Acuerdo Nº 37-2023-ACSS. Dejan sin efecto la suspensión del Acuerdo de Concejo N° 35-2023-ACSS y precisan monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026
Fecha de publicación | 22 Abril 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Santiago de Surco, 18 de abril de 2023
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha;
VISTO:
El Oficio N° 0476-2023-EF/53.04 de fecha 30.03.2023 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, que contiene el Informe N° 0648-2023-EF/53.04 y la Opinión N° 0120-2023-DGGFRH/DGPA ambas de fecha 30.03.2023 de la Dirección de Gestión de Personal Activo, el Memorándum N° 751-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 297-2023-GAJ-MSS de fecha 12.04.2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 665-2023-SGGTH-GAF-MSS de fecha 17.04.2023 de la Subgerencia de Gestión de Talento Humano, sobre Dietas de los Regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Acuerdo de Concejo N° 05-2023-ACSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 03.02.2023, se aprobó la compensación económica del Alcalde de Santiago de Surco; asimismo, se estableció en su Artículo Segundo: “diferir la aprobación de la dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco, hasta que la administración municipal, recabe las opiniones técnicas y legales de los órganos competentes (Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, entre otros) que permitan al Concejo Municipal, determinar con claridad el monto por el cual deban ser aprobadas”;
Que, a través del Acuerdo de Concejo N° 14-2023-ACSS publicado en el diario oficial El Peruano el 18.02.2023, se acordó en su Artículo Primero: “APROBAR el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos (02) Sesiones de Concejo, por el importe de S/ 2,730.00 (Dos Mil Setecientos Treinta y 00/100 Soles); monto sujeto a modificación y/o reintegro en caso se determine por los órganos técnicos especializados, la normal aplicación del límite máximo del 30% de la Compensación Económica mensual del Alcalde”;
Que, posteriormente con Acuerdo de Concejo N° 35-2023-ACSS publicado en el diario oficial El Peruano, el 30.03.2023, se acordó: “ESTABLECER CON EFECTO SUSPENSIVO el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos (02) Sesiones de Concejo, fijándolas en el importe de S/ 3,978.00 (Tres...
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha;
VISTO:
El Oficio N° 0476-2023-EF/53.04 de fecha 30.03.2023 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, que contiene el Informe N° 0648-2023-EF/53.04 y la Opinión N° 0120-2023-DGGFRH/DGPA ambas de fecha 30.03.2023 de la Dirección de Gestión de Personal Activo, el Memorándum N° 751-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 297-2023-GAJ-MSS de fecha 12.04.2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 665-2023-SGGTH-GAF-MSS de fecha 17.04.2023 de la Subgerencia de Gestión de Talento Humano, sobre Dietas de los Regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Acuerdo de Concejo N° 05-2023-ACSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 03.02.2023, se aprobó la compensación económica del Alcalde de Santiago de Surco; asimismo, se estableció en su Artículo Segundo: “diferir la aprobación de la dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco, hasta que la administración municipal, recabe las opiniones técnicas y legales de los órganos competentes (Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, entre otros) que permitan al Concejo Municipal, determinar con claridad el monto por el cual deban ser aprobadas”;
Que, a través del Acuerdo de Concejo N° 14-2023-ACSS publicado en el diario oficial El Peruano el 18.02.2023, se acordó en su Artículo Primero: “APROBAR el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos (02) Sesiones de Concejo, por el importe de S/ 2,730.00 (Dos Mil Setecientos Treinta y 00/100 Soles); monto sujeto a modificación y/o reintegro en caso se determine por los órganos técnicos especializados, la normal aplicación del límite máximo del 30% de la Compensación Económica mensual del Alcalde”;
Que, posteriormente con Acuerdo de Concejo N° 35-2023-ACSS publicado en el diario oficial El Peruano, el 30.03.2023, se acordó: “ESTABLECER CON EFECTO SUSPENSIVO el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos (02) Sesiones de Concejo, fijándolas en el importe de S/ 3,978.00 (Tres...
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