ACUERDO N° 033-2015-MDJM - Autorizan viaje de Regidor a EE.UU., en comisión de servicios

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA
Fecha de la disposición 9 de Julio de 2015
El Peruano
Jueves 9 de julio de 2015 556993
establecidos en el numeral 1 de este artículo sobre el saldo
pendiente de pago, siempre que cumplan con desistirse
del fraccionamiento.
5. Pagos a cuenta: Aquellos contribuyentes que hayan
efectuado pagos a cuenta por multas administrativas podrán
acogerse a los bene cios establecidos en el numeral 1 de
este artículo, sobre el saldo pendiente de pago.
Artículo Sétimo.- Modalidad.
Para acogerse a las facilidades otorgadas por la
presente Ordenanza, bastará con cancelar al contado, en
las cajas de la Subgerencia de Tesorería de la Municipalidad
de Jesús María, el importe adeudado, previo cumplimiento
de las formalidades señaladas en el artículo siguiente.
Artículo Octavo.- Formalidades
Si el obligado desea acogerse a las facilidades
otorgadas, procederá conforme a lo establecido en los
siguientes casos:
1. Si se encuentra en curso algún procedimiento
tributario, administrativo o solicitud de suspensión de
cobranza coactiva en la Municipalidad de Jesús María,
su acogimiento al bene cio tributario se realizará previa
presentación del desistimiento de las reclamaciones
tributarias y/o reconsideraciones administrativas que hayan
sido presentadas. Asimismo, en caso de haber interpuesto
apelación y/o queja ante el Tribunal Fiscal o demandas
en sede jurisdiccional, deberán entregar en la unidad
orgánica correspondiente del municipio copia del cargo de
desistimiento presentado ante dichas instituciones.
2. Si tiene como única deuda pendiente de pago,
obligaciones contenidas en una Resolución de Multa
Tributaria se condonará el 90%.
3. La no presentación del desistimiento formal en el caso
anteriormente mencionado dejará sin efecto los bene cios
obtenidos por la aplicación de la presente Ordenanza,
considerándose los pagos realizados como pagos a cuenta.
4. Si tiene como única deuda de pago obligaciones
contenidas en costas y gastos administrativos, las mismas
se rebajarán, los Gastos Administrativos a S/. 20.00
Nuevos Soles y de las Costas Procesales a S/. 20.00
Nuevos Soles, por cada expediente.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De los pagos realizados
Los pagos realizados por los contribuyentes con
anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son
válidos, por lo que no son materia de devolución.
Segunda.- De la prioridad
Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo
dispuesto en la presente Ordenanza, facultándose a que,
mediante Decreto de Alcaldía, el Señor Alcalde dicte las
disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su
cumplimiento y prórroga de su vigencia.
Tercera.- Vigencia
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario O cial El
Peruano y mediante Decreto de Alcaldía se podrá ampliar
la vigencia de los bene cios de la presente ordenanza.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN
Alcalde
1259614-1
Autorizan viaje de Regidor a EE.UU.,
en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 033 -2015-MDJM
Jesús María, 1 de julio de 2015
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
VISTO; en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, la
solicitud de licencia presentada por el regidor Ernesto Enrique
Delhonte Cagna de fecha 25.06.15, el Memorando Nº 1090-
2015-SG/MDJM del 26.06.15 de la Secretaría General y el
Memorando Nº 342-2015-MDJM-GPDI del 30.06.15 de la
Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Memorando Nº 342-2015-MDJM-GPDI
se da cuenta que existe una invitación a nombre del regidor
Ernesto Enrique Delhonte Cagna para participar en el
Programa Internacional en Gestión Municipal en Nueva York
y Washington DC de los Estados Unidos de Norte América del
19 al 24 de Julio del 2015 organizado por la BROWNSTONE
CONSULTING, siendo que dicho evento estará orientado
a temas de seguridad Ciudadana, desarrollo económico y
gestión en cooperación internacional;
Que, siendo el citado evento de interés y relevancia
para la gestión municipal, el Despacho de Alcaldía,
considerando la importancia del mismo ha recomendado
que el Sr. Ernesto Enrique Delhonte Cagna en su condición
de Regidor y Presidente de la Comisión de Asuntos
Jurídicos participe en dicho evento en representación de
la Municipalidad Distrital de Jesús María;
Que, mediante Memorando Nº 342-2015-MDJM-GPDI,
la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional ha
señalado que se cuenta con una disponibilidad presupuestal
máxima de S/. 5,750.00 Nuevos Soles para gastos cubrir
pasajes y/o viáticos conforme al Decreto Supremo Nº 056-
2013-PCM, siendo que cualquier gasto por encima de la
disponibilidad será cubierto por el participante, tal como
sus pasajes aéreos; y,
En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo
Municipal con dispensa de lectura y aprobación de acta
y exoneración de dictámenes, adoptó por unanimidad el
siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en representación
y comisión de servicios del regidor ERNESTO ENRIQUE
DELHONTE CAGNA para participar en el Programa
Internacional en Gestión Municipal en Nueva York y
Washington DC de los Estados Unidos de Norte América del
19 al 24 de Julio del 2015, de acuerdo a los considerandos
en el presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- Los costos que deriven del
presente Acuerdo de Concejo serán nanciados con cargo
a los recursos según se detalla en la parte considerativa
del presente Acuerdo, ascendiendo al monto máximo de
S/. 5,632.00 Nuevos Soles, según el siguiente detalle y
1. Viáticos por 4 días S/. 5,632.00 Nuevos Soles.
Artículo Tercero.- El regidor ERNESTO ENRIQUE
DELHONTE CAGNA, efectuará al Concejo Municipal un
informe sobre los resultados del evento y las acciones que
se deriven a favor de la Municipalidad de Jesús María, dentro
de los quince (15) días calendarios siguientes de concluida la
comisión de servicios. Dentro de dicho plazo también deberá
presentar la rendición de cuentas por los viáticos entregados,
conforme a Ley y en coordinación con la Gerencia Municipal.
Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo no otorga
derecho de exoneración de impuestos o derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación, siendo
que el mismo deberá ser publicado en el Diario O cial El
Peruano conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN
Alcalde
1259616-1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Autorizan viaje de Regidor a Cuba, en
comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 070-2015
La Molina, 30 de junio de 2015

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