ACUERDO Nº 018-2015-MDB - Declaran en situación de desabastecimiento inminente, el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos del distrito y exoneran del proceso de selección correspondiente

EmisorMUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2015
560210 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 /
El Peruano
personal y/o mediante publicación en el Diario O cial El
Peruano.
Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la
presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia
de Recursos Humanos, y demás áreas pertinentes de la
Corporación Municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1280013-1
MUNICIPALIDAD
DE BARRANCO
Declaran en situación de desabastecimiento
inminente, el servicio de recolección,
transporte y disposición final de residuos
sólidos del distrito y exoneran del proceso
de selección correspondiente
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 018-2015-MDB
Barranco, 26 de agosto de 2015
VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la
fecha, el Informe Nº 566-2015-MDB-GAF/SGLCP de
fecha 17 de julio de 2015, emitido por la Sub Gerencia de
Logística y Control Patrimonial; el Informe Nº 368-2015-
MDB/GDGAYO, de fecha 22 de julio de 2015, emitido por
la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato; el Proveído
Nº 4008-2015-MDB-GAF de fecha 22 de julio de 2015,
emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas;
la Carta 084-2015-MDB-GAF-SGLCP, de fecha 30 de
julio de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y
Control Patrimonial, la Carta Nº 214-2015-GG-REPERSA,
de fecha 31 de julio de 2015, emitido por la empresa
REPRESENTACIONES PERUANAS DEL SUR S.A.; el
Informe Nº 603-2015-MDB-GAF/SGLCP, de fecha 31 de
julio de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y
Control Patrimonial; el Proveído Nº 4063-2015-MDB-GAF,
de fecha 31 de julio de 2015, emitido por la Gerencia de
Administración y Finanzas; el Informe Nº 615-2015-MDB-
GAF-SGLCP, de fecha 03 de agosto de 2015; emitido
por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial;
el Informe Nº 382-2015-MDB/GDGAYO, de fecha 10
de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Gestión
Ambiental y Ornato; el Proveído Nº 4156-2015-MDB-
GAF, de fecha 10 de agosto de 2015, emitido por la
Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Nº
681-2015-MDB-GAF/SGLCP, de fecha 21 de agosto de
2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control
Patrimonial; el Memorándum Nº 428-2015-GPPR/MDB,
de fecha 21 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia
de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; el
Informe Nº 689-2015-MDB-GAF-SGLCP, de fecha 24 de
agosto de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Logística
y Control Patrimonial; el Informe Nº 351-2015-GAJ-MDB,
de fecha 25 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia
de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 949-2015-MDB-GM,
de fecha 25 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia
Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Barranco es una
entidad del Estado con personería jurídica de derecho
público y plena capacidad para el cumplimiento de sus
funciones, goza de autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia de
conformidad con el Artículo 194º de la Constitución
Política del Perú.
Que, el articulo VIII del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece
que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y
disposiciones que de manera general y de conformidad
actividades y funcionamiento del Sector Público; así como
a las normas referidas a los sistemas administrativos
del Estado que por su naturaleza son de observancia y
cumplimiento obligatorio;
Que, según el artículo 10º de la Ley Nº 27314 -
Ley General de Residuos Sólidos - establece que las
municipalidades distritales son responsables por la
prestación de los servicios de recolección y transporte de
los residuos sólidos y de la limpieza de vías, espacios y
monumentos públicos en su jurisdicción;
Que, mediante Carta Nº 200-2015-GG-REPERSA de
fecha 14 de julio de 2015, la empresa REPRESENTACIONES
PERUANAS DEL SUR S.A., comunica “que queda
pendiente de recoger S/.1992.46 Toneladas métricas por
un monto equivalente a S/.193,268.62, la cual estarías
culminando aproximadamente por monto de contrato
según la Clausula Tercera: Monto contractual el 31 de
julio de 2015”;
Que, mediante Informe Nº 368-2015-MDB/GDGAYO,
la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, comunica a
la Gerencia de Administración y Finanzas que el Contrato
Nº 026-2013-MDB está por culminar aproximadamente el
03 de agosto del presente año, antes de lo previsto por
haber presentado un incremento en el recojo de residuos
sólidos en los últimos seis meses, por tal motivo se solicita
la ampliación adicional del 11.7% del monto del contrato
original, por la cantidad de 4,434 toneladas, equivalentes
a S/.430.098.00, por el periodo aproximado de 75 días
calendarios comprendido desde el 04 de agosto hasta el
15 de octubre de 2015, a n de convocar el nuevo proceso
programado para el presente ejercicio y cumplir con el
objeto del contrato.
Que, mediante Carta Nº 084-2015-MDB-GAF-
SGLCP de fecha 30 de julio de 2015, la Sub Gerencia de
Logística y Control Patrimonial comunica a la empresa
REPRESENTACIONES PERUANAS DEL SUR S.A.
la necesidad de proceder a contratar adicionalmente
el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición
Final de Residuos Sólidos, por los motivos expuestos
de la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, el cual
mediante Carta Nº 214-2015-GG-REPERSA, de fecha
31 de julio de 2015 acepta contratar adicionalmente
solo por el monto de S/.182,248.45, equivalente al
5% del contrato original, comprendiendo el periodo
aproximado de 31 días calendarios, cumpliendo a su
vez con presentar la documentación obligatoria para su
suscripción;
Que, mediante Informe Nº 603-2015-MDB-GAF-
SGLCP, de fecha 31 de julio de 2015, comunica que
conforme a lo aceptado en parte por la empresa,
conllevaría a un desabastecimiento inminente, originando
un riesgo para el ambiente en términos de salud pública,
es por ello que se recomienda se tome las acciones
correspondientes, ya que sería un periodo insu ciente
para convocar un nuevo proceso por concurso público,
el cual demandaría un plazo aproximado de 120 días
calendarios;
Que, mediante Informe Nº 382-2015-MDB/GDGAYO
de fecha 10 de agosto de 2015, la Gerencia de Gestión
Ambiental y Ornato solicita y sustenta la declaración de
desabastecimiento inminente del Servicio de Recolección,
Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos, en vista
de no contar con el plazo su ciente para la convocatoria
de un proceso de selección por concurso público y para
no correr el riesgo de quedar desabastecidos, por lo que
solicita la cantidad de 7,200 toneladas, para cubrir el plazo
aproximado de 120 días calendarios, en tanto se lleve a
cabo el proceso de selección correspondiente hasta que
se suscriba el contrato;
Que, mediante Memorándum Nº 428-2015-GPPR/
MDB de fecha 21 de agosto de 2015, la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Racionalización otorgó la
asignación presupuestal por el importe de S/.864,000.00
para el proceso de Exoneración del Servicio de
Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos
Sólidos, de acuerdo al valor referencial obtenido del
estudio del mercado realizado por la Sub Gerencia de
Logística y Control Patrimonial;
Que, conforme a lo estipulado en el numeral 4.1
del artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, es función de la municipalidad distrital,
respecto a temas se saneamiento, salubridad y salud, el
administrar y reglamentar, directamente o por concesión

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