ACUERDO N° 004-2015-CM-MDB - Autorizan viaje de Alcalde y Regidor para participar en pasantía a realizarse en Ecuador

Fecha de publicación13 Marzo 2015
Fecha de disposición13 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 13 de marzo de 2015
548532
de los certif‌i cados a la Subgerencia de Participación
Ciudadana.
Estando a lo expuesto, con la aprobación unánime de los
Señores Regidores del Pleno de Concejo de la Municipalidad
Provincial de Cañete, se aprueban lo siguiente:
ORDENANZA;
Artículo 1º.- Aprobar, la modif‌i cación de los artículos
2, 3, 5, 7, 8, 9, Primera, y Segunda, Disposición
Complementarias y Primera Disposiciones Finales de la
Ordenanza Nº 022-2006-MPC “Ordenanza Reglamentaria
Para la Expedición de Certif‌i cación Domiciliarios”, y que
queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º.- El requisito de certif‌i cado queda cumplido
por parte del interesado con la presentación directamente
ante el requirente, de una declaración jurada simple y
escrita en la que conste su domicilio actual.
Artículo 3º.- El funcionario público que no cumpla
con la obligación de recibir la declaración de recibir la
declaración, incurrirá en infracción administrativa.
Artículo 5º.- Para la presentación de la solicitud, la
Municipalidad proporcionará gratuitamente el formato
(anexo Nº 1) pre-establecido y of‌i cialmente reconocido
por la Municipalidad, en el cual deberá anotar el
solicitante, los datos requeridos y señalar con precisión
su domicilio.
Artículo 7º.- Recepcionado el expediente, se
tramitará en forma inmediata, en el día, (de no haber sido
presentado una hora antes del cierre de actividades de
las of‌i cinas de la Municipalidad) o al día siguiente útil, a
la of‌i cina de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana
para la expedición correspondiente.
Artículo 8º.- La emisión del Certif‌i cado Domiciliario,
no deberá superar las 48 horas, desde su presentación.
El certif‌i cado domiciliario será expedido y f‌i rmado por el
Subgerente de Participación Ciudadana y contará con el
visto bueno del Gerente de Desarrollo Social y Humano,
según el formato aprobado por la Municipalidad (Anexo Nº
1), llevando un registro de expedición de certif‌i cados.
Artículo 9.- Incorpórese al TUPA de la Municipalidad
Provincial de Cañete, el siguiente procedimiento:
Denominación : Certif‌i cado Domiciliario
Requisitos : Carpeta de trámite
• Copia fotostática de DNI
• Partida de Nacimiento en caso de ser menor y DNI
padre o Madre.
• Copia de recibo de agua o de Luz.
• S/. 5.00 carpeta de trámite
• S/. 5.00 certif‌i cado
Calif‌i cación : Automática
Autoridad que aprueba : Sub Gerencia de Participación
Ciudadana, con el visto bueno del Gerente de Desarrollo
Social y Humano.
Apelación : Gerencia Municipal
IV.- Disposiciones Complementarias
Primera.- Encárguese a la Sub Gerencia de
Participación Ciudadana, la tramitación y expedición de
los certif‌i cados domiciliarios, con el visto bueno de la
Gerencia de Desarrollo Social y Humano.
Segunda.- La Sub Gerencia de Participación
Ciudadana, bajo responsabilidad administrativa, llevará
el control numérico de la emisión de los certif‌i cados
domiciliarios, cautelando que estos se emitan cumpliendo
los requisitos y trámites y que específ‌i camente para el
caso se han aprobado.
V.- Disposiciones Finales
Primera.- El certif‌i cado domiciliario expedido por la
Municipalidad, no podrá expedirse duplicados de un
mismo certif‌i cado domiciliario, con el visto bueno de la
Gerencia de Desarrollo Social y Humano.
Artículo 2º.- Encargar, a la Gerencia de Secretaría
General, para que a través de la Of‌i cina de Imagen
Institucional, la presente ordenanza sea publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el portal web de la
Municipalidad Provincial de Cañete.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
1210083-2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANQUITA
Autorizan viaje de Alcalde y Regidor
para participar en pasantía a realizarse
en Ecuador
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 004-2015-CM-MDB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANQUITA
POR CUANTO;
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANQUITA;
VISTOS:
En sesión Extraordinaria de Concejo Municipal del día
jueves 05 de Marzo del 2015, se trató en el punto de la
agenda sobre la Autorización de Viaje del señor Alcalde
Isidro Segundo Rodríguez Celis y del señor Regidor Teóf‌i lo
Calderón Toro, en representación de la Municipalidad Distrital
de Barraquita, los días del 10 al 17 del mes de marzo del 2015,
a la cuidad de Loja y Cuenca – Ecuador para participar en la
pasantía “Fortalecer las capacidades de Gestión en Gerencia
de Desarrollo Económico Local y Conservación Ambiental,
para funcionarios Municipales de la Región San Martín”.
CONSIDERANDO:
“Las municipalidades son órganos de Gobierno Local con
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia…”.Asimismo el Artículo 9 inciso 11 del
mismo texto legal, establece como una de sus atribuciones
del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del
país que, en comisión de servicios o representación de la
municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente
municipal y cualquier otro funcionario;
El Artículo 10 inciso 10.1 literal a y c de la Ley 30281
Ley de Presupuesto del sector Público para el año f‌i scal
2015 establece en Medidas en materia de bienes y
servicios; “prohíbanse los viajes al exterior de servidores
o funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que
se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: a)
Los viajes que se efectúan en el marco de la negociación de
acuerdos comerciales o tratados comerciales ambientales,
negociaciones económicas y f‌i nancieras y las acciones de
promoción de importancia para el Perú. C) Los titulares
de los organismos constitucionalmente autónomos, los
altos funcionarios y autoridades del estado y Dicta Otras
Medidas y modif‌i catorias; con excepción de los Ministros
de Estado cuyas autorizaciones se aprueban mediante
resolución suprema y los presidentes regionales, consejeros
regionales, alcaldes y regidores, cuyas autorizaciones
se aprueban mediante acuerdo de concejo Regional o
Concejo Municipal, según corresponda;
La Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento
sobre autorizaciones de viajes al exterior, y la autorización
de viajes al exterior de la república estrictamente
necesarios, será sustentando en el interés nacional o
interés específ‌i co de la institución.
Que habiendo recibo la invitación de parte de la ONG
Calidad de Vida Internacional y del Ilustre Municipio de

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