Islay, 11 de diciembre del 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ISLAY.
Visto, en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 047-2023-AMVCCA/GDE/MDI del (e) del Area de Administracion de Mercados y Comercio Ambulatorio de la Municipalidad Distrital de Islay, quien solicita dar inicio ante la entidad que corresponde la tramitación para obtener la titularidad del predio del mercado a favor de la Municipalidad Distrital de Islay; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, según el artículo 9º de la Ley Nº27783, “Ley de Bases de la Descentralización”, señala que, la autonomía política es la facultad de adoptar políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios Públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”. En ese sentido, los gobiernos locales promueven el desarrollo local y la prestación de los servicios públicos, en armonía de las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972; refiere, que el ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal, de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional. Las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del derecho administrativo;
Que, en conformidad con el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 los Acuerdos de Concejo Municipal son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés...