ACUERDO N° 044-2015/CR - Ratifican nuevo logotipo institucional.

Fecha de disposición25 Marzo 2015
Fecha de publicación25 Marzo 2015
El Peruano
Miércoles 25 de marzo de 2015
549334
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Ratifican nuevo logotipo institucional.
ACUERDO Nº 044-2015/CR
Pucallpa, 06 de marzo del 2015.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 06 de marzo
del 2015, con el voto por mayoría del Consejo Regional
y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º
del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali,
aprobó el siguiente Acuerdo Regional:
ACORDÓ:
Artículo Primero.- APROBAR POR Mayoría, el Of‌i cio
Nº 119-2015-GRU-P, presentado por el Presidente del
Gobierno Regional de Ucayali Manuel Gambini Rupay, quien
solicita Ratif‌i cación del Nuevo Logotipo Institucional mediante
Acuerdo Regional, con las modif‌i catorias y observaciones
advertidas como lo son: Priorizar los colores étnicos de la
región Ucayali.
Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto el Acuerdo
Regional Nº 017-2007, de fecha 16 de febrero el 2007.
Artículo Tercero.- Dispensar el presente Acuerdo
Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Of‌i cina Regional
de Administración la publicación del presente Acuerdo
Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el diario de
circulación local y en la página web del Gobierno Regional
de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
EBER PORTOCARRERO TANANTA
Consejero Delegado
Consejo Regional
1215153-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Ratifican Plan Local de Seguridad
Ciudadana y Convivencia Social del
Distrito de Cieneguilla - 2015
Cieneguilla, 19 de febrero de 2015
EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CIENEGUILLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIENEGUILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 002-2015-
GM-MDC, de la Gerencia Municipal de fecha 13 de febrero
del 2015, el Informe Nº 036-2015-GAJ-MDC de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 025-2015-GM-MDC
de la Gerencia Municipal de fecha 13 de febrero de 2015 y
el Informe Nº 15-2015-SGSC-MDC de la Subgerencia de
Seguridad Ciudadana, de fecha 07 de febrero de 2015, el
Informe Nº 16-2015-SGSC-MDC Subgerencia de Seguridad
Ciudadana de fecha 13 de febrero de 2015, el Memorando
Nº 024-2015-GPP/MDC de la Gerencia de Planif‌i cación y
Presupuesto de fecha 13 de febrero de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú
establece que las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía
que la Carta Magna establece para las municipalidades radica
en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972
establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar,
modif‌i car o derogar las ordenanzas;
Que, el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana fue
creado mediante Ley Nº 27933, como sistema funcional
encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas
públicas que orientan la intervención del Estado en dicha
materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad
y el cumplimiento y respeto de las garantía individuales y
sociales a nivel nacional a f‌i n de generar paz social y proteger
el libre ejercicio de los derechos y libertades;
Que, el Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 011-2014 IN señala en el artículo 8º que los
Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son
uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen
una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de
políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas
a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididos
por el Alcalde Distrital de la respectiva jurisdicción, recayendo
la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana
correspondiente;
Que, el artículo 30º del Reglamento antes citado, señala
que son funciones de la Secretaría Técnica entre otras,
presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana
al CODISEC para su aprobación, y al Concejo Municipal
Distrital para su ratif‌i cación mediante Ordenanza;
Que, al respecto la Subgerencia de Seguridad Ciudadana
mediante Informe Nº 015-2015 SGSC-MDC de fecha
13 de febrero de 2015, se remite copia del Acta Nº 001-
2015 correspondiente a la sesión del CODISEC de fecha
4 de febrero de 2015, en la cual se aprobó el Plan Local de
Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito de
Cieneguilla - 2015; asimismo, que la Gerencia de Planif‌i cación
y Presupuesto mediante Memorándum Nº 024-2015 de fecha
13 de febrero de 2015 concluye con opinión favorable respecto
al mencionado Plan, el mismo que se encuentra alineado a
los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al
año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018,
Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Cieneguilla y Plan
Estratégico Institucional de la Municipalidad, por lo cual debe
aprobarse por parte del Concejo Municipal;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 036-2015 GAJ-MDC señala que el Plan Distrital
de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015
presentado por la Subgerencia de Seguridad Ciudadana,
aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana
de Cieneguilla debe ser puesto a conocimiento del Concejo
Municipal para los efectos legales pertinentes;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 9, numeral 8 y artículo 40º de
Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL DEL DISTRITO DE
CIENEGUILLA – 2015
Artículo Primero.- Ratif‌i car el Plan Local de Seguridad
Ciudadana y Convivencia Social 2015 aprobado por el Comité
Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla, según acta de
fecha 04 de febrero de 2015, en cumplimiento de lo establecido
en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad
con los considerandos expuestos en la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Precisar que el Plan ratif‌i cado en
el artículo precedente, obra como anexo adjunto, formando
parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de
Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente
ordenanza; a Secretaría General su publicación en el diario
of‌i cial El Peruano y la Subgerencia de Comunicaciones e
Imagen Institucional su publicación en el portal institucional
(www.municieneguilla.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA
Alcalde
1215284-1

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