Acuerdo Nº 059-2022-GRA/CR-AREQUIPA. Aprueban solicitud de reasignación de la administración de predios ubicados en el diistrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, a favor de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa, para que sean destinados a la ejecución de proyecto

Fecha22 Julio 2022
Fecha de publicación22 Julio 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Arequipa, 19 de julio del 2022

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala, que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)

Que, mediante, Oficio Nº 770-2022-GRA/GRS/GR-OEPD de fecha 16 de junio del presente, y Oficio Nº 908-2022-GRA/GRS/GR-OEPD de fecha 28 de junio del presente, la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa, solicita la aprobación, mediante acuerdo de Consejo Regional, de la solicitud de reasignación de los predios ubicados en la Mz. Ñ Lote 1 del PPJJ Mateo Pumacahua, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, debidamente inscrito en la partida electrónica Nº P06029500 del registro de propiedad inmueble de los Registros Públicos Zona Registral Nº XII Arequipa, y en, la Mz. 54 Lote 1 Zona B del PPJJ el Porvenir, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, debidamente inscrito en la partida electrónica Nº P06020511 del registro de propiedad inmueble de los Registros Públicos Zona Registral Nº XII Arequipa, para la ejecución del PIP “Mejoramiento de la capacidad resolutiva del PS Mateo Pumacahua de la Micro Red Edificadores Misti, Distrito de Miraflores – Arequipa – Arequipa” con CUI Nº 2191338.

Que, el artículo 5º de la Directiva Nº 002-2021-EF/54.01 “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles, aprobada con Resolución Directoral Nº0009-2021-EF/54.01, en su literal d) establece, que los Bienes de Dominio Público son aquellos destinados al uso público como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vías férreas, caminos y otros, cuya administración, conservación y mantenimiento corresponde a una entidad pública; aquellos que sirven de soporte para la prestación de cualquier servicio público como aportes reglamentarios, escuelas, hospitales, estadios, establecimientos penitenciarios, museos, cementerios, puertos, aeropuertos; los bienes reservados y afectados en uso a la defensa nacional; los palacios, las sedes gubernativas e institucionales y otros destinados al cumplimiento de los fines de responsabilidad estatal; y aquellos que por su naturaleza las leyes especiales...

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