Acuerdo Nº 001-2023/MDSJL. Designan responsables del manejo de las cuentas bancarias de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

Fecha de publicación04 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Juan de Lurigancho, 19 de enero de 2023

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;

VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de enero de 2023; el Proveído N° 047-2023-GM/MDSJL, de fecha 09 de enero de 2023, expedido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 004-2023-GAJ/MDSJL, de fecha 09 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 001-2023-GAF/MDSJL, de fecha 05 de enero de 2023, expedido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 001-2023-SGT-GAF/MDSJL, de fecha 05 de enero de 2023, emitido por la Subgerencia de Tesorería; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional;

Que, el artículo 9° de la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, establece que, son responsables de la administración de los fondos públicos en las unidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, el Director General de Administración o quien haga sus veces, y el Tesorero, cuya designación debe ser acreditada ante la dirección Nacional del Tesoro Público;

Que, la Directiva N° 001-2007-RF/77.15, Directiva de Tesorería, aprobada con Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 27.12.2007, en su Capítulo III Procedimientos Generales para la Apertura y Manejo de Cuentas Bancarias, Sub Capítulo I Apertura de Cuentas Bancarias, artículo 42°, de las Cuentas Bancarias, numeral 42.2 establece, la apertura y acreditación de responsables de dichas cuentas se sujeta a lo establecido en la directiva antes mencionada, sin perjuicio de las disposiciones que señale la correspondiente entidad bancaria en el marco de la legislación aplicable;

Que, artículo 1º de la Resolución Directoral N° 054-2018-EF/52.03, establece en su...

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