Acuerdo N° 102 - 2022-GR-LL/CR. Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Chao
Fecha de publicación | 11 Agosto 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Trujillo, 26 de julio de 2022
APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO, HASTA POR LA SUMA DE CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES (S/. 5, 689,467.00), DESTINADOS AL COFINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, CON CUI: 2389090 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. N° 82210 KARINA VIOLETA DAMIAN ALAYO DEL C.P. NUEVO CHAO DEL DISTRITO DE CHAO – PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria virtual de fecha 21 de julio del 2022 VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 063-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, que contiene el Dictamen N° 032-2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES (S/. 5,689,467.00), destinados al cofinanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI: 2389090 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. N° 82210 KARINA VIOLETA DAMIAN ALAYO DEL C.P. NUEVO CHAO DEL DISTRITO DE CHAO – PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado;
Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe...
APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO, HASTA POR LA SUMA DE CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES (S/. 5, 689,467.00), DESTINADOS AL COFINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, CON CUI: 2389090 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. N° 82210 KARINA VIOLETA DAMIAN ALAYO DEL C.P. NUEVO CHAO DEL DISTRITO DE CHAO – PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria virtual de fecha 21 de julio del 2022 VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 063-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, que contiene el Dictamen N° 032-2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES (S/. 5,689,467.00), destinados al cofinanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI: 2389090 DENOMINADO MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. N° 82210 KARINA VIOLETA DAMIAN ALAYO DEL C.P. NUEVO CHAO DEL DISTRITO DE CHAO – PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado;
Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe...
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