Acuerdo N° 35-2023-ACSS. Establecen con efecto suspensivo el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos Sesiones de Concejo

Fecha de publicación30 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Santiago de Surco, 29 de marzo de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

DE SURCO

POR CUANTO

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Dictamen Nº 08-2023-CGM-CAJ-MSS, Dictamen Conjunto de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, las Cartas Nº 1227 y Nº 1228-2023-SG-MSS, y el Oficio Nº 325-2023-SG-MSS de la Secretaría General, Informe Nº 588-2023-SGGTH-GAF-MSS de la Subgerencia de Gestión de Talento Humano, el Memorándum Nº 122-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Oficio Nº 0090-2023-EF /53.04 de fecha 24.02.2023 y el Oficio Nº 0273-2023-EF/53.04 de fecha 13.03.2023 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros documentos; sobre Dietas de los Regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 413-2019-EF que aprobó el monto de la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales, comprendidos en el literal a) del Artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 413-2019-EF, establece la prohibición de reajuste del monto de dietas para los regidores, señalando taxativamente que: “El presente Decreto Supremo no autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los regidores”;

Que, con Acuerdo de Concejo Nº 05-2023-ACSS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 03.02.2023, se aprobó la compensación económica del Alcalde de Santiago de Surco; asimismo, se estableció en su Artículo Segundo: “diferir la aprobación de la dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco, hasta que la administración municipal, recabe las opiniones técnicas y legales de los órganos competentes (Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, entre otros) que permitan al Concejo Municipal, determinar con claridad el monto por el cual deban ser aprobadas”;

Que, con Acuerdo de Concejo Nº 14-2023-ACSS publicado en el diario oficial El Peruano el 18.02.2023, se acordó en su Artículo Primero: “APROBAR el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Santiago de Surco, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos (02) Sesiones de Concejo, por el importe de S/ 2,730.00 (Dos Mil Setecientos Treinta y 00/100 Soles); monto sujeto a modificación y/o reintegro en caso se determine por los órganos técnicos...

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