Acuerdo N° 00133-2023-GRLL-CR. Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú destinados a la ejecución del Proyecto “Creación del Servicio de Transitabilidad Vehicular entre los tramos: Carretera Cruz de Molino – Caserío Santa Carmen en el distrito de Cascas - provincia de Gran Chimú - departamento de La Libertad

Fecha de publicación06 Octubre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de profesional de la Dirección de Norteamérica y Europa a la Confederación Suiza, en comisión de servicios

Trujillo, 19 de septiembre de 2023


AUTORIZAN TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMU, DESTINADOS A LA EJECUCION DEL PROYECTO DE INVERSION CON CUI N° 2562974, DENOMINADO “CREACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR ENTRE LOS TRAMOS: CARRETERA A CRUZ DE MOLINO – CASERÍO SANTA CARMEN EN EL DISTRITO DE CASCAS - PROVINCIA DE GRAN CHIMU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”


El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Extraordinaria de fecha 19 de Setiembre del 2023, VISTO Y DEBATIDO, el OFICIO N° 047-2023-CR-COMPLAN, que contiene el Dictamen N° 016-2023-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a autorizar la transferencia financiera a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMU, destinados a la ejecución del Proyecto, con Código Único de Inversión N° 2562974, “CREACION DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR ENTRE LOS TRAMOS: CARRETERA A CRUZ DE MOLINO-CASERÍO SANTA CARMEN EN EL DISTRITO DE CASCAS-PROVINCIA DE GRAN CHIMU-DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y,


CONSIDERANDO:


Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;


Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;


Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios;


Que, en virtud de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado en su artículo 191º: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones”; y, así mismo, en su artículo 192° establece que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”;


Que, por su parte, el artículo 8º de la Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “La autonomía es el derecho y la capacidad...

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