ACUERDO N° 006-2015-ACSS - Designan Regidores que conformarán la Comisión contra la Corrupción, de la Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2015

Fecha de disposición30 Enero 2015
Fecha de publicación30 Enero 2015
El Peruano
Viernes 30 de enero de 2015 545891
y benef‌i cios de toda índole con las mismas características
señaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral
se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la
presente norma y disposiciones legales vigentes. La
prohibición incluye el incremento de remuneraciones que
pudiera efectuarse dentro del rango o tope f‌i jado para cada
cargo en las escalas remunerativas respectivas”;
Que, mediante Memorándum Nº 917-2014-GPPDI-
MSS del 09.12.2014, la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Institucional señala que, en el
Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal
2015, se ha considerado la remuneración del señor Alcalde
vigente al 31.12.2014 y por ende, los mismos montos por
concepto de dieta que percibe cada Regidor;
Que, con Informe Nº 921-2014-GAJ-MSS del
10.12.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina
procedente la ratif‌i cación de los montos f‌i jados mediante
Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS del 27.01.2012,
ratif‌i cado por Acuerdo de Concejo Nº 004-2013-ACSS del
30.01.2013, y Acuerdo de Concejo N° 007-2014-ACSS del
07.01.2014, que f‌i ja la remuneración del señor Alcalde y
la dieta de los señores Regidores, los mismos que regirán
para el ejercicio 2015, en cumplimiento de lo establecido
- Ley Nº 27972 y el Decreto de Supremo Nº 025-2007-
PCM;
Estando a lo expuesto, en el Informe Nº 921-2014-GAJ-
MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con
los Artículos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Pleno de Concejo
Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación
del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.-. RATIFICAR, el Acuerdo de Concejo
N° 007-2014-ACSS del 07.01.2014, que establece el
ingreso mensual que por todo concepto percibe el señor
Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, para
el presente Ejercicio Presupuestal 2015, el mismo que
será, por la suma de NUEVE MIL CIEN y 00/100 NUEVOS
SOLES(S/. 9,100.00).
Artículo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo
N° 007-2014-ACSS del 07.01.2014, que establece que, el
monto de la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo
Distrital de Santiago de Surco, por asistencia efectiva a
cada Sesión de Concejo, será de un monto que no supera
en total el 30% del ingreso mensual del señor Alcalde,
equivalente a DOS MIL SETECIENTOS TREINTA y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 2,730.00). Abonándose hasta por un
máximo de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio
Presupuestal 2015.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1194660-1
Designan Regidores que conformarán
la Comisión contra la Corrupción, de
la Municipalidad de Santiago de Surco
para el Año 2015
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 006-2015-ACSS
Santiago de Surco, 8 de enero de 2015
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha,
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en consideración la propuesta del señor
Alcalde, para la conformación de la Comisión contra la
Corrupción para el presente año, de conformidad con
lo dispuesto por los Artículos 3° y 4° de la Ordenanza
N° 102 del 26 de diciembre de 1996 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, el Decreto de Alcaldía N° 12-99-
DASS del 10 de diciembre de 1999, la Ordenanza Nº 454-
Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD adoptó
el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero.- Designar a los señores Regidores
que conformarán la Comisión contra la Corrupción de la
Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2015,
presidida por el señor Alcalde ROBERTO HIPÓLITO
GÓMEZ BACA, la misma que estará integrada según se
señala a continuación:
1) Gustavo Luis Delgado Picón
2) José Luis Pérez Aleman
3) Aurelio José Dionisio Sousa Lossio
Artículo Segundo.- La Gerencia de Participación
Vecinal, en un plazo no mayor a treinta (30) días,
remitirá al Despacho de Alcaldía la nómina actualizada
de Presidentes de las Juntas Vecinales del Distrito e
informará los resultados de las acciones que realice, para
dar cumplimiento al numeral 4) del Artículo Tercero de
la Ordenanza N° 102 de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, a efectos de completar la conformación de la
Comisión contra la Corrupción.
Artículo Tercero.- Establecer que el período de vigencia
de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad
de Santiago es por un año, la cual continuará su vigencia
hasta que se nombre la nueva comisión.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
ROBERTO GÓMEZ BACA
Alcalde
1194660-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Fijan monto de remuneración del
Alcalde
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 001-002-2015
La Punta, 6 de enero del 2015.
El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal la propuesta
del Despacho de Alcaldía respecto a la remuneración del
alcalde del Concejo de la Municipalidad Distrital de La
Punta.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Constitución Política del Perú en
su artículo 194° y en concordancia con el artículo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, se establece que los Gobiernos Locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa,
en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica
en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos
y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico.
Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una
de las atribuciones del Concejo Municipal aprobar la
remuneración del alcalde y las dietas de los regidores;

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