Acuerdo Nº 030-2023-MDC/C. Aprueban transferencia financiera SIAF a la Contraloría General de la República, por el concepto de retribución económica para la auditoría financiera gubernamental por el periodo 2022

Fecha de publicación30 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Cieneguilla, 15 de junio de 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de junio del 2023, el Oficio N° 000093-2023-CG/GAD, de fecha 23 de febrero de 2023, del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, el Memorándum N° 178-2023-GAF/MDC, de fecha 11 de abril de 2023, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorando N° 0443-2023-MDC/GPP, de fecha 13 de abril de 2023, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 028-2023-MDC/GAF, de fecha 18 de abril de 2023, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorándum N° 363-2023-GM/MDC, de fecha 05 de junio de 2023, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 154-2023-GAJ/MDC, de fecha 07 de junio de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 383-2023-GM/MDC, de fecha 09 de junio de 2023, de la Gerencia Municipal, respecto a la Transferencia Financiera SIAF a la Contraloría General de la República por el concepto de retribución económica para la auditoría financiera gubernamental por el periodo 2022, y;

CONSIDERANDOS:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de reforma de los Artículos 191°,194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que: “Las municipalidades (…) y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; su autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, sobre los acuerdos indica: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto (…)”;

Que, el Artículo 20° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el Artículo 3° de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que la designación de las...

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