ACUERDO N° 1125-2015/GRP-CR - Aprueban delegación de competencias al Ministerio de Educación, para la remodelación, equipamiento y mantenimiento de infraestructura de diversos colegios

Fecha de disposición19 Abril 2015
Fecha de publicación19 Abril 2015
El Peruano
Domingo 19 de abril de 2015
550976
el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que
se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen
la representación sobre temas vinculados con negociaciones
bilaterales, multilaterales, foros o misiones of‌i ciales que
comprometan la presencia de sus trabajadores, así como
para el ejercicio de funciones o participación en eventos de
interés para la Superintendencia, como el presente caso;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el
viaje de los citados funcionarios para que participen en
el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por
concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC
serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al
Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y,
En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley N°
26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 2090-2015, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud
a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas
Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio
2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N°
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores
César Erik Ernaú Gushiken, Intendente del Departamento
de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones,
y Miguel Rivera Melgar, Coordinador del Equipo de
Supervisión de Pensiones y Benef‌i cios del Departamento
de Supervisión de Pensiones y Benef‌i cios, ambos de la
Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas
de Fondos de Pensiones de la SBS, del 26 de abril al
09 de mayo de 2015, a la ciudad de Washington D.C.,
Estados Unidos de América, para los f‌i nes expuestos en
la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberán presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización, según se indica,
serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al
Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo
al siguiente detalle:
Pasajes US$ 2,377.60
Viáticos US$ 11,440.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los
funcionarios cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (a.i.)
1226364-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Aprueban delegación de competencias
al Ministerio de Educación, para
la remodelación, equipamiento y
mantenimiento de infraestructura de
diversos colegios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 1125-2015/GRP-CR
Piura, 9 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo
Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son
personas jurídicas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, de conformidad con lo establecido en los artículos
y del literal m) del artículo 47º, de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales
comparten competencias con el gobierno nacional en
materia de educación, y tienen entre sus funciones el
diseño e implementación de políticas de infraestructura y
mobiliario;
Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la
decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos,
de interés público, ciudadano o institucional o declara su
voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional, conforme a lo establecido
por el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867;
Que, a través de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa
la inversión pública regional y local con participación del
sector privado, se estableció el mecanismo por el cual
los Gobiernos Regionales y Locales pueden ejecutar
proyectos de inversión pública con participación del sector
privado, a cargo de sus recursos de canon, sobrecanon,
regalías mineras, renta de aduanas y participaciones;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 1032-
2014/GRP-CR del 18 de junio de 2014, y Acuerdo de
Consejo Regional Nº 1053-2014/GRP-CR del 27 de agosto
de 2014, se priorizaron proyectos de inversión pública
correspondiente a once (11) proyectos de mejoramiento
de Instituciones Educativas de nuestra Región, para ser
ejecutados en el marco de la Ley Nº 29230;
Que, a través del artículo 17º de la Ley Nº 30264, se
incorporó a las entidades del Gobierno Nacional de los
sectores salud, educación, turismo, agricultura y riego,
orden público y seguridad, en los alcances de la Ley Nº
29230, a cargo de sus recursos ordinarios;
Que, el Gobierno Regional Piura ha establecido como
política de gestión, promover la participación del sector
privado para la ejecución de proyectos de inversión pública
en infraestructura y de servicios públicos de competencia
regional en el ámbito de su jurisdicción; con ello se busca
la promoción de la participación de la inversión privada
en la ejecución de estos proyectos, y así favorecer el
desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes,
servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de
vida de la población;
Que, en ese contexto, se presentó al Ministerio de
Educación una carta en la cual una empresa privada
presentó una propuesta para que dicho Ministerio, priorice la
ejecución de un proyecto que implica la reparación integral y
el mantenimiento de las siguientes Instituciones Educativas:
Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa en
la I.E Nº 20436 Rosa Suarez Rafael Urb. Los Tallanes – Distrito
y provincia Piura, código SNIP 142283; ii) Mejoramiento de
la Oferta del servicio educativo de la Institución Educativa
Manuel Gonzales Prada - Sol Sol – Distrito de Chulucanas,
provincia de Morropón, región Piura, código SNIP 171843;
iii) Mejoramiento de la oferta del servicio educativo de la
Institución Educativa pública Alfonso Ugarte – San Pedro,
distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, región Piura,
código SNIP 161751; iv) Ampliación y mejoramiento de los
servicios educativos de la Institución Educativa San Ramón,
distrito de Chulucanas, provincia Morropón – departamento
Piura, código SNIP 161278; v) Mejoramiento de los servicios
de educación inicial, primaria y secundaria de la I.E. Monte
Lima, distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana –
departamento Piura, código SNIP 264829; y vi) Ampliación
y mejoramiento de infraestructura con equipamiento de
mobiliario en la Institución Educativa San Francisco de
Chocán – Querecotillo, código SNIP 30943;
Que, este proyecto se ejecutaría bajo el mecanismo
de obras por impuestos, el cual tiene por objetivo,
entre otros, la remodelación y equipamiento, así como
el mantenimiento de infraestructura de los colegios
anteriormente descritos por un plazo de cinco (5) años,
intervención que benef‌i ciaría a una población estudiantil
aproximada de 19,0000 alumnos; brindándoles una
infraestructura educativa de calidad, la misma que será
mantenida en óptimas condiciones;

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