ACUERDO N° 068-2014-MDBSH - Autorizan viaje de Alcalde y funcionario a Brasil, en comisión de servicios.

Fecha de disposición12 Noviembre 2014
Fecha de publicación12 Noviembre 2014
El Peruano
Miércoles 12 de noviembre de 2014
537516
a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del
Presupuesto Participativo.
b) Informar semestralmente, al Consejo de Coordinación
Local sobre los resultados de la vigilancia.
Artículo 11º.- Rol del Equipo Técnico:
• Organizar y desarrollar las diferentes fases del
proceso.
• Capacitar y asesorar a los agentes participantes.
• Preparar la información y los materiales de trabajo
para el desarrollo de los talleres
• Elaborar los instrumentos normativos y técnicos que
requiera el proceso
• Presentar la cartera de proyectos que administra la
Municipalidad.
• Informar a los agentes participantes la asignación
del presupuesto para proyectos de inversión en
infraestructura.
• Elaborar el Acta de Acuerdos y Compromisos.
TÍTULO VII ARTICULACIÓN DE
LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS
Artículo 12º.- El Presupuesto Participativo se encuentra
articulado con los lineamientos estratégicos del Plan de
Desarrollo Institucional y el Presupuesto Institucional.
El proceso del Presupuesto Participativo se efectuará
en base a cinco Ejes Temáticos, los cuales son: Servicios
Comunales, Sanidad, Servicios Sociales, Seguridad y
Desarrollo Urbano.
TÍTULO VIII CARTERA DE PROYECTOS
Artículo 13º.- La Cartera de Proyectos de Inversión
en Infraestructura presentadas por las Gerencias que
conforman los Ejes Temáticos: Servicios Comunales,
Sanidad, Servicios Sociales, Seguridad y Desarrollo
Urbano; serán sometidas al Taller del Presupuesto
Participativo 2015, para su respectiva priorización y
aprobación; constituyéndose en la Cartera de Proyectos
de la Municipalidad Distrital de La Perla.
Así mismo, los proyectos de inversión en infraestructura
presentados por los agentes participantes serán priorizados
e integrados a la Cartera de Proyectos de Inversión en
Infraestructura que administra la Municipalidad.
TÍTULO IX PRESUPUESTO PARA
PROYECTOS DE INVERSIÓN
Artículo 14º.- El presupuesto asignado para la
ejecución de Proyectos de Inversión en Infraestructura
Pública para el Ejercicio Fiscal 2015, asciende al monto de
Un Millón Cuatrocientos Once mil Ciento Setenta y Cinco
y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,411,175.00), equivalente
al 5.66% del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA)
2015.
TÍTULO X DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Encargar al Equipo Técnico la organización,
programación, convocatoria, desarrollo y ejecución
del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados 2015, el mismo que deberá desarrollarse
entre los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del
presente año.
Segunda.- Cualquier situación no prevista en el
presente Reglamento, será resuelta por el Equipo Técnico,
de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
Tercera.- Encargar a la Gerencia de Secretaría
General, la publicación de la presente Ordenanza.
Cuarta.- Encargar al Área competente la publicación
de la presente Ordenanza, en el Portal Institucional, en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE y en
el Portal del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
1162012-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA BANDA DE SHILCAYO
Autorizan viaje de Alcalde y funcionario
a Brasil, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 068-2014-MDBSH
La Banda de Shilcayo, 28 de octubre del 2014
VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 068-2014 de fecha 30 de
setiembre del 2014, donde el concejo municipal autoriza,
el viaje del señor Alcalde Distrital Luis Antonio Neira León y
del Secretario Técnico de Defensa Civil Sr. Jaime Arévalo
Torres, a f‌i n de participar en el intercambio de experiencias
denominado:” Desarrollando Ciudades Resilientes: Mi
Ciudad se está Preparando”, que se realizará en la
ciudad de Itatiba- Sao Paulo Brasil, de acurdo a la fecha
determinada para el intercambio;
CONSIDERANDO:
Qué, los gobiernos locales gozan de autonomía
política. Económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en
Ley Orgánica de Municipalidades. Radica en la Facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente
Que, mediante documento sin número de fecha 11
de setiembre del 2014, la Jefe de la Of‌i cina Regional
, Las Américas, Of‌i cina de La Naciones Unidas para
la recaudación del Riesgo de Desastres, hace de
conocimiento que en marco de la segunda “convocatoria
para presentación de propuestas de intercambio de
experiencias sobre la integración de la gestión del riesgo
y la adaptación al cambio climático en el proceso de
desarrollo a nivel local”, la propuesta presentada para la
realización de un intercambio ha sido seleccionada.
Que, los intercambios de experiencias son un
componente fundamental de la Campaña Mundial
“Desarrollando Ciudades Resilientes: mi ciudad se está
preparando”, impulsada por la of‌i cina de La Naciones
Unidas para la reducción del riesgo de desastres,
UNISDR.
Que, la experiencia contribuirá al fortalecimiento de
la capacidad de los gobiernos locales participantes para
avanzar en la construcción de resiliencia y el desarrollo de
una gestión efectiva del riesgo, así como estrechar lazos
de cooperación hacia el futuro.
Que, mediante Informe Nº016-2014-STGRDDC-
MDBSH, el Secretario Técnico de la Gestión del Riesgo
de Desastres y Defensa Civil, informa que se recibió
la invitación a las Naciones Unidas para participar en el
intercambio de experiencias entre las ciudades de Itatiba
– Sao Paulo Brasil y que en la invitación han considerado
hacer la invitación al señor alcalde Luis Antonio Neira León
en su calidad de Presidente de la Gestión de Riesgo de
Desastres y Defensa Civil y al señor Jaime Arévalo Torres
en su calidad de Secretario Técnico de la Gestión de
Riesgo de Desastres y Defensa Civil, como también las
Naciones Unidas se encargara de pagar los gastos que
origine el intercambio.
Que, según el artículo 9, numeral 11, de la mencionada
Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal, como
máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del
país que en comisión de servicios o representación de la
municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente
municipal y cualquier otro funcionario. Asimismo, según el
artículo 9, numeral 27 de este mismo dispositivo legal, el
Concejo Municipal aprueba las licencias solicitadas por el
Alcalde o los regidores;
Que, artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, con el que se aprueban las normas reglamentarios
sobre autorización de viajes 01 exterior de servidores y
funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones de
autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Of‌i cial
El Peruano con anterioridad al viaje.

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