Acuerdo Nº 004-2023/MDC. Aprueban remuneración mensual de Alcalde y fijan monto de la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital Comas

Fecha de publicación10 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Comas, 19 de enero de 2023

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de enero de 2023, el Informe Nº 018-2023-SGRH-GAF/MDC de fecha 06 de enero de 2023, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 015-2023-GPP/MDC de fecha 06 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 010-2023-GAJ/MDC de fecha 10 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, sobre la aprobación de la remuneración mensual del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas y fijar las Dietas de los Regidores; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad, con el numeral 28) del artículo de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a la compensación de los alcaldes, señala que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores;

Que, el artículo 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece el régimen de dietas de los regidores de la siguiente manera: “Los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo de Concejo dentro del primer trimestre del año de gestión. El acuerdo que las fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto de las dietas es fijado discretamente de acuerdo a las reales tangibles capacidades económicas del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso. No pueden pagarse más de cuatro dietas mensuales a cada regidor”;

Que, asimismo, el artículo 21º del mismo cuerpo legal, regula los derechos, obligaciones y remuneración del alcalde, estableciendo que: “El alcalde provincial o distrital según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que lo fija será publicado...

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