ACUERDO Nº 091-2015/MC - Declaran en situación de desabastecimiento inminente el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos en el distrito

Fecha de disposición18 Septiembre 2015
Fecha de publicación18 Septiembre 2015
561734 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2015 / El Peruano
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Declaran en situación de desabastecimiento
inminente el servicio de recolección,
transporte y disposición final de residuos
sólidos en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 091-2015/MC
Comas, 10 de setiembre de 2015
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Informe Nº 084-2015-PPM/MC, del Procurador Público
Municipal, respecto de la Conciliación con la Empresa
Representaciones Peruanas del Sur S.A. en referencia al
Acuerdo de Concejo establecido el 03 de Setiembre del
2015; el Informe Nº 541-2015-SGLPO-GSCGA/MC, del
Sub Gerente de Limpieza Pública y Ornato, respecto del
desabastecimiento inminente del servicio de recolección,
transporte y disposición f‌i nal de residuos sólidos en el
distrito de Comas, adjunto a los términos de referencia
para la contratación del servicio de recolección, transporte
y disposición f‌i nal de los residuos sólidos; el Informe Nº
489-2015 GSCyGA-GM/MDC del Gerente de Servicios
a la Ciudad y Gestión Ambiental por el cual solicita a la
Gerencia Municipal disponer las acciones pertinentes con
carácter de urgente para la contratación vía exoneración
de una empresa especializada para que asuma el
servicio de recolección, transporte y disposición f‌i nal de
los residuos sólidos por un lapso de 90 días, en tanto se
convoque a Concurso Público correspondiente para los
ejercicios 2016 y 2017; y, el Informe Nº 264-2015-GAJ/
MDC, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia de conformidad con
lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política
del Perú, modif‌i cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma
Constitucional y concordante con lo dispuesto en la
parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
de Municipalidades, señala que los Acuerdos son
decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos
específ‌i cos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional;
Que, el numeral 3.1.del art. 80º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe respecto del
saneamiento, Salubridad y Salud, que son funciones de
las Municipalidades Distritales: Proveer del servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios;
Que, con fecha 03 de setiembre de 2015, el Concejo
Municipal en sesión emite el Acuerdo de Concejo Nº
089-2015/MC, estableciéndose en el Artículo Primero
AUTORIZAR al PROCURADOR PUBLICO MUNICIPAL, la
facultad para conciliar extrajudicialmente con la empresa
Representaciones Peruanas del Sur S.A. – REPERSA;
Que, la Procuraduría Publica Municipal mediante
INFORME Nº 084-2015-PPM/MC, de fecha 04 de
setiembre de 2015, adjunta el ACTA DE CONCILIACIÓN
POR ACUERDO TOTAL, ACTA Nº 52-2015, realizada
en el Centro de Conciliación “ASOCIACIÓN CASTILLO
HERNÁNDEZ”, estableciéndose en el ACUERDO Nº
2 que el servicio que la empresa Representaciones
Peruanas del Sur S.A. viene brindando, no se interrumpirá
y continuará efectuándolo hasta el día 18 de Setiembre
del 2015;
Que, la Sub-Gerencia de Limpieza Pública y Ornato,
mediante el Informe Nº 541-2015-SGLPO-GSCGA/
MC, de fecha 08 de Setiembre de 2015, señala que
como consecuencia de la suscripción del ACTA DE
CONCILIACIÓN POR ACUERDO TOTAL, ACTA Nº
52-2015, a partir del 19 de setiembre el Servicio
de recolección y transporte de residuos sólidos se
quedaran en desabastecimiento inminente debido
a que la Sub-Gerencia no cuenta con la capacidad
operativa propia para cubrir los servicios que se
dejarían de efectuar; Acota como sustento que la
Empresa Representaciones Peruanas del Sur S.A.,
realiza el servicio de recolección de residuos sólidos en
44 rutas domiciliarias, 11 rutas de avenidas y 03 rutas
de mercado, un promedio de 52 viajes/día, 500 tn/día
aproximadamente de residuos sólidos municipales, por
lo que al dejar de operar dicha Empresa a partir del día
19 de setiembre, el servicio de recolección y transporte
de residuos sólidos se quedarían en desabastecimiento
inminente, pues la Municipalidad solo cuenta con cuatro
unidades adecuadas para la recolección y transporte
de residuos sólidos municipales (compactadoras) las
cuales prestan el servicio en 20 rutas domiciliarias
actualmente, con ello sería imposible garantizar un
servicio efectivo en las 68 rutas domiciliarias, 11 rutas
de avenidas y 03 rutas de mercados que debe realizarse
todos los días en el distrito, lo que generaría un retraso
en los servicios de recolección y se podría suscitar una
emergencia sanitaria, por lo que requiere se evalúe la
contratación de una empresa que reúna las condiciones
técnico sanitarias establecidas en la Ley General de
ANEXO
TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS – TUSNE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SERVICIOS EXCLUSIVOS REQUISITOS PRECIO PLAZO EN DÍAS
CONCEPTO S/.
GERENCIA DE SALUD
…..
4 SERVICIO DE ZOONOSIS
…..
-Ecografía Abdominal |Previa consulta Por animal 35.00
-Esterilizaciones en Hembras (Ovariohisterectomía) |Previa consulta
Canes hembras pequeñas |Peso menor de 08 kg Por animal 40.00
Canes hembras medianas |Peso de 08 a 18kg Por animal 50.00
Canes hembras Grandes |Peso de 19kg a más Por animal 60.00
……
1288173-1

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