Acuerdo Nº 042-2023/MDV-CDV. Autorizan viaje de Alcalde y de Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre a México, en comisión de servicios

Fecha de publicación15 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Ventanilla, 13 de abril de 2023

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal presencial y virtual de fecha 13 de abril de 2023, la H.R. Nº 17746 ingresada por la Dirección Estatal de Coordinación, Control, Comando, Comunicación y Cómputo (C5 Chiapas) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Chiapas, México, el Informe Nº 047-2023/MDV-SG, el Memorando Múltiple Nº 07-2023/MDV-SG y lo Memorandos Nº 0515-2023 y Nº 0516-2023/MDV-SG de la Secretaría General, el Proveído Nº 181-2023 del despacho de Alcaldía, el Memorando Nº 353-2023/MDV-GSCyGRD de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre, el Informe Nº 029-2023-MDV/GSCyGRD-CODISEC-ST del Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC - Ventanilla, el Informe Nº 052-2023/MDV-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 731-2023/MDV-GAF-SGL de la Subgerencia de Logística, el Memorando Nº 802-2023/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 0725-2023-MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Legal Nº 137-2023/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 1718-2023 y Nº 1821-2023 de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 001-2023-MDV-CSGyGRD de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, respecto a la invitación formulada al señor Alcalde Jhovinson Hugo Vasquez Osorio al Centro de Seguridad (Coordinación, Control, Comando, Comunicación y Cómputo - C5 Chiapas) del Estado de Chiapas, México y a la 20va. Edición del “EXPO SEGURIDAD 2023”, en la ciudad de México del 18 al 22 de abril de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referido a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional;

Que, el numeral 11 del artículo de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, señala que corresponde al Concejo Municipal: (…) “Autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, estipula que, durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, los artículos y de la Ley Nº 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, asimismo, estas resoluciones deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal N° 017-2020-MDV/GM, se aprueba la “Directiva para el otorgamiento de viáticos y asignaciones a los funcionarios y servidores en comisión de servicios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla”, señala en el numeral 8.1 que los viajes al exterior que realice el alcalde en comisión de servicios o representación, requieren de autorización del Concejo Municipal; así mismo que la Gerencia de Administración y Finanzas es la encargada de disponer la adquisición de pasajes, asignación de viáticos y los recursos económicos necesarios para la comisión de servicio, observando las normas vigentes; igualmente el numeral 8.7 establece las disposiciones relacionadas a los viáticos y asignaciones en comisión de servicios a nivel del extranjero, debiendo considerarse, entre otras, la escala de viáticos y la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la autorización de viaje con anterioridad a su realización, así como la presentación del informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, durante el viaje...

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