ACUERDO N° 1153 - Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Lince que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito

Fecha de publicación17 Noviembre 2014
Fecha de disposición17 Noviembre 2014
El Peruano
Lunes 17 de noviembre de 2014 537749
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación.
En Huánuco a los 5 días del mes de noviembre del
año dos mil catorce.
JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno
Regional de Huánuco, a los 10 días del mes de noviembre
del dos mil catorce.
LUIS R. PICÓN QUEDO
Presidente
1164581-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Suspenden la aplicación excepcional
de lo dispuesto en el artículo 8 inciso b)
de la Ordenanza Nº 1533 que aprueba
el Procedimiento de Ratificación de
Ordenanzas Tributarias en el ámbito
de la provincia de Lima
ORDENANZA Nº 1818
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en sesión ordinaria de Concejo Metropolitano de
fecha 4 de noviembre de 2014, el Dictamen N° 235-2014-
MML/CMAEO.
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA N°
NORMA QUE ESTABLECE SUSPENDER LA
APLICACIÓN EXCEPCIONAL DE LO DISPUESTO
EN EL ARTÍCULO 8 INCISO b) DE LA ORDENANZA
Nº 1533, QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE
RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS EN
EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA
Artículo 1º.- Ámbito de aplicación
Pueden acogerse a los alcances de la presente norma,
las Municipalidades Distritales integrantes de provincia de
Lima para efectos de la ratif‌i cación de las Ordenanzas de
arbitrios municipales del ejercicio 2015.
Artículo 2º.- Suspensión de plazo
Suspéndase en forma excepcional la aplicación
del plazo establecido en el inciso b) del artículo 8 de la
Ordenanza Nº 1533, para efectos de la ratif‌i cación de
las ordenanzas que aprueben los Arbitrios Municipales
correspondientes al ejercicio 2015.
Artículo 3º.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Of‌i cial “El
Peruano”.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 4 de noviembre de 2014
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
1164978-1
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad
Distrital de Lince que establece la tasa
por estacionamiento vehicular en zonas
urbanas del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 1153
Lima, 12 de agosto de 2014
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de 12 de agosto
de 2014, el Of‌i cio Nº 001-090-00007535 de la Jefatura del
Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el
expediente de ratif‌i cación de la Ordenanza Nº 339-MDL,
de la Municipalidad Distrital de Lince, que establece la
tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del
citado Distrito; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas
en materia tributaria expedidas por las Municipalidades
Distritales deben ser ratif‌i cadas por las Municipalidades
Provinciales de su circunscripción para su vigencia y
exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza
Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27 de
junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital
de Lince, aprobó la Ordenanza materia de la ratif‌i cación,
remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria, con
sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con
carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad, previa
revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº
264-181-00000169 opinando que procede la ratif‌i cación
solicitada por cumplir con la Ordenanzas Nº 739 y Nº
1533 y las Directivas 001-006-00000005 publicada el 16
de marzo de 2005 y N 001-006-00000015 publicada el 30
de junio de 2011;
Que, la prestación del servicio se efectuará en 958
espacios de estacionamiento de lunes a sábado desde las
08:00 a.m. hasta las 21:00 horas, con la tasa de S/. 0.50
por 30 minutos y los ingresos que la citada municipalidad
ha proyectado percibir f‌i nanciará el 99.25% de los costos
del servicio y la diferencia será cubierta con otros ingresos
que perciba la misma.
De acuerdo con lo opinado por el SAT, por la Gerencia
de Transporte Urbano en su Of‌i cio Nº 1558-2014-MML-
GTU-SIT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos
Económicos y Organización en su Dictamen Nº 186 -
2014-MML/CMAEO.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza Nº 339-
MDL, de la Municipalidad Distrital de Lince que establece
la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas
de dicho Distrito, cuyo servicio se prestará en lunes a
sábado desde las 08:00 a.m. hasta las 21:00 horas.
Artículo Segundo.- La ratif‌i cación se encuentra
condicionada al cumplimiento de la publicación del
presente Acuerdo ratif‌i catorio, así como del texto íntegro

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