ACUERDO Nº 1166-2015/GRP-CR - Aceptan donación dineraria a favor de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL PAITA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2015
563182 NORMAS LEGALES Viernes 2 de octubre de 2015 /
El Peruano
RELACIÓN DE 06 CONCESIONES OTORGADAS
AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708
RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL
Nº 31-2015-G.R.AMAZONAS/DREM
NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN;
B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y
FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL
REGIONAL; E) ZONA; F) COORDENADAS U.T.M DE
LOS VÉRTICES DE LA CONCESIÓN.
1.- A) TRES PÍRAMIDES 5 B) 510000513 C)
CARMEN JANET ROJAS SIGUENTES D) 014-2014-
G.R. AMAZONAS/DREM 16/06/2014 E) 18 F) V01:
N9233 E175 V02 N9233 E176 V03 N9232 E176 V04
N9232 E175 2.- A) TRES PIRAMIDES 4 B) 510000413
C) CARMEN JANET ROJAS SIGUENTES D) 020-2014-
G.R. AMAZONAS/DREM 18/07/2014 E) 18 F) V01: N9237
E177 V02 N9237 E180 V03 N9235 E180 V04 N9235 E177
3.- A) MALACHITA B) 510000214 C) SANDRO CASTRO
SANTILLAN D) 043-2014-G.R. AMAZONAS/DREM
22/12/2014 E) 18 F) V01: N9313 E186 V02 N9313 E187
V03 N9312 E187 V04 N9312 E186 4.- A) CACAMARCA
B) 510000514 C) SIXTINA ODIAGA DE GRANDEZ D)
010-2015-G.R. AMAZONAS/DREM 01/04/2015 E) 18 F)
V01: N9315 E198 V02 N9315 E199 V03 N9314 E199
V04 N9314 E198 5.- A) PUCA TRANCA B) 510000314
C) RITA EDITH CULQUI TRIGOSO D) 026-2015-G.R.
AMAZONAS/DREM 21/08/2015 E) 18 F) V01: N9326
E206 V02 N9326 E207 V03 N9325 E207 V04 N9325 E206
6.- A) AGREGADOS LA ESPERANZA B) 510000415 C)
VICTOR GUZMARO QUIROZ ALCANTARA D) 029-2015-
G.R. AMAZONAS/DREM 28/08/2015 E) 17 F) V01: N9381
E772 V02 N9381 E773 V03 N9380 E773 V04 N9380 E772
1294048-1
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Aceptan donación dineraria a favor de la
Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL
PAITA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 1166-2015/GRP-CR
Piura, 16 setiembre 2015
VISTO:
O cio Nº 1197-2015-GOB.REG.DREP-UGEL PAITA-D
(HRC 37038), de fecha 08 de setiembre de 2015,
mediante el cual la Directora de la UGEL Paita solicitó
a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto
y Acondicionamiento Territorial, del Gobierno Regional
Piura, la incorporación vía Crédito Suplementario por el
monto de S/. 29,849.75., otorgado en donación por la
Asociación Civil Fondo Social Terminal Portuario de Paita,
con la nalidad de cumplir con las actividades y metas
programadas.
CONSIDERANDO:
Nº 27867, ha dispuesto en el Artículo 15º: “Atribuciones
del Consejo Regional: a) Aprobar, modi car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional (...)”;
Que, la Ley citada en el considerando precedente, en
el Artículo 60º literal e. señala como función del Gobierno
Regional en materia de desarrollo social e igualdad de
oportunidades, el gestionar y facilitar el aporte de la
cooperación internacional y las empresas privadas en
los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo
social;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF: en el Artículo 42º
Incorporación de mayores fondos públicos, apartado
42.1, ha señalado: “Las incorporaciones de mayores
fondos públicos que se generan como consecuencia de
la percepción de determinados ingresos no previstos
o superiores a los contemplados en el presupuesto
inicial, son aprobados mediante resolución del Titular
de la entidad cuando proviene de: a) Las fuentes de
financiamiento distintas a las de Recurso Ordinarios y
Recurso por Operaciones Oficiales de Crédito que se
produzcan durante el año fiscal (...)”. La misma norma
en el Artículo 69º Donaciones, indica: “Las donaciones
dinerarias provenientes de instituciones nacionales o
internacionales, públicas o privadas, diferentes a las
provenientes de los convenios de cooperación técnica
no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del
Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso
de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal
en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la
fuente donante y el destino de estos fondos públicos.
Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán
publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el
monto de la donación supere las cinco (5) Unidades
Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores
a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se
publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la
entidad, bajo responsabilidad. Los Gobiernos Locales
que carezcan de página web realizarán la citada
publicación en carteles impresos ubicados en su local
institucional”. (Subrayado agregado);
Que, con Resolución Directoral Nº 027-2014-EF/50.01,
se modi có la Directiva para la Ejecución Presupuestaria
y aprueban Clasi cadores Presupuestarios para el Año
Fiscal 2015, que señala que: “Artículo 21º, numeral
21.2, literal iii) señala, que la incorporación de mayores
fondos públicos distintas a las Fuentes de Financiamiento
Recursos Ordinarios y Recursos Operaciones O ciales de
Crédito, se aprueban por Resolución Ejecutiva Regional,
en el marco de lo dispuesto por el art. 42º de la Ley
General”;
Que, mediante Informe Nº 041-2015-GOB.REG.P-
DREP-UGEL-P.A/TES, de fecha 04 de setiembre de
2015, el administrador de la UGEL – PAITA, comunicó
al encargado de tesorería de dicha institución que se
ha solicitado la apertura de cuenta corriente, el mismo
que ha sido creado con el número 00-638-038176, para
lo cual solicita al área de presupuesto coordinar con el
Pliego para la incorporación de recursos vía crédito
suplementario hasta por la suma de S/. 29,849.75
(Veintinueve Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve con
75/100 Nuevos Soles);
Que, con O cio Nº 1197-2015-GOB.REG.DREP-UGEL
PAITA-D (HRC 37038), de fecha 08 de setiembre de 2015,
mediante el cual la Directora de la UGEL Paita solicitó a
la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial la incorporación vía Crédito
Suplementario por el monto de S/. 29,849.75., otorgado
por la Asociación Civil Fondo Social Terminal Portuario
de Paita, con la nalidad de cumplir con las actividades
y metas programadas. Ello teniendo en cuenta que la
Asociación Civil Fondo Social Terminal Portuario de Paita,
con Registro Único de Contribuyentes 20522473571,
inscritas con Partida Electrónica Nº 12341462 del
Registro de Personas Jurídicas, ha donado el importe de
S/. 29,849.75 de un presupuesto total de S/. 94,272.50, a
favor de la UGEL Paita los mismos que serán destinados
en la formulación del proyecto educativo local de la
provincia de Paita;
Que, por tratarse de fondos públicos a percibirse en el
presente ejercicio 2015 en calidad de donación por parte
de la Asociación Civil Fondo Social Terminal Portuario de
Paita, constituye una fuente de nanciamiento distinta a la
de Recursos Ordinario y Operaciones O ciales de Crédito,
lo que deviene en mayores ingresos y corresponde su
incorporación nanciera y presupuestal a nivel de Pliego,
Fuente de Financiamiento, Categoría de Gasto, genérica
del Gasto, Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto
según corresponda, actividad en el presente ejercicio
2015;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR