Acuerdo Nº 136-2023-ACSS. Declaran desfavorable solicitud de Cambio de Zonificación de Otros Usos - OU a Residencial de Densidad Media - RDM y Comercio Zonal - CZ, para inmueble ubicado en el distrito, presentada por la Asociación Civil Lima Polo Club

Fecha de publicación01 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de funcionaria del OSIPTEL para participar en evento a realizarse en Bolivia

Santiago de Surco, 23 de noviembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO


POR CUANTO


El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha;


VISTO:


El Dictamen N°11-2023-CDU-CAJ-MSS, Dictamen Conjunto de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 2322-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, Informe Nº 868-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 155-2023-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe N° 771-2023-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Memorándum Nº 614-2023-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, Memorándums Nº 1374 y Nº 1432-2023-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, Documentos Simples Nº 2365462023 y Nº 2467032023 de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, entre otros documentos, sobre propuesta de Cambio de Zonificación; y


CONSIDERANDO:


Que, el numeral 5) del artículo de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de las Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos, y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial”;


Que, el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ordenanza N° 2086, Ordenanza que regula el cambio de zonificación en Lima Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el diario oficial El Peruano el 13.04.2018, señala que:


“9.4 Una vez realizada la verificación señalada en el literal 9.2 y dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes de ingresada la petición, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas remitirá una (01) copia de la misma a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el predio, a fin que, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, dicha Municipalidad Distrital, realice las siguientes acciones:


9.4.1 El levantamiento de la opinión de la población vecina colindante, directamente involucrada con la petición de cambio de zonificación, a través del Formulario Único de Consulta Vecinal (FUCV). Para el caso de los predios ubicados en el Cercado de Lima, la consulta se realizará a través de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima o de la Unidad Orgánica que haga las veces de...

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