Barranco, 19 de octubre del 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, establece que, “Las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.”; regulación concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. En ese sentido, se entiende que, se encuentran facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos;
Que, el artículo 34º del Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobado mediante de la Ordenanza Nº 376-MDB, establece que, “Se podrá dispensar del trámite de lectura y aprobación de las actas de las Sesiones de Concejo, para que entren en inmediata ejecución los Acuerdos y las Ordenanzas. Sin perjuicio de ello deberá agendarse para su aprobación el Acta de la última Sesión, en la sesión subsiguiente, para que los señores Regidores la aprueben, bajo responsabilidad del Secretario General.”;
Que, mediante carta S/N de fecha 07 de agosto de 2023, remitido por la Ing. Pilar...