAL (CZ)
IMPROCEDENTE, se
recomienda a Comer-
cio Vecinal (CV)
10 27281-2013 SUSANIBAL BAR-
DALES TINEO
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO ZONAL (CZ)
IMPROCEDENTE, se
recomienda a Comer-
cio Vecinal (CV)
11 24715-2013 IGLESIA
CRISTIANA
PENTECOSTÉS
DE COMERCIO VECINAL
(CV), EDUCACIÓN SUPE-
RIOR UNIVERSITARIA (E3)
Y ZONA DE REGLAMENT-
ACIÓN ESPECIAL (ZRE) A
COMERCIO ZONAL (CZ)
PROCEDENTE
12 38386-2013 JOSÉ PONCIANO
BUENO HIDALGO
DE RESIDENCIAL
DENSIDAD MEDIA (RDM) A
COMERCIO ZONAL (CZ)
IMPROCEDENTE, se
recomienda a Comer-
cio Vecinal (CV)
13 38524-2013 GERARDO CHI-
CLLA TORRES
DE ZONA DE REGLAMEN-
TACIÓN ESPECIAL (ZRE) A
ZONA DE EQUIPAMIENTO
– CENTRO DE SALUD (H2)
IMPROCEDENTE,
propuesto a Comer-
cio Zonal
Los mismos que forman parte integrante del presente
Acuerdo de Concejo; en mérito a las consideraciones ante
expuestas.
Artículo 2º.- DEVOLVER, el Expediente Nº 28149-2013
de la Asociación de Propietarios del Mercado de Abastos
Mega Plaza de Santa Clara – Ate Vitarte, a la Gerencia
de Desarrollo Urbano de la Entidad, para el trámite
correspondiente.
Artículo 3º.- DISPONER; que a través de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, se remitan los documentos pertinentes
y actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la
continuación del trámite correspondiente en concordancia
con lo establecido en la normatividad vigente.
Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente
Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Plani cación Urbana
y Catastro, y demás áreas pertinentes de esta Corporación
Municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1078439-1
Aprueban opinión favorable de
asignación de zonificación a la
calificación de otros usos de lotes de la
Urbanización Mayorazgo III Etapa
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 023
Ate, 11 de abril de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de
Abril del 2014, el Dictamen Nº 007-2014-MDA/CDUIP de la
Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública;
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad, con lo dispuesto por el artículo
1940 de la Constitución Política, modi cada por Ley Nº
28607, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. Reconociendo su
facultad de ejercer Actos de Gobierno y de administración
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que los Acuerdos son
decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos
especí cos de interés público, vecinal o institucional, que
expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Que, mediante Expediente Nº 5306-2014 (O cio Nº 043-
2014-COFOPRI/SG) el Secretario General del Organismo
de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI,
formula peticiones de Cambio Especí co de Zoni cación de
los Lotes 25 y 26 de la Mz. T de la Urbanización Mayorazgo
III Etapa;
Que, mediante Informe Nº 036-2014/MDA-GDU-SGPUC-
APU-JAVH, el área técnica de la Gerencia de Desarrollo
Urbano, luego de la evaluación técnica correspondiente,
opina que es factible la asignación de la zoni cación a la
cali cación de Otros Usos (OU) de los mencionados lotes,
en función de la afectación en uso de los predios a favor
de COFOPRI, registrados en las partidas Nº 49024576 y
Nº 49024577; asimismo, con Informe Nº 363-2014/MDA-
GDU-SGPUC de la Sub Gerencia de Plani cación Urbana
y Catastro, señala que de acuerdo a la evaluación técnica
es factible el cambio de zoni cación a Otros Usos (OU);
establece en el Artículo IX del Título preliminar que el
proceso de planeación local es integral, permanente y
participativo articulando a las municipalidades con sus
vecinos y en su Artículo X del mismo Título establece que
los gobiernos locales promueven el desarrollo integral
para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social
y el sostenimiento integral. Asimismo, en el numeral 1.2
del artículo 79º se establece que es función especí ca
exclusiva de las municipalidades provinciales en materia de
Organización del espacio físico y uso del suelo, entre otro
aprobar el Esquema de Zoni cación de áreas urbanas.
Que, los cambios de zoni cación se rigen por las
normas contenidas en la Ordenanza Nº 1617-MML, que
en su artículo 4º establece 2 tipos de trámites que son
los siguientes: Peticiones de Cambio de Zoni cación e
Iniciativas de Cambio de Zoni cación, debiendo para
ambos casos cumplir con los requisitos establecidos en el
artículo 6º, así como el procedimiento establecido en dicha
Ordenanza. Se hace presente que en el presente caso se
trata de peticiones de cambio de zoni cación.
Que, el artículo 7º de la citada Ordenanza señala
que la petición de cambio de zoni cación, está referida al
proceso técnico de evaluar y declarar procedente o no, las
propuestas de cambio de zoni cación que presenten los
propietarios de predios, para modi car las cali caciones de
zoni cación de sus predios;
Que, el artículo 12º de la mencionada Ordenanza
Metropolitana, establece que las Municipalidades Distritales
realizarán la evaluación de las Peticiones de Cambio de
Zoni cación y elaboraran un informe único, emitiendo su
opinión sobre el total de las peticiones; el que será elevado
al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo
de Concejo respectivo, donde expresará su opinión, la
misma que no tiene carácter vinculante;
Que, el titular de la Municipalidad Distrital remitirá
a la Municipalidad Metropolitana de Lima las propuesta
de Cambios de Zoni cación, conjuntamente con todo
lo actuado, los expedientes en dos archivos digitales,
consignando la documentación técnica y el Acuerdo de
Concejo Distrital respectivo, a más tardar el 15 de abril de
cada año (Primera Etapa) y el 15 de Octubre de cada año
(Segunda Etapa);
Que, de conformidad a lo establecido en el
artículo 29º, inciso 29.5, Otros Usos (OU), son
las áreas urbanas destinadas a la habilitación y

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