Acuerdo Nº 049-2023/MDCH. Autorizan viaje del Alcalde para participar en evento a realizarse en España

Fecha de publicación07 Septiembre 2023
SecciónSección Única
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NORMAS LEGALES
Jueves 7 de setiembre de 2023
El Peruano
/
y Presupuesto, emite opinión técnica favorable a la
conformación del Comité Distrital de Salud de Chorrillos,
como espacio de coordinación, concertación y articulación
para impulsar la implementación de las políticas de salud
de nivel distrital y realizar su seguimiento;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el
Informe Nº 262-2023-MDCH-GAJ, emite opinión legal
indicando que resulta viable la aprobación de la Ordenanza
propuesta; mediante el Memorándum N° 948-2023-GM/
MDCH, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la
Secretaría General para ser elevados al Concejo Municipal;
y mediante el Dictamen N° 002-2023-CSAPHD/MDCH, la
Comisión de Salud, y Atención a Personas con Habilidades
Diferentes, recomienda al Pleno del Concejo Municipal
la aprobación de la ORDENANZA QUE APRUEBA
LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE
SALUD DE CHORRILLOS, COMO INSTANCIA DE
COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD;
Estando a lo expuesto, ejerciendo las facultades
conferidas por la Ley N°27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, con el voto UNÁNIME de sus miembros,
y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del
Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE
SALUD DE CHORRILLOS, COMO INSTANCIA
DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Artículo Primero.- CONFORMAR el COMITÉ
DISTRITAL DE SALUD de la Municipalidad Distrital de
Chorrillos, como espacio de coordinación, concertación y
articulación para el cumplimiento de la nalidad, funciones
y objetivos del Sistema Nacional de Salud e impulsar la
implementación de las políticas de salud de nivel distrital
y realizar su seguimiento.
Artículo Segundo.- APROBAR la conformación del
COMITÉ DISTRITAL DE SALUD de Chorrillos -CDS-
MDCH, Instancia de Coordinación Interinstitucional del
Sistema Nacional de Salud, que está integrado por los
siguientes miembros:
1. Alcalde, quien los preside.
2. Regidor, presidente de la Comisión de Salud de la
Municipalidad de Chorrillos.
3. Director General de la Red Integrada de Salud –
RIS, quien asume la Secretaría de Coordinación del CDS.
4. Director de la DIRIS Lima Sur.
5. Subprefecto del Distrito de Chorrillos.
6. Director del Centro de Salud – Gustavo Lanatta.
7. Director del Policlínico de ESSALUD – José
Rodríguez Lazo.
8. Director del Centro Materno Infantil Virgen del
Carmen.
9. Jefe del Hospital Militar Geriátrico.
10. Gerente de Desarrollo Social.
11. Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión
Ambiental
12. Gerente de Seguridad Ciudadana.
13. Gerente de Servicios de Salud.
14. Jefe de la DEMUNA del Distrito de Chorrillos.
15. Comisario de la Comisaria de Mateo Pumacahua.
16. Comisario de la Comisaria de San Genaro.
17. Director Médico de la Clínica Maison de Santé.
18. Gerente General de la Empresa Municipal Centro
de Salud Chorrillos SA – CHORRILLOS SALUD Chorrillos.
El Comité Distrital de Salud Comité Distrital de Salud
de Chorrillos -CDS-MDCH tendrá como funciones:
a) Impulsar en su ámbito el cumplimiento de la
nalidad, funciones y objetivos del Sistema Nacional
de Salud, así como las políticas, planes, estrategias y
proyectos en materia de salud aprobados por el Ministerio
de Salud, el Gobierno Regional y la Municipalidad Distrital
de Chorrillos.
b) Promover la concertación, coordinación,
articulación y seguimiento de las actividades de salud,
con participación ciudadana.
c) Proponer las prioridades en salud del distrito,
orientadas al cuidado integral de salud de la población,
en el marco de políticas nacionales, regionales y locales
de salud.
d) Promover la participación ciudadana y la
coordinación intersectorial en la organización y
funcionamiento de las Redes Integradas de salud de la
jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Chorrillos.
e) Articular con otros CDS para fortalecer las Redes
Integradas de Salud.
f) Comunicar periódicamente al Comité Provincial
de Salud, los avances y dicultades relacionados a la
implementación de políticas, planes y proyectos que
desarrollen en su ámbito territorial, para recomendar la
toma de acciones en el marco de sus competencias.
Artículo Tercero.- DISPONER que los miembros
designados del Comité Distrital de Salud, pueden delegar
su representación en un alterno únicamente ante la
ausencia de su titular; su acreditación se materializa
mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia
Artículo Cuarto.- DISPONER que un plazo no mayor
de treinta (30) días calendario que se computarán a
partir del día siguiente de la publicación de la presente
Ordenanza, se instale el Comité Distrital de Salud.
Artículo Quinto.- DISPONER que un plazo de sesenta
(60) días calendario que se computarán a partir del día
siguiente de su instalación, el Comité Distrital de Salud
de Chorrillos, apruebe su Reglamento de Funcionamiento
Interno.
Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios de Salud del distrito de Chorrillos, brinde apoyo
técnico y administrativo al Comité Distrital de Salud
de Chorrillos y de ser el caso remita periódicamente al
Consejo Provincial de Salud, la sistematización de sus
avances.
Artículo Sétimo.- FACULTAR al señor Alcalde para
que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
reglamentarias y otras que sean necesarias para el mejor
cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación de la presente ordenanza en el
diario ocial El Peruano y, a la gerencia de tecnología e
Informática su publicación en el Portal Institucional www.
munichorrillos.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO E. VELASCO HUAMAN
Alcalde
2209694-1
Autorizan viaje del Alcalde para participar
en evento a realizarse en España
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 049-2023/MDCH
Chorrillos, 24 de agosto de 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHORRILLOS en
Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por
el Alcalde, Sr. FERNANDO EMILIO VELASCO HUAMÁN;
VISTO: El Documento Nº 22220-2023 de fecha 14
de agosto de 2023, remitido por el Dr. Federico Castillo
Blanco, Secretario General de la Unión Iberoamericana de
Municipalistas-UIM; el Memorándum Nº 1662-2023-SG-
MDCH de fecha 14 de agosto de 2023, emitido por la
Secretaría General; el Informe Nº 925-2023-MDCH-
GAF-SGL de fecha 22 de agosto de 2023, emitido por la
Subgerencia de Logística, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194°
de la Constitución Política del Perú, concordante con el
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/09/2023 01:15

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