Acuerdo Nº 074-2023-CR/GR CUSCO. Fijan para el Año Fiscal 2023 las remuneraciones del Gobernador Regional, Vicegobernadora Regional y Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Cusco

Fecha de publicación01 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
POR CUANTO:

El Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco, en la Novena Sesión Extraordinaria - Periodo Legislativo 2023, de fecha veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés, ha acordado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, y la Ley Nº 28607 - Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, se establece entre otros aspectos que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y en su Artículo 3º prescribe que los gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley.

Que, el Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece como atribuciones del Consejo Regional, fijar la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente, así como las Dietas de los Consejeros Regionales; asimismo en su Artículo 19º, señala que los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas, las cuales son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad económica del Gobierno Regional. La norma que los aprueba y los montos de las Dietas, se publican obligatoriamente; norma concordante con el Numeral 6) del Artículo 17º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO.

Que, mediante Ley Nº 28212, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 27 de abril del 2004, Ley que desarrolla el Artículo 39º de la Constitución Política en lo que refiere a la Jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, se crea la Unidad Remunerativa del Sector Público (URSP), que servirá como referencia para el pago de las remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado; según el Artículo 4º inciso c) establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales reciben remuneración mensual, que es fijada por el Consejo Regional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR