ACUERDO N° 016-2015-GR-LL/CR - Encargan realizar Cambio de Titularidad de inmueble de la Gerencia Regional de Agricultura al Gobierno Regional de La Libertad

Fecha de disposición20 Junio 2015
Fecha de publicación20 Junio 2015
El Peruano
Sábado 20 de junio de 2015
555610
Órgano Desconcentrado
Instituto Regional de
Oftalmología
Órgano Desconcentrado de la
Gerencia Regional de Salud
Cargos Ocupados: 42
Cargos Previstos: 20
Sub Total: 62
Órgano Desconcentrado
Instituto Regional de
Enfermedades Neoplásicas
Órgano Desconcentrado de la
Gerencia Regional de Salud
Cargos Ocupados: 159
Cargos Previstos: 84
Sub Total: 243
Artículo Segundo.- DISPONER que los demás
artículos de la Ordenanza Regional N°002-2015-GR-LL/
CR, queden consistentes en todos sus extremos.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la
presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Of‌i cial
“El Peruano” como en el Diario de mayor circulación del
ámbito regional y su difusión en el portal electrónico del
Gobierno Regional de La Libertad una vez publicada en el
Diario Of‌i cial de conformidad con lo regulado en el artículo
9° del Decreto Supremo N°001-2009-JUS.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del
Gobierno Regional La Libertad para su promulgación
En Trujillo, a los quince días del mes de mayo del año
dos mil quince.
DANTE ALFREDO CHÁVEZ ABANTO
Presidente
AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL
GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad
a los quince días del mes de mayo del año dos mil
quince.
CÉSAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
1252625-3
Encargan realizar Cambio de Titularidad
de inmueble de la Gerencia Regional
de Agricultura al Gobierno Regional de
La Libertad
ACUERDO REGIONAL
N° 016-2015-GR-LL/CR
Trujillo, 30 de abril del 2015
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La
Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 30 de abril
del 2015; VISTO Y DEBATIDO el Proyecto de Acuerdo
Regional relativo a “Disponer el Cambio de Titularidad
del bien inmueble contenida en la Partida Registral N°
P30003291, de la Gerencia Regional de Agricultura al
Gobierno Regional de La Libertad”; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 191° de la Constitución
Política del Perú de 1993 y al Artículo 2° de la Ley N° 27867,
Regionales son personas jurídicas de derecho público,
con autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia.
Que, es competencia del Gobierno Regional de La
Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo
prescrito en el Artículo 39° de la citada Ley, que señala:
“Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decisión
de este órgano sobre asuntos internos del Consejo
Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o
declara su voluntad de practicar un determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”.
Que, el Gerente Regional de Administración del Gobierno
Regional La Libertad, en mérito a la Resolución Ejecutiva
Regional N° 44-2015-GRLL/PRE, solicitó ante los Registros
Públicos de la Libertad cambio de razón social del inmueble
de propiedad del Gobierno Regional de La Libertad, que
consta de un Lote de terreno ubicado en el Jr. Florencia de
Mora S/N con la Av. 10 de Julio del Distrito de Huamachuco,
de la Provincia de Sánchez Carrión; inscrito en la Partida N°
P30003291 del Registro de Propiedad Inmueble de Trujillo a
nombre de la Gerencia Regional de Agricultura, con un área
de 6,798.87 m2, a efectos de que la nueva razón social sea
el Gobierno Regional de La Libertad.
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos Zona Registral N° V Sede Huamachuco, observa el
pedido realizado por el Administrador del Gobierno Regional
de La Libertad; y, precisa que es el Pleno del Consejo
Regional quien debe adoptar los mecanismos para lograr la
transferencia de Titularidad respecto del área solicitada.
Que, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del
Gobierno Regional de La Libertad, mediante Informe Legal
N° 003-2015-GRLL-GGR-GRAJ-NILC, de fecha 10.04.2015,
señala: luego del análisis y en concordancia con el inciso i)
del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones
(R.O.F) del Gobierno Regional de La Libertad, opina que
se derive todo el expediente Administrativo al Pleno del
Consejo Regional para que mediante Acuerdo Regional se
apruebe adoptar las acciones que correspondan para lograr
la transferencia de la titularidad del inmueble ubicado en el
Jr. Florencia de Mora S/N con la Av. 10 de Julio del Distrito de
Huamachuco, de la Provincia de Sánchez Carrión; inscrito
en la Partida N° P30003291 del Registro de Propiedad
Inmueble de Trujillo.
Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo
Regional de La Libertad, en reunión de trabajo ha revisado,
analizado el expediente administrativo, concluyendo que
es un trámite administrativo de competencia del Ejecutivo
Regional, teniéndose en cuenta además que la Gerencia
Regional de Agricultura es un órgano dependiente del
Gobierno Regional de La Libertad, quien no goza de
personería jurídica.
Que, por el contrario el Gobierno Regional de La
Libertad tiene personería jurídica de derecho público;
por tanto resulta procedente la disposición del cambio
de Titularidad del bien inmueble contenida en la Partida
Electrónica N° P30003291 de la Gerencia Regional de
Agricultura al Gobierno Regional de La Libertad.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La
Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los
Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú;
Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus
modif‌i catorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento
Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con
Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás
normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional:
ACORDÓ:
Artículo Primero.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional
realice el Cambio de Titularidad del bien inmueble contenida
en la Partida Registral N° P30003291, de la Gerencia Regional
de Agricultura al Gobierno Regional de La Libertad.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Ejecutivo
Regional realizar todas las acciones correspondientes
para el cumplimiento del presente Acuerdo Regional.
Artículo Tercero.- FACULTAR a la Secretaria del
Consejo Regional efectúe la publicación del presente
Acuerdo Regional en el diario of‌i cial “El Peruano”.
Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo
Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno
Regional de La Libertad.
POR TANTO:
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
DANTE ALFREDO CHÁVEZ ABANTO
Presidente
Consejo Regional La Libertad
1252625-4

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