Acuerdo N° 2131-2024/GRP-CR. Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Catacaos

Fecha de publicación03 Abril 2024
SecciónSección Única
Autorizan viaje del Ministro del Ambiente al Reino de Bélgica y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Piura, 25 de marzo de 2024


VISTO:


En Sesión Extraordinaria N° 08-2024 del Consejo Regional de Piura, realizada el 25 de marzo del 2024; el Dictamen N° 05-2024/GRP-CR-CPPTyAT del 22 de marzo de 2024; el Informe N° 026-2024/GRP-CRP-ECCR del 22 de marzo de 2024; el Informe N° 0639-2024/GRP-460000 del 22 de marzo de 2024; Informe N° 049-2024/GRP-410000 del 21 de marzo de 2024; Informe N° 112-2024/GRP-410110 del 21 de marzo de 2024; Memorando N° 330-2024/GRP-400000 del 22 de marzo de 2024; Oficio N° 083-2024-MDC/A (Hoja de Registro y Control N° 008301), del 19 de marzo de 2024 de la Municipalidad Distrital de Catacaos; Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Catacaos para el Financiamiento de la Ejecución del Proyecto de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); y, Acuerdo de Concejo Municipal N° 012-2024-MDC de fecha 18 de marzo de 2024;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización-Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;


Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. El artículo 15° literal a) establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. El artículo 16° literal a) establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales. Y el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;


Que, mediante Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, ha dispuesto lo siguiente: “Articulo 76.- Transferencias Financieras. (…) 76.1 Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2 Las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en...

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