Acuerdo Nº 022-2023/MDSM. Aprueban monto de remuneración mensual del alcalde y precisan monto de dietas de regidores

Fecha de publicación19 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Miguel, 24 de marzo de 2023

VISTOS, en sesión de Concejo Municipal celebrada a la fecha, el Memorando Nº 476-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 124-2023-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 489-OAF/MDSM emitido por la Oficina de Administración y Finanzas, el Memorando Nº 271-2023-OPP/MDSM emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 241-2023-URH-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 28) del artículo 9º de la norma citada, señala que corresponderá al Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde y la dieta de los regidores, debiendo ser publicada obligatoriamente, bajo responsabilidad de conformidad con los artículos 12º y 21º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, conforme el artículo 4º de la Ley Nº 28212, que desarrolla el artículo 39º de la Constitución Política en lo que se refiere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del estado, señala que, los Alcaldes distritales reciben una remuneración mensual, que es fijada por el Concejo Municipal, en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta un máximo de cuatro y un cuarto URSP, por todo concepto. Asimismo, en el artículo 5º señala que los Regidores Municipales reciben únicamente dietas, según el monto que fijen los respectivos Concejos Municipales y que, en ningún caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del presidente del Gobierno Regional o del Alcalde correspondiente;

Que, en la Sesión Ordinaria Nº 002-2023, de fecha 18 de enero de 2023, se debatió la aprobación de la remuneración del alcalde y la dieta de los regidores, siendo aprobado por UNANIMIDAD ambos conceptos; sin embargo, el Concejo Municipal determinó que el importe considerado por la Unidad de Recursos Humanos deberá ser precisado por los organismos competentes;

Que, con dicha salvedad, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 008-2023/MDSM de fecha 018 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR